Planes de igualdad en empresas — Emakunde
El 50 % de lo que cuesta la consultora que elabora el diagnóstico y el plan de igualdad, hasta 12.000 €, o hasta 6.000 € si lo que se financia es implantar medidas de un plan ya aprobado. La consultora tiene que estar homologada por Emakunde. Se convoca cada año con un mes de plazo.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas, entidades privadas, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, domicilio social en Euskadi y, para el primer o segundo plan, una plantilla de entre 10 y 150 personas
- Cuánto se cobra
- 50 % del coste, con un máximo de 12.000 € en la línea de diagnóstico y plan y de 6.000 € en la de implantación de medidas. Las entidades sin ánimo de lucro llegan al 80 %
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con comparación de solicitudes y prelación por puntuación. Las dos líneas son incompatibles entre sí
- Presupuesto
- 350.000 €, repartidos en 225.000 € para la línea de diagnóstico y plan y 125.000 € para la de implantación de medidas. BDNS y BOPV coinciden
- Organismo
- PAÍS VASCO. Código BDNS 919841.
Objeto
Emakunde paga la consultora que elabora el plan de igualdad de la empresa. Y es una ayuda con un público muy definido: la empresa de entre 10 y 150 personas que tiene la obligación legal de tener plan de igualdad y todavía no lo ha hecho, o que lo tiene y no lo ha desplegado.
Dos líneas, incompatibles entre sí: hay que elegir.
Línea 1 — Diagnóstico y plan de igualdad
Contratación de una consultora homologada para elaborar un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y diseñar un plan de igualdad, tanto para la organización interna como para la prestación de servicios o productos. Dotación: 225.000 €.
Línea 2 — Implantación de medidas
Contratación de una consultora homologada para la implantación de medidas contenidas en planes de igualdad ya aprobados por la entidad solicitante. Dotación: 125.000 €.
La segunda línea es la menos conocida y la que resuelve el problema real de muchas empresas: tener el plan aprobado y no saber cómo llevarlo a la práctica.
El requisito que lo condiciona todo: la consultora homologada
No vale cualquier consultora. Tiene que estar homologada por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
Es la primera comprobación que hay que hacer, y también una restricción para la propia consultoría que asesora al cliente: si no está en el registro de homologadas, la ayuda no cubre su factura. Conviene consultar el listado vigente antes de comprometer nada con el cliente.
Quién puede solicitarla
Empresas, entidades privadas, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro que cumplan:
- Personalidad jurídica propia e independiente. Las empresas que pertenezcan a grupos con personalidades jurídicas diferenciadas deben presentar las solicitudes de forma independiente.
- No estar participadas ni controladas de forma mayoritaria por una Administración Pública.
- Llevar la dirección y gestión administrativa en Euskadi, con domicilio social en la comunidad.
Requisitos de plantilla
| Situación | Plantilla exigida |
|---|---|
| Empresas y entidades privadas, primer o segundo diagnóstico o plan | entre 10 y 150 personas |
| Entidades sin ánimo de lucro, primer o segundo diagnóstico y plan | mínimo 10 personas |
La horquilla de 10 a 150 no es casual: es el tramo en el que la obligación legal de plan de igualdad ya aplica pero la empresa rara vez tiene medios propios para abordarlo.
Las entidades que pidan para un segundo diagnóstico y plan deben acreditar que el primero está debidamente registrado.
Dos exclusiones que conviene revisar antes
- Haber cobrado antes por lo mismo. No pueden acceder las empresas de entre 10 y 150 personas que ya hayan recibido subvención de otra administración pública en años anteriores para financiar sus primeros diagnósticos y planes. La excepción son las entidades sin ánimo de lucro.
- Sanciones por discriminación. Quedan fuera, durante el periodo de la sanción, las entidades sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, o sancionadas con esa prohibición conforme al Decreto Legislativo 1/2023.
Cuantía
| Línea | Empresas y entidades privadas | Entidades sin ánimo de lucro | Máximo |
|---|---|---|---|
| Diagnóstico y plan | 50 % del coste | 80 % | 12.000 € |
| Implantación de medidas | 50 % del coste | 80 % | 6.000 € |
El 80 % se reserva a las entidades sin ánimo de lucro que no repartan beneficios entre sus titulares o participantes y destinen íntegramente los excedentes a sus fines estatutarios.
Y para esas entidades hay una ventaja adicional poco habitual: cuando no puedan recuperar o compensar las cuotas de IVA, la subvención puede cubrir hasta el 80 % del coste subvencionable más el IVA soportado no recuperable.
Para una empresa mercantil ordinaria, la cuenta es sencilla: con un 50 % y un techo de 12.000 €, el tope se alcanza con una consultoría de 24.000 €.
Procedimiento y plazos
Concurrencia competitiva en sentido estricto: la concesión se realiza comparando las solicitudes presentadas para establecer una prelación conforme a los criterios de valoración de los artículos 21 y 27 de las bases. Solo se proponen para concesión las que superen el corte.
Una particularidad útil: la resolución puede recoger una relación ordenada por puntuación de entidades suplentes, para el caso de que se produzca alguna renuncia. Quedar fuera del primer corte no significa necesariamente quedarse sin ayuda.
- Plazo: un mes desde la publicación en el BOPV. En la edición de 2026, publicada el 24 de junio, cerró el 24 de julio.
Es un plazo corto, del mismo estilo que EMET, y exige tener elegida la consultora homologada y su presupuesto antes de que salga la convocatoria.
Cuándo vuelve a convocarse
Convocatoria anual de Emakunde. La de 2026 se aprobó por Resolución de 10 de junio de 2026 de la directora de Emakunde y se publicó en el BOPV n.º 118, de 24 de junio, con cierre el 24 de julio.
El patrón para 2027: resolución en junio, publicación a finales de junio, un mes de plazo.
Por qué merece la pena tenerla presente
Más allá de la ayuda en sí, tener plan de igualdad tiene efectos en cadena sobre otras convocatorias vascas. En MEC suma un punto de incremento del porcentaje; en Zabaldu + puntúa dentro del criterio de compromiso social y sostenibilidad; y la carencia de plan de igualdad estando obligada a tenerlo es causa de exclusión en prácticamente todas las convocatorias vascas por aplicación del artículo 13 de la Ley 20/2023.
Dicho de otro modo: para una empresa de más de 50 personas, no tener plan de igualdad no solo cuesta esta ayuda, sino que la deja fuera del resto del catálogo.
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