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Ontinyent: ayudas para catálogos, tienda online y publicidad en el extranjero

Hasta el 75 % de lo que gastaste entre octubre de 2025 y septiembre de 2026 en catálogos, tienda online o publicidad en medios extranjeros, con un tope de 3.000 €. Se pide con las facturas ya pagadas, del 24 de septiembre al 8 de octubre de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 926874

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas de cualquier actividad con domicilio social o de la actividad en Ontinyent
Cuánto se cobra
Hasta el 75 % del gasto sin IVA, con un mínimo de 500 € y un máximo de 3.000 € por beneficiario; gasto mínimo de 1.000 €
Procedimiento
Concurrencia competitiva por puntos: el crédito se reparte en proporción a la puntuación entre las solicitudes con al menos 5 puntos
Presupuesto
40.000 €
Organismo
ONTINYENT. Código BDNS 926874.

Qué gastos entran

El Ayuntamiento de Ontinyent paga parte de los gastos externos que hayas tenido para vender más:

  • Diseño y maquetación de catálogos.
  • Impresión de catálogos.
  • Programación de catálogos electrónicos o de tiendas online.
  • Configuración o actualización de la tienda online de tu web.
  • Licencias de software de catálogos electrónicos.
  • Publicidad en medios extranjeros, incluidas las suscripciones a directorios internacionales.
  • Publicidad online en el extranjero, por ejemplo el coste por clic de campañas SEM internacionales (Google Ads, Yandex Direct, Baidu…).

El IVA no entra. Puedes subcontratar hasta el 50 % de la actividad.

Valen los gastos hechos entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Es una ayuda a toro pasado: lo que ya hiciste, se paga ahora. Ojo con la publicidad: solo cuenta la que va a medios extranjeros, no la campaña en el periódico local ni la de Google en España.

Cuánto y cómo se reparte

Hasta el 75 % del gasto sin IVA, con un máximo de 3.000 €. Hace falta un gasto mínimo de 1.000 €, y si la ayuda que te toca sale por debajo de 500 €, no se concede y tus puntos se reparten entre los demás.

Los puntos

CriterioPuntos
No haber cobrado nunca esta ayuda (se restan 2 por cada convocatoria cobrada)15
Empresa que empezó en 2026 o en 2025 (se resta 1 por cada año de antigüedad; cuenta el inicio en Ontinyent)10
Ser autónomo5
Al menos el 50 % del gasto hecho con una empresa con sede en Ontinyent (2 más por cada 10 % adicional)10, hasta 20
Incluir a la vez catálogo y publicidad10
Gasto de más de 1.500 a 3.000 € / de más de 3.000 a 6.000 € / de más de 6.000 €2 / 5 / 10

Por debajo de 5 puntos, fuera. El resto se reparte así: se divide el crédito entre la suma de todos los puntos y a cada uno le toca su puntuación por el valor del punto, con los topes del 75 % y los 3.000 €. Lo que sobre se vuelve a repartir entre quien no llegó al tope.

Dos puntos que se ganan antes de gastar: contratar el diseño o la imprenta con una empresa de Ontinyent (hasta 20 puntos) y combinar catálogo y publicidad (10). Para la próxima convocatoria, planifícalo así.

Es compatible con otras ayudas mientras entre todas no pasen del gasto.

Plazo y documentación

TrámitePlazo
Solicitud con justificaciónDel 24 de septiembre al 8 de octubre de 2026
Subsanación10 días hábiles
Alegaciones a la resolución provisional10 días
ResoluciónAntes del 30 de diciembre de 2026
Difundir la ayudaUn mes desde el edicto de concesión

La solicitud y la justificación van juntas: la concesión y el pago se aprueban en el mismo acto. Presentas:

  • Certificado de IAE de Hacienda con la fecha de inicio de actividad y, si eres autónomo, el alta en el RETA.
  • Memoria de la actividad en modelo normalizado.
  • Pruebas de lo hecho: fotos del catálogo, acceso al catálogo o la tienda online, capturas de la publicidad.
  • Facturas completas por todo el gasto. No valen recibos ni albaranes, y las facturas simplificadas no se admiten por encima de 100 €.
  • Relación de gastos en modelo normalizado.
  • Justificantes de pago de al menos el 50 % del gasto, por transferencia o cargo bancario, pagados dentro del plazo de la ley de morosidad.
  • Relación de otras ayudas para lo mismo y, si presentas en sede, certificado bancario de titularidad de la cuenta.

Las sociedades están obligadas a presentarla por la sede electrónica con certificado digital: ontinyent.sedipualba.es. Y una vez concedida, tienes un mes para publicar en tu web o redes el logo del Ayuntamiento, el importe y lo subvencionado. Si no lo haces, te la pueden reclamar.

Plazo8 de octubre de 2026

Cerrada

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Texto oficial

Extracto de la convocatoria (BOP de València nº 172, de 8 de septiembre de 2026, anuncio 2026/10949)Texto de la convocatoria 2026 en castellano, en la BDNSOrdenanza reguladora de las bases (BOP de València nº 166, de 30 de agosto de 2022)Página de la ayuda en la web del Ayuntamiento de Ontinyent

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