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Palafrugell: el 40 % de lo que invertiste en tu negocio entre septiembre de 2025 y agosto de 2026, hasta 2.000 €

Si tienes un negocio en Palafrugell y has invertido en fachada, rótulo, terraza, reforma, furgoneta rotulada, alarma, placas solares, maquinaria o en abrir o traspasar un negocio, el Ayuntamiento te devuelve el 40 % de la factura sin IVA, hasta 2.000 €. La inversión tiene que estar hecha y pagada entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, y se pide y se justifica a la vez, antes del 30 de septiembre de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 898782

Lo esencial

Quién puede pedirla
Autónomos dados de alta en el RETA y empresas individuales, asociadas o agrupadas dadas de alta en el IAE, con sede social o establecimiento en Palafrugell, con licencia o comunicación de actividad vigente y sin requerimientos pendientes
Cuánto se cobra
Hasta el 40 % del gasto justificado sin IVA, con un máximo de 2.000 € por beneficiario. Inversión mínima de 2.000 € por capítulo, salvo seguridad (900 €), emprendimiento (1.000 €) y ahorro energético (1.000 €, con facturas de al menos 500 €)
Procedimiento
Concurrencia no competitiva. Si las solicitudes superan el crédito, primero quedan fuera quienes cobraron esta ayuda en alguna de las tres últimas convocatorias, y después se reduce a prorrata entre el resto
Presupuesto
25.000 € en la partida 32.4300.77001 «Subvenciones actividades económicas», ampliables. La BDNS publica la misma cifra
Organismo
PALAFRUGELL. Código BDNS 898782.

Seis tipos de inversión que entran

  • I. Imagen exterior: rótulos (que cumplan la ley de política lingüística), fachada, puertas, ventanas, escaparates, mobiliario y parasoles de terraza, cierres para adaptarse a la normativa, iluminación exterior, supresión de barreras.
  • II. Mejora del establecimiento: reformas del espacio de venta o atención al público, ampliación del espacio abierto al público, vehículo de empresa a nombre de la empresa y rotulado, accesibilidad y sistemas de seguridad (videovigilancia, control de acceso, alarmas, ciberseguridad) siempre que sean inversión.
  • III. Emprendimiento: mobiliario, maquinaria, ordenadores, programas, marcas y patentes, vehículos, instalaciones, obras y herramientas para empezar la actividad. No entra el stock inicial.
  • IV. Ahorro energético: fotovoltaica de autoconsumo, aerotermia o bombas de calor, cerramientos y vidrios, LED, reciclaje, control y gestión energética.
  • V. Innovación: equipos tecnológicos, software, maquinaria nueva, escaparatismo digital, inteligencia artificial, contadores de personas.
  • VI. Cesión de negocio: la inversión de quien coge un negocio que se traspasa, para que no cierre por falta de relevo. Solo inversión (mobiliario, maquinaria, equipos), nunca el fondo de comercio.

El IVA no se subvenciona. Y solo valen facturas: los tiques y los recibos no se aceptan.

La trampa: se justifica al pedir, no después

Esta convocatoria paga lo que ya hiciste. La inversión tiene que estar hecha dentro del periodo del 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026, y la justificación va junto con la solicitud, como muy tarde el 30 de septiembre de 2026. No hay anticipos.

Consecuencias prácticas:

  • Si has invertido en septiembre de 2026, llegas tarde para esta: espera a la siguiente.
  • Las facturas tienen que tener fecha dentro del periodo. Se acompañan de un certificado firmado y sellado por el proveedor.
  • Si la obra necesitaba licencia de obras o comunicación previa, tiene que estar a tu nombre. Sin ella, no hay ayuda.
  • Tienes que haber estado de alta en el IAE todo el periodo, salvo que la actividad sea de nueva creación.

Requisitos que se miran uno a uno

  • Sede social o establecimiento en Palafrugell, con licencia de actividad o comunicación de inicio vigente y sin requerimientos municipales pendientes. Si ha habido cambio de titular, tiene que estar comunicado antes de que acabe el plazo.
  • Mantener la actividad con el mismo titular al menos un año después de la concesión.
  • Al corriente con el Ayuntamiento, Hacienda, la Generalitat y la Seguridad Social durante todo el procedimiento.
  • Cumplir los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley de política lingüística (atención y rotulación en catalán).
  • Emprendimiento: solo personas físicas, con un estudio de viabilidad técnica y económica del proyecto y el alta censal dentro del periodo.
  • Ahorro energético e innovación: un documento que explique el ahorro o la mejora competitiva que se consigue.
  • Cesión de negocio: el cambio de titular dentro del periodo.
  • Reformas: fotos del antes y el después. Vehículos: permiso de circulación y fotos del vehículo rotulado.

Cómo se pide

  • Plazo: hasta el 30 de septiembre de 2026. El extracto salió en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 75 del 21 de abril de 2026.
  • Dónde: en la sede electrónica del Ayuntamiento (seu.palafrugell.cat/tramits). Las sociedades, obligatoriamente por la sede; las personas físicas pueden ir a la OAC.
  • Qué: solicitud indicando el capítulo, declaración responsable, ficha de alta de acreedor, cuenta justificativa con presupuesto y financiación, copia de las facturas y la documentación propia del capítulo.
  • Subsanación: diez días improrrogables; si no contestas, se da por desistida.
  • Resolución: tres meses desde que acaba el plazo.

Lo que el texto no aclara

  • Si el 40 % es fijo. La convocatoria dice «como máximo el 40 %» y, en otro punto, que el porcentaje «será el que se fije en el acuerdo de concesión». Cuenta con el 40 % como techo, no como garantía.
  • Si se puede pedir por varios capítulos. El mínimo de inversión es «por cada capítulo» y el tope de 2.000 € es «por beneficiario». Lo razonable es que se puedan combinar dentro de ese tope, pero el texto no lo dice.
  • Quién queda fuera si falta dinero. Con solo 25.000 € y hasta 2.000 € por solicitud, el prorrateo es probable. Si cobraste esta ayuda en alguna de las tres últimas convocatorias, eres el primero en caer.
  • Fecha de apertura. La BDNS da el 20 de abril de 2026, un día antes de que saliera el extracto en el BOP de Girona. La convocatoria solo fija el cierre.
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