Implantación, modernización y transformación digital del comercio, servicios personales y hostelería — Vitoria-Gasteiz
Del 25 % al 40 % de la reforma del local, el equipamiento, la terraza, los rótulos y la digitalización de un comercio u hostelería de Vitoria, hasta 20.000 € por empresa. El porcentaje sube 0,15 puntos por cada punto del baremo. Una solicitud por local y año.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas o jurídicas con actividad mercantil, plantilla inferior a 50 personas y volumen de negocio o balance no superior a 10 millones de euros, con local en el término municipal de Vitoria-Gasteiz excluidos los polígonos industriales
- Cuánto se cobra
- Del 25 % al 40 % de la inversión subvencionable según puntuación, con un máximo de 20.000 € por empresa
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva. Los proyectos se ordenan por puntuación y se otorgan siguiendo ese orden hasta agotar el crédito de cada bloque de epígrafes
- Presupuesto
- 490.000 € en la partida 2026/08.22.4314.489.64, repartidos en 315.000 € para comercio y servicios personales y 175.000 € para hostelería y hospedaje. El remanente de la segunda bolsa puede pasar a la primera
- Organismo
- VITORIA-GASTEIZ. Código BDNS 897080.
Objeto
Es la convocatoria municipal mejor dotada de Álava para el pequeño comercio: 490.000 € para financiar la reforma, el equipamiento y la digitalización de comercios, servicios personales y locales hosteleros de Vitoria-Gasteiz.
Son subvencionables los proyectos de inversión dirigidos a fomentar la implantación, la reforma, la modernización y la transformación digital.
Qué entra
- Obras de reforma del local.
- Terraza de veladores.
- Equipamiento: maquinaria y mobiliario.
- Aparatos de climatización.
- Rótulos, toldos y persianas.
- Cámaras de vigilancia.
- Equipos informáticos, herramientas de gestión y software.
- Página web corporativa y acciones de marketing digital.
La inclusión de la terraza de veladores es específica de esta convocatoria y no aparece en MEC, que sí cubre lo demás.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas con actividad mercantil que cumplan, desde el momento de la solicitud:
- Plantilla inferior a 50 personas.
- Volumen de negocio o balance general anual no superior a 10 millones de euros.
- No estar vinculada ni participada mayoritariamente por empresas que no reúnan los requisitos anteriores.
- Realizar la actividad comercial en un local dentro del término municipal de Vitoria-Gasteiz, incluidas sus entidades menores y excluidos los polígonos industriales.
La exclusión de los polígonos industriales es la que más sorprende: un negocio de servicios personales instalado en un polígono queda fuera.
Dos bolsas por epígrafe del IAE
El presupuesto se reparte en dos bloques y esto condiciona las probabilidades:
| Bloque | Epígrafes del IAE | Dotación |
|---|---|---|
| Comercio y servicios personales | 64, 65, 662.2, 691.1, 691.9, 755.2, 971, 972, 973.1 y 973.3 | 315.000 € |
| Hostelería y hospedaje | 671, 672, 673, 676, 677.9, 681, 682, 683 y 684 | 175.000 € |
El trasvase funciona en un solo sentido: si no se agota la bolsa de hostelería, el remanente pasa a la de comercio. Al revés, no.
Conviene comprobar el epígrafe del cliente antes de nada: determina contra qué bolsa compite.
Cuantía: el porcentaje sube 0,15 por punto
El mecanismo es el más fino de las convocatorias vascas y merece explicarse con precisión:
| Puntuación | Porcentaje de subvención |
|---|---|
| 100 puntos | hasta el 40 % de la inversión subvencionable |
| 0 puntos | hasta el 25 % |
| Intermedias | proporción lineal: cada punto adicional suma 0,15 puntos porcentuales |
Es decir, el suelo es el 25 % —no hay umbral mínimo de puntuación para cobrar— y cada punto del baremo vale 0,15 % de la inversión. En un proyecto de 50.000 €, cada punto vale 75 €.
Máximo por empresa: 20.000 €. Se alcanza con una inversión de 50.000 € al 40 %.
Los proyectos se ordenan por puntuación total y las subvenciones se otorgan siguiendo ese orden hasta agotar el crédito de cada bloque. La nota no solo fija el porcentaje: fija el sitio en la cola.
Una solicitud por local y año
La empresa debe presentar una solicitud por cada local en el que haya realizado acciones de modernización o acondicionamiento, y solo puede pedir una ayuda por local y año.
Para una cadena local con tres establecimientos, son tres expedientes, aunque el tope de 20.000 € es por empresa.
Periodo de gasto y plazos
Son subvencionables las inversiones realizadas desde el 24 de abril de 2025 hasta el día de la publicación de la convocatoria en el BOTHA, ambos incluidos.
Es un año largo de retroactividad: la obra hecha la primavera anterior sigue siendo elegible. Nótese que el periodo termina el día de la publicación: lo que se haga después ya es para la convocatoria siguiente.
- Plazo de solicitud: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el BOTHA. En 2026, del 16 de abril al 8 de mayo.
- Justificación de pagos: hasta dos meses después de la publicación en el BOTHA.
Quince días hábiles es un plazo muy corto para reunir facturas de un año entero. Es la convocatoria vasca que más conviene tener preparada de antemano: en cuanto se publica, no hay margen.
Presentación por la sede electrónica del Ayuntamiento u otros canales de atención.
Cuándo vuelve a convocarse
Convocatoria anual aprobada por la Junta de Gobierno Local en marzo y publicada en el BOTHA n.º 43, de 15 de abril de 2026.
El patrón para 2027 es previsible: aprobación en marzo, publicación a mediados de abril, quince días hábiles de plazo. Y el periodo de gasto arrancará donde termine el de esta edición, así que no hay huecos: toda factura de reforma o digitalización de un comercio de Vitoria acaba encajando en alguna convocatoria.
La BDNS registra esta convocatoria por duplicado —códigos 897080 y 897535, ambos con 490.000 €—, dos asientos del mismo programa.
Cómo se combina
Para un comercio de Vitoria que reforma el local, las dos ventanillas principales son:
| Vitoria-Gasteiz | MEC (Gobierno Vasco) | |
|---|---|---|
| Porcentaje | 25-40 % | 40 %, ampliable al 52 % |
| Máximo | 20.000 € | 10.000 € |
| Procedimiento | Competitiva | Orden de llegada |
| Plazo | 15 días hábiles en abril | Junio a septiembre |
| Terraza de veladores | Sí | No |
La municipal paga el doble de techo; la autonómica es más fácil de conseguir. Los plazos no se solapan, así que se pueden presentar ambas repartiendo conceptos, sin superar el coste de la inversión.
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