Hasta 60.000 € para limpiar y restaurar un monte privado dañado por incendio, viento, nieve o plaga en la Comunidad de Madrid
Si tu monte sufrió un incendio, un vendaval, una gran nevada o una plaga en los dos últimos años, la Comunidad de Madrid paga hasta el 100 % de la corta y retirada de los árboles dañados, las fajinas contra la erosión, la repoblación y el arreglo de pistas, con un tope de 60.000 € por titular. Lo bueno de esta línea: el gasto cuenta desde la declaración del siniestro, así que lo que ya limpiaste puede entrar. Lo malo: el plazo es de quince días hábiles y cierra el 16 de octubre de 2026.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 930967
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares forestales privados de montes situados en la Comunidad de Madrid: personas físicas o jurídicas, y también comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que sean propietarias del terreno forestal. Puede pedirla quien gestione el monte por cesión o acuerdo con el propietario, si lo acredita y aporta el consentimiento por escrito del dueño. Quedan fuera los montes públicos y los de sociedades con al menos el 50 % de capital público. El daño tiene que estar reconocido oficialmente; en los incendios, con el parte de incendio forestal
- Cuánto se cobra
- Hasta el 100 % del gasto planteado, calculado con los precios máximos por unidad de obra del artículo 23 de la Orden: 1.800 € por el proyecto técnico visado, de 750 a 2.200 €/ha por cortar y retirar arbolado dañado según los pies afectados por hectárea, 70 € por metro de fajina o albarrada, y los precios de la línea selvícola para repoblación, protectores, puntos de agua y pistas. Tope de 60.000 € por beneficiario y ejercicio. El IVA no es subvencionable
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva. Los técnicos de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal puntúan cada solicitud sobre 100 puntos con los criterios del artículo 22.1.a), un Comité Técnico informa y resuelve el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. Hace falta un mínimo de 20 puntos, puntuando al menos en dos criterios. Seis meses para resolver desde la publicación de la convocatoria; sin respuesta, desestimada por silencio
- Presupuesto
- 480.000 € para esta intervención, con cargo a la posición presupuestaria G/456A/79909. Coinciden la BDNS, el extracto del BOCM y el artículo 36.1.a) de la Orden. La línea hermana de tratamientos selvícolas (6881.4) tiene otros 642.000 €, y si una de las dos se queda con remanente, pasa a los expedientes de la otra que se hayan quedado sin crédito. Para hacerse una idea del tamaño: con el tope de 60.000 €, el crédito da para ocho expedientes al máximo
- Organismo
- COMUNIDAD DE MADRID. Código BDNS 930967.
Qué daño cuenta, y el 20 % que se calcula sobre todo el siniestro
El artículo 9.1.a) paga la restauración de masas forestales con graves daños extraordinarios producidos por situaciones extremas en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria. Pone como ejemplos los incendios forestales, las fuertes rachas de viento, las grandes nevadas, las inundaciones no recurrentes, las sequías extremas y las plagas devastadoras.
Tres condiciones que conviene mirar antes de nada:
- Reconocimiento oficial del desastre por la autoridad competente (artículo 10.2). En los incendios, se verifica con el parte de incendio forestal de la Estadística General de Incendios Forestales. La Comunidad lo puede consultar de oficio si no te opones.
- El siniestro tiene que haber destruido al menos el 20 % del potencial forestal, pero calculado sobre toda la superficie afectada por el incendio o el temporal, no solo sobre tu finca. Un gran incendio lo cumple con facilidad; un vendaval que tumbó unos pinos sueltos, probablemente no.
- El monte tiene que ser terreno forestal según la Ley 16/1995 y no estar en suelo urbano o urbanizable, ni ser una parcela de menos de 5 ha en suelo no urbanizable de protección con vivienda.
Los incendios de la Sierra Oeste de julio de 2026 caen de lleno dentro de esos dos años. Si tienes monte en esa zona, esta es la línea para el arbolado quemado. Las ayudas de emergencia a negocios de la misma zona son otra cosa y se piden aparte.
