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Ontinyent: 300 € por kWp de fotovoltaica ya instalada, hasta 900 € por solicitud

Ontinyent reparte 50.000 € entre quien ya puso placas de autoconsumo o compró participaciones en una comunidad energética local. Pagan 300 € por kWp con un máximo de 3 kWp, o sea hasta 900 € por solicitud, y nunca más del 50 % del gasto. Entran las empresas: basta con tener el domicilio social o el de la actividad en Ontinyent. Lo importante es la fecha de los papeles, no la de la solicitud: solo valen instalaciones puestas en funcionamiento entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, y la justificación se presenta junto con la solicitud.

Ficha revisada el 16 de octubre de 2026 · BDNS 934777

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas empadronadas en Ontinyent antes de la fecha de publicación de la convocatoria, y personas jurídicas que tengan el domicilio social de la empresa y/o el domicilio de la actividad radicado en Ontinyent. También pueden ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes y cualquier otra unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que pueda llevar a cabo la actuación; en ese caso hay que hacer constar en la solicitud y en la resolución los compromisos de ejecución de cada miembro y el importe que aplica cada uno —todos son beneficiarios— y nombrar un representante único con poderes suficientes. Y la agrupación no se puede disolver hasta que pase el plazo de prescripción de los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003
Cuánto se cobra
300 € por cada kWp instalado o participado, con un máximo de 3 kWp, y las fracciones se subvencionan de forma proporcional. La cantidad máxima por solicitud es de 900 €. Encima hay un segundo techo que manda sobre el primero: la subvención no puede superar el 50 % del coste total de los gastos de la instalación o de la participación. Hay que presentar una solicitud por cada actuación. Si al calcular queda crédito sin usar, el remanente se reparte proporcionalmente según los puntos obtenidos entre las solicitudes que no hayan llegado a su cuantía máxima, sin pasar nunca de los límites
Procedimiento
Concurrencia competitiva de verdad, con baremo, aunque el baremo es corto: 10 puntos por instalación de autoconsumo individual, 20 puntos por participación en una instalación de autoconsumo colectivo y 5 puntos adicionales si el CUPS de la vivienda que participa en un autoconsumo colectivo está dentro del conjunto protegido de la Vila o del ámbito del plan de reforma interior del Centro Histórico Arrabal-Pueblo Nuevo. Las solicitudes que no lleguen a 10 puntos se desestiman. Después no hay corte por puesto: las ayudas se adjudican según la puntuación obtenida «de manera proporcional entre las solicitudes que han superado los 10 puntos, hasta agotar el crédito disponible». Instruye el Departamento de Medio Ambiente, hay propuesta provisional con 10 días para alegaciones, y resuelve la Concejalía de Medio Ambiente en un máximo de seis meses desde la publicación en el tablón municipal y en ningún caso más tarde del 30 de diciembre de 2026
Presupuesto
50.000,00 € como importe máximo, con cargo a la aplicación presupuestaria 43100.17201.78000 del presupuesto municipal de 2026. Coincide con lo que publica la BDNS. Con el tope de 900 € por solicitud, el crédito da para unas 55 actuaciones si todas llegan al máximo
Organismo
ONTINYENT. Código BDNS 934777.

La trampa está en las fechas de la factura

Esta no es una ayuda para la instalación que vas a hacer: es para la que ya hiciste. Son subvencionables los gastos «realizados y pagados» por instalaciones de autoconsumo individual o participaciones en autoconsumos colectivos ejecutadas desde el 1 de julio de 2025 hasta el 30 de junio de 2026. Y la convocatoria aclara qué entiende por ejecutar: «la ejecución de la instalación equivale a su puesta en funcionamiento».

De ahí se siguen dos cosas que cambian el trámite entero:

  • La justificación va con la solicitud. Como los gastos ya están hechos, con la solicitud se adjuntan los documentos de justificación «a fin de aprobar en el mismo acto administrativo la concesión y el pago». No hay dos fases.
  • Si tu placa se puso en marcha en julio de 2026 o después, no entra. Tampoco si se puso antes del 1 de julio de 2025. La ventana es esa y no se negocia.

