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Aún no abiertaAgrario y pescaCanariasConcurrencia competitiva

POSEI: suministro de animales reproductores de razas puras o comerciales

2.084.850 € para quien introduce en Canarias reproductores de vacuno, porcino, conejo y gallina de puesta con destino a las granjas del archipiélago. Se cobra por cabeza: 619 u 680 € por bovino según la isla, 565 € por verraco, 305 € por cerda, 34 € por conejo abuelo, 22,60 € por padre y 1 € por pollita de puesta. Se pide ANTES de importar, y la primera ventana de la campaña 2027 es del 1 al 15 de diciembre de 2026.

Ficha revisada el 30 de agosto de 2026 · BDNS 933037

Lo esencial

Quién puede pedirla
Operadores que introduzcan en Canarias animales reproductores de las especies bovina, porcina, cunícola y avícola de puesta con destino a las explotaciones ganaderas locales, con el cupo del animal autorizado de forma expresa
Cuánto se cobra
Por cabeza: bovinos 619 € en Tenerife y Gran Canaria y 680 € en el resto de las islas; porcinos 565 € por macho y 305 € por hembra; conejos 34 € por abuelo y 22,60 € por padre; pollitas de puesta 1,00 €
Procedimiento
Concurrencia competitiva en la forma: no se puntúa, pero tampoco se cobra por orden de entrada. Los cupos disponibles se reparten proporcionalmente entre todas las solicitudes válidas del periodo, dentro del límite de reposición de cada explotación, hasta agotar el balance
Presupuesto
2.084.850 €, el importe que la ficha financiera del Programa asigna a esta acción, y la misma cifra que publica la BDNS. Si para la campaña 2027 se modificara la dotación, manda lo que diga esa modificación
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 933037.

Quién cobra, y por qué importa

Es la Acción III.1 del POSEI: «Ayuda para el suministro de animales reproductores de razas puras o razas comerciales originarios de la Comunidad». La finalidad es fomentar la actividad ganadera facilitando el acceso a animales de las características adecuadas, en cuatro especies: bovina, porcina, cunícola y avícola de puesta.

Quien cobra es el operador que introduce los animales en Canarias con destino a explotaciones ganaderas locales, no la granja que los recibe.

Esto decide quién tiene que tramitar. Un ganadero que importe directamente para su propia explotación entra como operador y cobra. El que compra a un intermediario, no: ahí la ayuda la cobra el intermediario, y eso debería estar reflejado en el precio del animal. Vale la pena preguntarlo antes de comprar.

El ganadero de destino no se queda al margen, aunque no cobre: es responsable de las condiciones de permanencia del animal una vez llega a su explotación, y si las incumple se le aplica un porcentaje de reposición del 0 % en todas sus explotaciones durante la convocatoria en curso y la siguiente. La responsabilidad del operador, en cambio, termina cuando los animales llegan a la granja.

Cuánto se paga por cabeza

Tipo de reproductorCabezas previstasAyuda por cabeza
Bovinos1.100619 € en Tenerife y Gran Canaria · 680 € en el resto de las islas
Porcinos, machos55565 €
Porcinos, hembras1.492305 €
Pollitas de puesta800.0001,00 €
Conejos, abuelos1.25034 €
Conejos, padres3.00022,60 €

Las cabezas de la columna central no son un tope por solicitante: son el balance anual de la campaña para cada tipo de animal, que se reparte entre todas las solicitudes.

Que el bovino cobre 61 € más en las islas no capitalinas es la forma que tiene el Programa de compensar el sobrecoste del transporte interinsular. Si el destino es La Palma, El Hierro, La Gomera, Lanzarote o Fuerteventura, la cifra que hay que presupuestar es 680 €, no 619 €.

Los cupos de reposición: el límite real

Antes del dinero está el cupo. El número de animales que se puede autorizar en cada explotación y campaña sale de estos porcentajes de reposición, calculados sobre el censo máximo declarado el año anterior:

EspecieCupo de reposición
Vacuno20 hembras, o el 25 % de las reproductoras de la explotación
Porcino25 hembras, o el 35 % de las reproductoras
Cunícola50 hembras, o el 35 % de las reproductoras. En abuelas, el 20 % respecto al censo de madres
AvícolaEl 80 % de las gallinas de puesta de la explotación
Machos (padres o abuelos)No más del 10 % del censo de hembras, madres o abuelas respectivamente

Y una regla que interesa a quien acaba de empezar: en explotaciones con menos de seis meses de actividad se puede autorizar, por una sola vez, el 80 % de la capacidad de la explotación según el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias.

Cómo se reparten

  • Al primer periodo se asigna el 60 % del balance anual de cada tipo de animal; el resto va al segundo.
  • Dentro de cada periodo, los cupos se reparten proporcionalmente entre todas las solicitudes válidas, con el límite de reposición de cada explotación. Los cupos asignados se publican en el Tablón de Anuncios Electrónicos.
  • Los cupos del primer periodo que no se hagan efectivos pasan al balance del segundo.
  • Si sobra balance al final, se puede repartir equitativamente entre quienes ya importaron, o doblar el cupo de las explotaciones que agotaron el suyo, sin pasar del 100 % del censo o la capacidad. Esas solicitudes van del 1 al 15 de septiembre de 2027 y los animales tienen que llegar antes del 31 de enero de 2028.

