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PAL — Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas

El 20 % de la inversión de una bodega, conservera o mayorista agroalimentario, con hasta 8 puntos más según el municipio. Cuatro millones de euros, umbral de 20.000 € para empresas nuevas o de hasta diez trabajadores, y un tramo específico para barricas.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes que transformen productos agrícolas en productos agrícolas o los comercialicen al por mayor, con centro de trabajo en La Rioja
Cuánto se cobra
20 % en pymes de hasta 50 trabajadores y 15 % en las de más, con hasta 8 puntos adicionales por municipio. Inversión mínima de 50.000 €, o 20.000 € en empresa nueva o de hasta diez trabajadores
Procedimiento
Concesión directa, resuelta por orden de registro de entrada hasta agotar el crédito
Presupuesto
4.000.000 €
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 900542.

Objeto

Ayuda de ADER a las inversiones de transformación de productos agrícolas en productos agrícolas y de comercialización mayorista de productos agrícolas, promovidas por pymes con centro de trabajo en La Rioja.

Es la línea que recoge a la industria agroalimentaria, que queda expresamente fuera de la línea general de inversión INP —donde la sección C excluye las manufacturas del Anexo I del Tratado—. En La Rioja su destinatario natural es la bodega, junto con la conservera y el mayorista hortofrutícola.

Bases reguladoras: Orden DEA/34/2023, de 26 de mayo (BOR núm. 110, de 31 de mayo de 2023), modificada por la Orden EIE/8/2025, de 24 de enero (BOR núm. 18, de 28 de enero de 2025). Ayuda de Estado SA.108162.

Umbral de inversión

SituaciónInversión mínima
Con carácter general50.000 €
Empresa de nueva creación —constituida desde el 13 de diciembre de 2025— o empresa de hasta diez trabajadores20.000 €

Para acreditar los diez trabajadores se atiende a la plantilla media entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, que no puede superar esa cifra. Hay que aportar con la solicitud el informe de plantilla media de trabajadores en alta.

Se admiten dos solicitudes por empresa y convocatoria.

Qué inversiones se admiten

  • Compra de terrenos urbanos consolidados calificados como industriales, con proyecto de inversión sobre ellos. Se subvenciona el 100 % de la superficie con un máximo de 70 €/m², pero solo hasta el 10 % de los costes subvencionables totales del proyecto.
  • Naves y locales. Hay que estar ejerciendo efectivamente la actividad en ellos al justificar. Fuera de planta baja con acceso directo a la calle, solo si se destinan íntegramente a la actividad.
  • Construcción de nuevos inmuebles: obra civil e instalaciones de baja tensión y fontanería.
  • Obras de reforma de emplazamientos donde la empresa no venía trabajando, incluso en local de terceros.
  • Instalaciones técnicas distintas de las de baja tensión y fontanería.
  • Obras e instalaciones de seguridad y protección contra incendios.
  • Maquinaria y bienes de equipo nuevos.
  • Equipos informáticos nuevos y software, cuando estén vinculados al funcionamiento de maquinaria o instalaciones.
  • Honorarios de proyecto y dirección de obra.
  • Elementos de transporte externo nuevos, solo cuando sean obligados para la actividad y estén incondicionalmente ligados a la producción, con destino a transformar y comercializar los propios productos. No pueden superar el 40 % del resto de la inversión subvencionable, excluidos los terrenos.
  • Barricas nuevas — ver abajo.

El tramo de barricas

Solo se subvencionan en tres supuestos: bodegas de nueva creación, bodegas que antes de la solicitud no disponían de barricas, o bodegas cuyo proyecto contemple la creación de una nueva sala de barricas.

En todo caso la compra debe suponer un incremento del parque adscrito a la DOCa Rioja, acreditado al justificar con certificado del consejo regulador que indique el número de barricas existentes a fecha de solicitud y a fecha de justificación. La inversión subvencionable en barricas no puede superar 30.000 €.