Otro orden que importa: no son subvencionables «las actuaciones realizadas con anterioridad a la obtención del preceptivo instrumento de intervención ambiental», es decir, la licencia municipal o la declaración responsable. Si instalaste antes de presentar los papeles al Ayuntamiento, el gasto se cae.

Cuánto sale, con la cuenta hecha

La ayuda son 300 € por kWp, con un máximo de 3 kWp computables y las fracciones proporcionales. Encima manda el 50 % del coste:

Potencia instalada o participadaPor la regla de 300 €/kWpLo que cobras si el coste total fue…
1,5 kWp450 €450 € si costó 900 € o más
3 kWp900 €900 € si costó 1.800 € o más
6 kWp900 € (tope de 3 kWp)900 € si costó 1.800 € o más

Las tres filas son nuestra cuenta aplicando las dos reglas de la convocatoria, no cifras publicadas. Para una instalación doméstica de 3 kWp al precio de mercado, el 50 % no llega a morder y cobras los 900 €; para una instalación de empresa, el tope de 3 kWp lo deja en 900 € sea cual sea la potencia.

Para el autoconsumo individual solo entran instalaciones de potencia inferior a 7 kWp. En el colectivo, las comunidades energéticas tienen que atender las necesidades de 3 CUPS como mínimo.

El baremo premia el autoconsumo colectivo

Son 10 puntos de entrada y el mínimo para no ser desestimado es 10, así que cualquier solicitud válida los tiene. Lo que decide el reparto es el resto:

CriterioPuntos
Instalación por autoconsumo individual10
Participación en instalación de autoconsumo colectivo20
Adicional: CUPS dentro del conjunto protegido de la Vila o del PRI del Centro Histórico Arrabal-Pueblo Nuevo, participando en colectivo+5

Como el reparto es proporcional a los puntos entre todas las solicitudes que pasan de 10, una participación en comunidad energética pesa el doble que una instalación propia. Y si el crédito no se agota, el remanente se reparte otra vez según los puntos entre quienes no habían llegado a su máximo.

Los papeles, que son muchos para 900 €

Las personas jurídicas están obligadas a presentar por la sede electrónica, ontinyent.sedipualba.es. Con la solicitud en modelo normalizado van:

  1. Memoria técnica firmada por técnico competente de instalaciones eléctricas de baja tensión o por instalador autorizado, con características de los equipos, potencia instalada o participada, datos del punto de suministro (CUPS, titular, dirección) y valoración económica.
  2. Resumen de la simulación de la instalación con el ahorro energético estimado.
  3. Facturas por la totalidad del presupuesto, con los requisitos del Real Decreto 1619/2012. No valen recibos ni albaranes, y no se admiten facturas simplificadas en gastos de más de 100 €.
  4. Relación de gastos en modelo normalizado, con declaración de que esas facturas no se han presentado ni se presentarán en otra subvención por el importe aquí subvencionado.
  5. Justificantes de pago de al menos el 50 % del gasto justificado: recibos, copia de transferencia o cargo bancario. Nada de efectivo por encima del máximo legal.
  6. Certificado de instalación eléctrica (CIE) firmado por instalador autorizado.
  7. Relación de todas las subvenciones concedidas en el ejercicio para la misma actuación, declaración jurada de estar al corriente y documento de domiciliación bancaria.

Aviso para empresas: «en el caso de que la persona beneficiaria sea una persona jurídica, el pago de las facturas se tendrá que realizar en el plazo máximo que establezca la legislación vigente en materia de lucha contra la morosidad», y las facturas que no estén pagadas dentro de ese plazo no se admiten como gasto subvencionable. Pagar tarde al instalador te deja fuera.