Pedir cupo y no usarlo sale caro. Si no vas a poder importar todo, hay que renunciar en los tres primeros meses desde que se publica la asignación. Si no se renuncia: importar entre un 10 % y un 75 % menos del cupo asignado te reduce el cupo en ese mismo porcentaje en el periodo siguiente, y quedarte entre un 75 % y un 100 % por debajo significa no tener cupo en el periodo siguiente, y en todas tus explotaciones de destino. Los cupos renunciados se consideran consumidos y no se reasignan en la campaña.

Requisitos por especie y el papeleo de la llegada

Bovino

  • Menos de 36 meses de edad al llegar, y permanencia mínima de 12 meses en la explotación de destino, sin poder trasladarlos salvo circunstancia extraordinaria autorizada por la Dirección General de Ganadería.
  • Raza pura acreditada con certificado zootécnico, conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2020/602.
  • Las hembras para explotaciones lácteas tienen que venir preñadas, con certificado veterinario, y la importación se hace entre el cuarto y el octavo mes de gestación. Además, la producción de la madre en lactación finalizada (305 días) debe alcanzar 17.500 kg, 220 kg de grasa y 205 kg de proteína en la primera lactación, o una media de 8.000 kg, 245 y 215 kg en las tres primeras. En Jersey y Guernsey, 4.500 kg, 215 y 160 kg en la primera, o media de 5.000, 250 y 180 kg en las tres primeras.
  • Los machos para cruce industrial en explotaciones lácteas pueden ser limousine, charolés o blanco azul belga. Para producción de carne vale cualquier raza de aptitud exclusivamente cárnica.

Porcino

Permanencia mínima de 12 meses en la explotación de destino, con la misma restricción de traslado.

Avícola

Los animales destinados a explotaciones avícolas tienen que ser hembras para puesta.

Al llegar los animales

Hay que comunicar la llegada en un plazo máximo de 15 días, por el Anexo I si es vacuno y por el Anexo II para porcino, conejo o avícola, acompañada de:

  • Certificado H1 de la introducción en Canarias y justificante de pago del IGIC.
  • Factura de compra de los animales.
  • En vacuno, certificado veterinario de preñez y los certificados zootécnicos, con los datos de lactaciones según el Real Decreto 663/2023.

Esta es la trampa que más dinero cuesta: si no se comunica la llegada en esos 15 días, se pierde el derecho a la ayuda de los animales afectados, sin más. Lo mismo pasa con la recría: si los animales pasan por una explotación intermedia, tienen que llegar a la de destino en un máximo de tres meses desde el fin del plazo de importación del periodo, y pasarse de ahí también hace perder la ayuda. Y si un animal muere o hay que sacrificarlo de urgencia durante el periodo de retención, hay otros 15 días para comunicarlo con certificado veterinario oficial que diga fecha, causas e identificación.

Trámite, resolución y cobro

  1. Solicitud electrónica, en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, con el modelo normalizado, en una de las dos ventanas de la campaña: 1 a 15 de diciembre de 2026 o 1 a 15 de mayo de 2027.
  2. Se acompaña certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta, salvo que ya se aportara después de la campaña 2020, en cuyo caso basta indicar en qué campaña se presentó.
  3. La propuesta de resolución —con su trámite de audiencia— y la resolución de concesión se notifican por publicación en el Tablón de Anuncios Electrónicos de la Comunidad Autónoma. Las demás notificaciones, por comparecencia en la sede electrónica.
  4. El pago se hace en dos veces, entre el 1 de enero de 2027 y el 30 de junio de 2028, directamente a la cuenta indicada y después de los controles administrativos y sobre el terreno.

El plazo de resolución y notificación no puede superar el plazo máximo de pago del artículo 44.2 del Reglamento (UE) 2021/2116, contado desde la publicación del extracto en el BOC. Esa misma publicación es la que hace que la Orden produzca efectos, al día siguiente.

Dos cosas que conviene tener claras del calendario. La primera: se pide por adelantado, declarando los animales que se van a importar, no después de importarlos; quien se dé cuenta en enero de que necesita reponer ya llega tarde para el primer semestre. La segunda: el cobro va muy por detrás. Un animal solicitado en diciembre de 2026 e importado en febrero de 2027 puede no cobrarse hasta 2028, así que la ayuda no financia la compra: la compensa después. Esta ficha describe la campaña 2027, convocada por la Orden nº 127/2026, firmada el 1 de octubre de 2026; la edición anterior, de la campaña 2026, cerró sus dos ventanas en diciembre de 2025 y mayo de 2026.

Plazo15 de mayo de 2027

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Texto oficial

Orden nº 127/2026 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, de 1 de octubre de 2026, que convoca para la campaña 2027 las ayudas de la Acción III.1 (PDF de la BDNS)Bases reguladoras del POSEI: Orden de 28 de noviembre de 2017, BOC núm. 233 de 04/12/2017Modificaciones del POSEI aplicables desde el 1 de enero de 2026, publicitadas en el tablón de la ConsejeríaFicha de la convocatoria 933037 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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