Qué se paga y a qué precio
La ayuda llega hasta el 100 % de lo que presupuestes, pero nunca por encima de los precios unitarios del artículo 23:
| Código | Trabajo | Precio máximo que se subvenciona |
|---|---|---|
| A.1 | Redacción del proyecto técnico de obra, firmado por técnico forestal y visado por el colegio | 1.800 € |
| A.2 | Corta del arbolado dañado, poda de ramas rotas y retirada de ramaje y restos, con eliminación de residuos | 750 €/ha hasta 20 pies afectados por hectárea; 1.050 €/ha de 21 a 100; 1.700 €/ha de 101 a 250; 2.200 €/ha desde 251 |
| A.3 | Fajinas y albarradas contra la erosión, con estacas de la propia madera | 70 € por metro |
| A.4 | Repoblación de la zona afectada | Los precios de la línea selvícola: de 600 a 2.200 €/ha según el tipo |
| A.5 | Protección de plantaciones y del regenerado natural frente al ganado y la fauna | 8 o 9 €/m de cercado, 40 € por jaulón, 0,75 o 1,20 € por tubo |
| A.6 | Construcción o mejora de puntos de agua para la fauna | 22 €/m³ nuevo, 11 €/m³ reparado |
| A.7 | Reparación y mejora de pistas forestales existentes | 900 o 1.700 €/km; 1.250 o 1.450 € por paso de agua |
Si el terreno tiene más del 30 % de pendiente, los precios de A.2, A.4 y A.5 se multiplican por 1,15.
Un «pie afectado» es el árbol descalzado, partido o con graves daños en la copa que hay que talar, o el que necesita podar muchas ramas partidas o de más de veinte centímetros de diámetro. Contarlos bien importa dos veces: fija el precio por hectárea y también la puntuación.
La corta de arbolado dañado no se paga si la madera vale más que el trabajo. El artículo 9 obliga a evaluar si el valor de la biomasa supera el coste; si lo supera, esa actuación no es subvencionable. En pinares quemados con madera aprovechable, haz la cuenta antes de pedirlo.
La ventaja de esta línea: lo que ya limpiaste puede contar
Es justo al revés que la línea de tratamientos selvícolas. El artículo 14 dice que, en la restauración de daños, el plazo de ejecución empieza en la declaración del incendio, desastre o catástrofe. No hay acta de no inicio que esperar: si ya sacaste los pinos quemados después del incendio, ese gasto puede entrar, siempre que lo documentes con facturas pagadas por transferencia o con la valoración de tu propio trabajo.
Por la misma razón, la norma no exige las tres ofertas cuando el gasto ya estaba hecho antes de la solicitud.
Los plazos del final, en cambio, son cortos y no admiten prórroga:
- Poda, corta y retirada de ramaje y arbolado afectado: seis meses desde que te notifiquen la concesión, o hasta el 5 de noviembre de 2027 si eso es antes. Es urgente por el riesgo de plagas e incendios.
- El resto de trabajos: hasta el 5 de noviembre de 2027.
- Justificación y solicitud de pago: hasta el 10 de noviembre de 2027.
La repoblación tiene su propio freno: no se paga hasta que haya pasado un año desde el siniestro, para ver primero cómo se regenera el monte solo. En un incendio de julio de 2026, eso deja la plantación para el verano y el otoño de 2027, antes del 5 de noviembre.
Cómo se puntúa: la Zona de Actuación Urgente vale 20 puntos
Se ordenan las solicitudes sobre 100 puntos (artículo 22.1.a):
| Criterio | Puntos máximos |
|---|---|
| Superficie con fajinas, albarradas o tratamientos selvícolas de restauración: 1 punto por hectárea completa (0 si es menos de 1 ha) | 25 |
| Densidad de pies afectados: 1 punto hasta 10 pies/ha, 5 de 11 a 25, 10 de 26 a 100, 15 de 101 a 250 y 22 desde 251 | 22 |
| Terrenos incluidos en una Zona de Actuación Urgente declarada según el artículo 71 de la Ley 16/1995 | 20 |
| Superficie a repoblar para recuperar masa perdida: 1 punto por hectárea completa (0,5 si es menos de 1 ha) | 15 |
| Actuaciones en Red Natura 2000 o espacio protegido, según el porcentaje del coste que caiga dentro | 10 |
| Monte con nidos o presencia de especies amenazadas del catálogo regional, acreditado por escrito por la unidad de especies protegidas | 8 |
El mínimo son 20 puntos sacando puntos en al menos dos criterios. Si hay empate manda, por este orden, la Zona de Actuación Urgente, la densidad de pies afectados y la superficie restaurada.
Pregunta en la Dirección General si tu zona quemada está declarada Zona de Actuación Urgente. Son 20 puntos de golpe y, con la superficie tratada, el expediente ya pasa del mínimo.
Los papeles que hay que tener en quince días
- Anexo II, memoria-resumen, con las características técnicas y las unidades de obra de cada trabajo.
