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Ayudas municipales a los mercados de distrito del Grao y Mosén Sorell — Ayuntamiento de València

4.000 € por puesto para los titulares de concesión en los mercados del Grao y Mosén Sorell. Cubre suministros, seguro, nóminas, cuota de autónomos y la propia tasa municipal del puesto.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas titulares de las concesiones administrativas de los mercados de distrito del Grao y Mosén Sorell de València
Cuánto se cobra
4.000 € por persona titular de la concesión, con excepción para puestos discontinuos
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con la coherencia entre justificación, objetivos y actividades como criterio
Presupuesto
96.000 €
Organismo
VALENCIA. Código BDNS 917199.

Objeto y beneficiarios

Subvenciona los gastos corrientes derivados de la actividad de venta de los titulares de concesión administrativa en los mercados de distrito del Grao y Mosén Sorell, para promover, consolidar y reforzar comercialmente esos dos mercados.

Es una convocatoria muy acotada: solo pueden solicitarla las personas titulares de las concesiones administrativas de esos dos mercados.

Los puestos de mercado municipal quedan expresamente excluidos de la convocatoria general de inversiones en el comercio local de València, por desarrollar su actividad en un equipamiento público en régimen de concesión. Esta es su vía específica.

Requisitos

  • Una sola solicitud por titular de la concesión. Excepcionalmente, un titular puede recibir la ayuda por dos puestos si ambos son discontinuos y con distinto nombre comercial.
  • Estar de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, general o de autónomos.
  • Permanencia de alta en la actividad durante todo 2026.
  • Cumplir ininterrumpidamente el horario troncal aprobado por el Ayuntamiento y reflejado en la concesión administrativa.

Queda excluido cualquier titular que haya sido sancionado en firme por incumplir alguna obligación de la Ordenanza Municipal reguladora de los mercados de distrito.

Cuantía y gastos

La cuantía es fija: 4.000 € por persona titular de la concesión que lo solicite y reúna los requisitos, con la excepción de los puestos discontinuos.

Gastos subvencionables

  • Suministros: agua y electricidad.
  • Póliza de seguro del puesto.
  • Asesoramiento fiscal y laboral.
  • Nóminas del personal contratado en el puesto.
  • Cuota de autónomos (Seguridad Social).
  • La tasa municipal por ser titular de la concesión del puesto.

Que la propia tasa municipal del puesto sea gasto subvencionable resulta llamativo —el Ayuntamiento subvenciona el pago de su propia tasa— y facilita alcanzar el importe justificado sin necesidad de gasto adicional.

Las facturas y sus justificantes bancarios deben estar comprendidos entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de presentación de la solicitud.

Justificación y tramitación

Al ser el importe inferior a 60.000 €, la justificación se hace por cuenta justificativa simplificada, con tres piezas:

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones, con las actividades realizadas y los resultados.
  • Relación clasificada de gastos, con acreedor, documento, importe y fechas de emisión y pago.
  • Facturas y justificantes bancarios de pago conformes al Real Decreto 1619/2012, a nombre del titular de la concesión.

Dos advertencias literales de la convocatoria: no se admiten pantallazos, movimientos de cuenta ni pagos en metálico; y no se tienen en cuenta ni los gastos que no queden acreditados documentalmente ni las facturas que no figuren relacionadas en el impreso de cuenta justificativa.

Documentación

  • Impresos de autorizaciones de acceso a datos personales, declaración responsable de becas, premios y subvenciones, y memoria y cuenta justificativa.
  • Vida laboral de la persona que ejerce la actividad de venta.
  • Facturas y justificantes bancarios de los puestos que tenga cada titular.
  • Certificado de titularidad bancaria con IBAN completo.

Plazo y vía

  • 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
  • Telemática, en la sede electrónica: Trámites → Materias → Actividad Económica, Empleo y Consumo → Comercio.

Subsanación y resolución

El listado de solicitudes se expone en el tablón de edictos electrónico, con diez días hábiles para subsanar. Quien no lo haga se considera que desiste.

Instruye el Servicio de Comercio y Mercados, dictamina una Comisión Evaluadora presidida por el jefe del Servicio de Comercio, y resuelve el Concejal de Comercio y Mercados por delegación de la Alcaldía.

El criterio de otorgamiento elegido entre los del artículo 18.5 de la Ordenanza General de Subvenciones es la coherencia entre la justificación de la acción, los objetivos trazados y las actividades propuestas.

Plazo23 de julio de 2026

Cierra hoy

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 (PDF, 8 páginas) publicado en la BDNSSede electrónica del Ayuntamiento de València

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