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POSEI: importación de terneros destinados al engorde

238 € por ternero que traigas de fuera para cebar en Gran Canaria o Tenerife y 280 € en el resto de islas, hasta 300 terneros por ganadero y campaña. Se pide antes de importar, en dos ventanas: del 1 al 15 de diciembre de 2026 y del 1 al 15 de mayo de 2027. Hay que ser agricultor activo.

Ficha revisada el 30 de agosto de 2026 · BDNS 930375

Lo esencial

Quién puede pedirla
Ganaderos de vacuno de cebo titulares de una explotación inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC) que adquieran terneros fuera de Canarias para engordarlos, y que tengan la condición de agricultor activo en 2027
Cuánto se cobra
238 € por ternero destinado a explotaciones de Gran Canaria y Tenerife; 280 € por ternero destinado a las demás islas. Máximo de 300 animales autorizados por beneficiario en toda la campaña
Procedimiento
Convocatoria anual por campaña, con dos periodos de solicitud anticipada y reparto de cupos proporcional entre todas las solicitudes: el 60 % del balance anual al primer periodo y el resto al segundo
Presupuesto
750.000 € del FEAGA según la ficha financiera del Programa. Coincide con la BDNS. Si para 2027 se modifican la dotación o los importes unitarios, se aplica la modificación
Organismo
CANARIAS. Código BDNS 930375.

Objeto y cuantía

Es la subacción III.2.4 del POSEI, dentro del apoyo al sector vacuno. Paga por introducir en Canarias terneros para el engorde, para que el cebo en las islas pueda hacerse en las mismas condiciones que en el resto de la Unión Europea.

Destino del animalImporte por ternero
Explotaciones de Gran Canaria y Tenerife238 €
Explotaciones de las demás islas280 €

Tope: 300 animales autorizados por beneficiario en toda la campaña. A 280 €, son hasta 84.000 € para un cebadero de una isla no capitalina.

Los 42 € de diferencia reflejan el doble salto de transporte hasta las islas no capitalinas. Para un cebadero de La Palma, El Hierro, La Gomera, Lanzarote o Fuerteventura, la ayuda es un 18 % mayor por cabeza.

Se pide antes de importar, y por cupos

La solicitud se presenta con los animales que prevés traer, no con los ya traídos:

PeriodoSolicitudLlegada de los ternerosCupo
PrimeroDel 1 al 15 de diciembre de 2026Del 1 de enero al 31 de mayo de 202760 % del balance anual
SegundoDel 1 al 15 de mayo de 2027Del 1 de junio al 16 de octubre de 2027El resto, más lo que no se usó del primero
  • Los cupos se reparten proporcionalmente entre todas las solicitudes y se publican en el Tablón de Anuncios Electrónicos del Gobierno de Canarias.
  • Solo cobran los animales con cupo autorizado.
  • No valen terneros que lleguen después del 16 de octubre de 2027.
  • Hay que comunicar la llegada a la Dirección General de Ganadería, con la relación de crotales, en 15 días, incluso si importaste antes de que te asignaran el cupo. Si no lo comunicas a tiempo, pierdes la ayuda de esos animales.

La penalización por pedir de más es lo que más cuesta. Si te asignan cupo y no importas todo, tienes tres meses desde la publicación de los cupos para renunciar. Si no renuncias, el cupo del periodo siguiente se reduce en el mismo porcentaje si te quedaste entre un 10 y un 75 % por debajo, y si te quedaste más de un 75 % por debajo, no te asignan cupo. Lo renunciado cuenta como consumido. Hay que pedir lo que de verdad se va a traer.

Requisitos del animal y del ganadero

  • Explotación de vacuno inscrita y actualizada en el REGAC, con capacidad para tener los terneros durante la retención.
  • Terneros, machos o hembras, de 10 meses como máximo al llegar (vale cumplirlos ese día), inscritos en el Registro de Identificación Individual de Animales y destinados a sacrificio. La fecha de llegada es la del RIIA, salvo prueba documental de otra.
  • Seis meses como mínimo en tu explotación, sin traslados salvo autorización de la Dirección General de Ganadería.
  • Si un animal muere o hay que sacrificarlo de urgencia durante la retención, se comunica en 15 días con certificado veterinario oficial.
  • Cumplir las normas sanitarias, de bienestar animal, identificación, condicionalidad y medio ambiente.
  • Agricultor activo en 2027: se acredita con una declaración responsable que se presenta entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2027. Es un trámite aparte de la solicitud y se olvida con facilidad.

Con la solicitud va el documento bancario de titularidad de la cuenta, salvo que ya se aportara después de la campaña 2020 (en ese caso se indica en qué campaña).

Pago, normativa y encaje

  • Solicitud electrónica en la sede del Gobierno de Canarias, con el modelo normalizado.
  • La propuesta y la resolución se notifican por el Tablón de Anuncios Electrónicos. El resto de notificaciones, por comparecencia en la sede.
  • Se paga en dos pagos entre el 1 de enero de 2027 y el 30 de junio de 2028, tras los controles. Por norma europea, las ayudas directas del POSEI se pagan desde el 1 de diciembre del año de campaña y hasta el 30 de junio del siguiente.

Convocatoria: Orden n.º 119/2026, firmada el 17 de septiembre de 2026, para la campaña 2027. Surte efecto desde el día siguiente a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Canarias. A 28 de septiembre de 2026 (BOC n.º 194) todavía no se había publicado. Como la primera ventana es en diciembre, no cambia nada práctico.

Bases reguladoras: Orden de 28 de noviembre de 2017 (BOC n.º 233, de 4 de diciembre de 2017), comunes a todo el POSEI.

La línea se repite cada año con el mismo esquema, las mismas ventanas y el mismo crédito de 750.000 €: la campaña 2026 se convocó por Orden de 12 de noviembre de 2025 (BOC n.º 233, de 24 de noviembre de 2025). Es la subacción que paga por traer el ternero de fuera. Las III.2.1 a III.2.3 pagan primas por nacimiento y sacrificio de animales locales, y la III.2.5, la reposición de novillas lecheras nacidas en Canarias: el POSEI apoya a la vez importar y criar en la isla, así que la elección es económica, no de acceso a la ayuda.

Plazo15 de diciembre de 2026

54 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Orden n.º 119/2026 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, convocatoria de la campaña 2027, texto completo en la BDNSBases reguladoras del POSEI: Orden de 28 de noviembre de 2017, BOC n.º 233 de 04/12/2017Extracto de la convocatoria de la campaña anterior (2026): BOC n.º 233 de 24/11/2025Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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