- Dos planos topográficos, a escala 1:50.000 (situación) y 1:10.000 (actuaciones), y las capas digitales del monte y de las actuaciones.
- Propiedad del monte: escritura o nota simple. Si no eres el dueño, el acuerdo y la conformidad expresa del propietario.
- Si las obras pasan de 20.000 €, proyecto técnico visado. Aquí hay una excepción útil: no hace falta para los tratamientos selvícolas de masas dañadas (A.2). Y al revés que en la otra línea, tener el monte ordenado no te libra del proyecto, porque un plan aprobado antes del siniestro no puede prever su restauración.
- El reconocimiento oficial del desastre, que la Comunidad puede consultar de oficio.
- Tres ofertas si el gasto supera el umbral del contrato menor, salvo que ya estuviera hecho.
- En comunidades de bienes, solicitud firmada por todos, documentación de cada comunero y el pacto de indivisión con las cuotas.
Las personas jurídicas presentan por vía electrónica en sede.comunidad.madrid, con certificado electrónico y alta en Notificaciones Electrónicas. La persona física puede elegir papel.
Si el monte tiene más de 50 hectáreas, es condición de admisibilidad contar con plan de gestión o instrumento equivalente. En la restauración tras una catástrofe, la propia Orden admite que el proyecto de obra incluya los elementos mínimos de planificación para contar como instrumento equivalente: pídeselo a tu técnico.
Cobro, compromisos e incompatibilidades
Se cobra después: justificas, un técnico inspecciona y certifica lo hecho, y entonces pagan. No hay anticipo. La justificación es por cuenta justificativa con facturas completas (base imponible, precio unitario y superficie tratada) y pago por transferencia desde una cuenta tuya. Si el trabajo lo hiciste tú, vale una declaración responsable que valore tu mano de obra y tu maquinaria propia. Si justificas al menos el 50 %, cobras en proporción; por debajo, se pierde todo salvo que lo hecho se considere prioritario.
- Repoblaciones: nada de uso agrícola ni ganadero hasta que la masa se consolide, y al menos el 50 % de la densidad inicial de planta viva los cinco primeros años.
- Pistas y puntos de agua: mantenerlos cinco años desde el pago final.
- Publicidad de la cofinanciación del FEADER, la AGE y la Comunidad.
Incompatible con cualquier otra ayuda para las mismas actuaciones y, en general, con cualquier ayuda con fondos europeos para lo mismo. Sí puedes pedir a la vez la línea de tratamientos selvícolas de la misma Orden, siempre que las dos solicitudes no caigan sobre la misma superficie: si coinciden, se desestiman ambas.
Para qué cliente encaja
Encaja bien con
- El propietario de un pinar o encinar quemado en un incendio de los dos últimos años, con parte de incendio, que tiene que sacar la madera muerta y frenar la erosión.
- Quien ya limpió después del incendio con su gente o con una empresa y tiene las facturas: el gasto cuenta desde la declaración del siniestro.
- La finca con muchos pies afectados por hectárea y bastante superficie, que puntúa alto en los dos criterios que más pesan.
- El monte dentro de una Zona de Actuación Urgente.
No encaja con
- El monte con daños sueltos por un temporal localizado que no llega al 20 % de potencial destruido en toda la zona afectada.
- El pinar quemado cuya madera vale más que su extracción: ese tratamiento no se paga.
- Quien quiera replantar ya un incendio de este verano: la repoblación espera un año.
- El monte público o de una sociedad con mayoría de capital público.
Qué hacer esta semana
Pide el parte de incendio o el reconocimiento del siniestro, encarga al técnico forestal la memoria, los planos y las capas, y reúne las facturas de lo que ya hayas hecho. El plazo termina el viernes 16 de octubre.
Cerrada
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
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Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
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Texto oficial
Extracto de la Orden 2555/2026, de 26 de junio, convocatoria 2026-2027 de las ayudas a inversiones forestales no productivas en restauración de daños forestales (BOCM núm. 228, de 24 de septiembre de 2026, disposición 22): el crédito de 480.000 €, el tope de 60.000 € y el plazo de quince días hábilesExtracto de la línea hermana de actuaciones selvícolas con objetivos ambientales, con 642.000 € (BOCM núm. 228, disposición 23)Ficha de la convocatoria 930967 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, donde cuelgan el texto íntegro de la Orden 2555/2026 (bases, criterios de selección y precios máximos por unidad de obra), el modelo de solicitud y los anexos II (memoria-resumen) y III (solicitud de pago)Un caso parecido
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