Exclusiones

  • Reforma del edificio donde la empresa ya venía trabajando.
  • Inversiones destinadas al comercio al por menor.
  • Renovables de más de 100 kW, y las de 100 kW o menos no inscritas en el registro de autoconsumo con certificado BT-A.
  • Puntos de recarga y calderas de combustibles fósiles.
  • Jardinería, ornamentación, reparaciones, alojamiento y restauración y equipos de recreo.
  • Gastos de constitución y primer establecimiento.
  • Activos fijos usados, salvo terrenos, edificios y locales no subvencionados en los 10 años anteriores y conformes a la legalidad urbanística y medioambiental. Nunca comprar para demoler.
  • Reposición o mera sustitución de equipos, salvo cambio de tecnología o incremento manifiesto de rendimiento.
  • Mobiliario, vinilos y elementos ornamentales; reparación, conservación y mantenimiento.
  • Facturas de menos de 1.000 € sin IVA.
  • Activos fabricados por el propio solicitante; IVA y tributos; inversiones contabilizadas como gasto.
  • Inversiones en bodegas cuya producción vitivinícola no esté amparada por alguna marca de calidad regulada por la Consejería de Agricultura.
  • Gastos con personas o entidades vinculadas; diseño o rediseño de web; honorarios ajenos al proyecto.
  • Cableado para redes de datos fuera de la propiedad privada.
  • Smartphones y móviles, y equipo o software no vinculado en exclusiva a maquinaria.
  • Inversiones financiadas con leasing o renting.

Cuantía y el mapa de municipios

TamañoIntensidad base
Pyme de hasta 50 trabajadores20 %
Pyme de más de 50 trabajadores15 %

Para acreditar los 50 trabajadores vale, a elección de la empresa, el informe de plantilla a fecha de solicitud o el de plantilla media de 2025.

Incremento por municipio

A diferencia de otras líneas de ADER, aquí la convocatoria no remite al padrón: enumera los municipios uno a uno.

TramoAdicionalMunicipios
Más de 5.000 habitantes o alta densidad industrial0 %Agoncillo, Alfaro, Arnedo, Arrúbal, Calahorra, Haro, Lardero, Logroño, Nájera, Navarrete, Santo Domingo de la Calzada y Villamediana de Iregua
Entre 2.501 y 5.000+2 %Albelda de Iregua, Alberite, Aldeanueva de Ebro, Autol, Fuenmayor, Pradejón y Rincón de Soto
Entre 1.001 y 2.500+4 %Baños de Río Tobía, Casalarreina, Cenicero, Cervera del Río Alhama, Entrena, Ezcaray, Murillo de Río Leza, Nalda, Quel, Ribafrecha, San Asensio, San Vicente de la Sonsierra y Uruñuela
Entre 501 y 1.000+6 %Alcanadre, Ausejo, Briones, Cuzcurrita de Río Tirón, El Villar de Arnedo, Huércanos, Igea y Sojuela
500 o menos+8 %El resto de municipios riojanos, entre ellos Ábalos, Anguiano, Briñas, Cordovín, Gimileo, Hormilla, Ollauri, Rodezno, San Millán de la Cogolla, Sajazarra, Ventosa y Villalba de Rioja

La lista importa: Navarrete figura como municipio de alta densidad industrial y no suma nada, mientras que Ollauri, Rodezno, Gimileo o Briñas —zona de bodegas de Haro— llegan al +8 %. El listado completo está en el apartado 2.5 de la convocatoria.

Otros incrementos

En la construcción de nuevos inmuebles en parcelas de polígonos industriales adquiridas desde el 1 de enero de 2026 a una Administración pública o ente del sector público, la intensidad sobre obra civil e instalaciones de fontanería y electricidad sube +5 % si la superficie está entre 15.000 y 20.000 m² y +8 % si supera los 20.000 m².

Las intensidades pueden subir hasta el máximo del artículo 13 de la orden reguladora si el Consejo de Gobierno declara el proyecto de interés estratégico para La Rioja.

Cómo y cuándo solicitar

Requisito censal

Estar de alta en el Censo de Actividades Económicas de La Rioja, en un epígrafe de actividad subvencionada, en el momento del cierre de la convocatoria.

Plazo

Desde la publicación del extracto en el BOR, a las 9:00 horas, hasta el 11 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas.

Cómo se reparte

Por orden de registro de entrada en ADER hasta agotar el crédito.

Tramitación

Solo telemática: credencial obtenida con firma digital en la sede electrónica de ADER y después formulario de solicitud con la documentación.

Módulos de costes

En obra civil, en las instalaciones de fontanería y electricidad vinculadas y en los honorarios de proyecto y dirección de obra se aplican los módulos de costes unitarios que se aprueben para la convocatoria.

Cierra en11 de diciembre de 2026

104 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 publicado en la BDNSBases reguladoras: Orden DEA/34/2023, de 26 de mayo (BOR núm. 110, de 31 de mayo de 2023)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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