Después de cobrar: la pegatina y los diez años

Dos obligaciones que duran mucho más que el trámite, y las dos con reintegro detrás:

  • Diez años de permanencia. «Las instalaciones para las cuales se solicita la subvención tendrán que permanecer en la vivienda o edificio por un periodo mínimo de diez años», y la participación en un autoconsumo colectivo, también diez años. El artículo 31.4 de la Ley General de Subvenciones se cita expresamente.
  • Difusión en un mes. Hay que hacer la difusión de la ayuda municipal en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución definitiva: pegatina en lugar claramente visible indicando que la instalación o la vivienda cuenta con financiación municipal, más fotografías. Y si lo que compraste son participaciones de una comunidad energética local, la difusión es pública, «preferentemente en redes sociales o tablón de anuncios de la comunidad de propietarios», con el logo del Ayuntamiento, el importe recibido y la actuación. La falta de difusión es motivo de reintegro, y el Ayuntamiento dice que lo comprueba.

No son subvencionables el leasing, el renting ni ninguna fórmula de arrendamiento en la que los bienes no sean propiedad del beneficiario —con la excepción expresa de las comunidades energéticas locales, donde el socio es propietario de la parte que le corresponde—. Los justificantes se conservan seis años.

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad de cualquier administración o ente, público o privado, siempre que la suma no supere el coste del gasto subvencionado.

Lo que no está claro

  • Cuándo cierra. Treinta días naturales desde la publicación en el BOP de Valencia, y el BOP de Valencia es hoy una de las puertas cerradas de este catálogo: el sumario por fecha devuelve HTML vacío con código 200, que parece éxito y no lo es. La BDNS no publica fechas para este registro. Mientras no haya fecha oficial, esta ficha sale como «plazo sin fecha publicada».
  • Qué publicación cuenta. El texto dice «desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP», y el artículo de resolución habla de seis meses «desde la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios municipal». Son dos publicaciones distintas y la convocatoria no aclara si el plazo de solicitud cuenta desde el BOP o desde el tablón. Nos quedamos con el BOP, que es lo que dice el apartado del plazo.
  • Si una empresa puede sumar varias instalaciones. Hay que presentar «una solicitud individual para cada actuación objeto de subvención» y el tope de 900 € es por solicitud, no por beneficiario. Leído literalmente, una empresa con dos naves y dos instalaciones podría pedir dos veces; la convocatoria no lo prohíbe ni lo autoriza expresamente.
  • El reparto proporcional y los 300 €/kWp no encajan del todo. El apartado 6.3 dice que las ayudas se adjudican «según la puntuación obtenida, de manera proporcional», y a continuación que «el importe concreto de la subvención será el resultado de multiplicar los kWp instalados, por 300 euros, con un máximo de 900 euros». Si el crédito alcanza para todos, la segunda regla basta; si no alcanza, no está escrito cómo se combina la proporcionalidad por puntos con la cuantía por kWp.
Plazo

Plazo sin fecha publicada

Todavía no hay fecha: la fija el boletín al publicar la convocatoria.

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Texto oficial

Convocatoria para la concesión de ayudas para instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo individual o por la participación en sistemas de autoconsumo colectivo, año 2026, aprobada por la Junta de Gobierno Local de Ontinyent el 8 de octubre de 2026 y firmada el 14 de octubre (7 páginas en castellano, expediente 3021194D, SEFYCU 8707898, CSV 4VAA CKNV KF3Q ZFZ3 J3NL). De aquí salen los 50.000 € y su aplicación 43100.17201.78000, los 300 €/kWp con el máximo de 3 kWp y los 900 € por solicitud, el límite del 50 % del coste, los beneficiarios —incluidas las personas jurídicas con domicilio social o de actividad en Ontinyent—, el periodo de ejecución del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026, el límite de 7 kWp en individual y los 3 CUPS en colectivo, el baremo de 10, 20 y 5 puntos, la documentación completa, los diez años de permanencia y la difusión con pegatina en un mesLa misma convocatoria en valenciano, publicada por la BDNSFicha de la convocatoria 934777 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con el presupuesto de 50.000 €, los dos tipos de beneficiario declarados y el texto de plazo («30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria»), sin fechas concretasSede electrónica del Ayuntamiento de Ontinyent, por donde presentan obligatoriamente las personas jurídicas y donde se verifica el CSV de la convocatoria

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