Mejora competitiva empresarial y promoción turística — Santurtzi 2026
El 20 % de la inversión en modernizar un comercio, un bar o un servicio urbano de Santurtzi, hasta 3.000 €; y hasta el 100 % de una actividad turística regular vinculada a la cultura marinera, también hasta 3.000 €. Abierta hasta el 30 de septiembre de 2026, pero hay que presentar con la inversión ya hecha.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas autónomas, sociedades civiles, comunidades de bienes y micro y pequeñas empresas de cualquier forma jurídica. En la línea de mejora competitiva, de alta en el IAE en una actividad comercial, hostelera, turística o de servicios urbanos ejercida en Santurtzi; en la de promoción turística, empresas turísticas de la Ley 13/2016 con sede en Santurtzi o que presten servicios en el municipio
- Cuánto se cobra
- Línea 1: 20 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 3.000 € por solicitante. Línea 2: hasta 3.000 € por solicitante, con un porcentaje que va del 30 % al 100 % según la puntuación técnica obtenida
- Procedimiento
- Convocatoria municipal con dos líneas, transferencia de crédito entre ellas y prorrateo al alza o a la baja del porcentaje en la línea 1
- Presupuesto
- 67.000 €: 55.000 € en la línea de mejora competitiva (partida 00300-43100-4801401) y 12.000 € en la de promoción turística (partida 00300-43210-4800500), ampliables hasta un 20 % adicional
- Organismo
- SANTURTZI. Código BDNS 915648.
Dos líneas muy distintas
| Línea | Objeto | Dotación | Cuantía |
|---|---|---|---|
| 1. Mejora competitiva empresarial | Inversión en modernización, innovación, renovación y mejora | 55.000 € | 20 %, máximo 3.000 € |
| 2. Promoción turística | Productos y servicios turísticos regulares y de calidad | 12.000 € | Del 30 % al 100 % según puntuación, máximo 3.000 € |
El contraste es notable: la línea de inversión paga un 20 %, de los porcentajes más bajos del catálogo municipal vasco; la de promoción turística puede llegar al 100 % si el proyecto supera los 80 puntos.
Si una línea no agota su crédito, el sobrante se transfiere a la otra. Y si el crédito no alcanza para todas las solicitudes, la partida puede incrementarse hasta un 20 % adicional.
El prorrateo en los dos sentidos
La línea 1 tiene un mecanismo poco habitual y que conviene explicar al cliente:
- Si el crédito no alcanza, se reduce el porcentaje proporcionalmente entre todas las solicitudes admitidas.
- Si sobra, se prorratea el excedente incrementando el porcentaje proporcionalmente.
Es decir, el 20 % es una referencia, no un techo: en una convocatoria con pocas solicitudes se cobra más. Merece la pena presentar aunque la inversión sea modesta.
Línea 1 — Qué inversión entra
- Terminales de punto de venta, equipos informáticos, periféricos y programas informáticos.
- Creación, desarrollo e implantación de página web destinada a la actividad empresarial.
- Obras de reforma en el local abierto al público que supongan modernización o ampliación de la actividad, mejora de la eficiencia energética o mejora de la accesibilidad. Incluye la redacción del proyecto técnico y las inspecciones de un Organismo de Control Autorizado (OCA), incluidos los costes de la propia OCA.
- Reforma de escaparates que incida en la estética exterior: persianas, toldos, rótulos e iluminación.
- Mobiliario, maquinaria y equipamiento.
Que se admita la redacción del proyecto técnico y la OCA es una diferencia relevante frente a otras convocatorias vascas —Portugalete, por ejemplo, excluye expresamente los honorarios profesionales—.
Umbrales
| Supuesto | Inversión mínima admitida |
|---|---|
| General | 1.000 € sin IVA |
| Si la solicitud solo incluye TPV, equipos informáticos, periféricos y programas | 500 € sin IVA |
Solo se admiten facturas con los activos claramente identificados y de importe igual o superior a 50 € sin IVA. Los activos deben incorporarse por primera vez al activo de la empresa, estar físicamente en el establecimiento, no cederse a terceros y no haber sido fabricados o comercializados por la propia solicitante.
Qué queda fuera
Compra de locales y derechos de traspaso; elementos de transporte; terminales telefónicos; mercaderías, género de exposición y fungibles; equipamiento en leasing o renting; cualquier concepto en el que la proveedora sea una persona o entidad vinculada; transporte, seguros y tasas por licencias; el IVA y cualquier impuesto; mantenimiento, reparación o sustitución de elementos; material de oficina y utillaje; decoración; formación y asesoramiento; actualizaciones de software y licencias de uso; y gastos publicitarios y de posicionamiento de webs o redes sociales.
Ojo a las dos últimas: se paga crear la web, pero no mantenerla ni posicionarla. Es una distinción que hay que hacer explícita en la factura del proveedor.
Línea 2 — Actividad turística regular
Financia el desarrollo de productos y servicios turísticos regulares y de calidad, acordes con las directrices de promoción turística de Santurtzi —turismo cultural-marinero—, dirigidos especialmente al público individual y debidamente planificados y publicitados.
Qué se entiende por «regular»
La definición es operativa y estricta. La actividad debe:
- Estar programada para periodos de mayor afluencia: temporada estival de junio a septiembre, Semana Santa, puentes, festivos y fines de semana.
- Poder realizarse sin reserva previa, o con reserva de 24 horas como máximo, y sin exigir un grupo mínimo de más de dos personas.
Esa última condición descarta el producto de grupo tradicional: aquí se subvenciona la actividad que un visitante suelto puede consumir el mismo día.
Gastos elegibles
- Personal directamente dedicado a la actividad: solo horas efectivas de ejecución, con un máximo de 100 horas por actividad y 30 €/hora.
- Publicidad y comunicación, que debe promover la promoción turística local. El material debe llevar la marca turística de Santurtzi como entidad colaboradora y las publicaciones deben usar los hashtags #VisitSanturtzi #Santurtzi #CostaVasca y etiquetar a @visitsanturtzi.
- Servicios profesionales y subcontrataciones, con un límite de subcontratación del 90 %.
El 90 % de subcontratación permitida es muy alto y abre la línea a operadores que no ejecutan directamente. Y el requisito de marca y hashtags es una obligación formal fácil de incumplir por descuido: conviene incorporarlo al briefing del diseñador desde el primer momento.
Cómo se puntúa
| Puntuación | % de la subvención solicitada |
|---|---|
| 80-100 | 100 % |
| 60-79 | 80 % |
| 50-59 | 50 % |
| 45-49 | 30 % |
| 0-44 | Sin subvención |
Criterios: impacto general (40 puntos) —posicionamiento de Santurtzi como destino marítimo-pesquero, alineación con el Plan estratégico y de marketing Bilbao Bizkaia, capacidad de atracción de visitantes e impacto económico—; innovación y calidad (20); frecuencia y regularidad (15); uso de TIC para la promoción (15); implicación de varias empresas o agentes (10); y compromiso con la igualdad (5).
Los 45 puntos de corte son bajos, pero el salto de 59 a 60 puntos vale 30 puntos porcentuales. Ahí es donde conviene trabajar la memoria: los 15 puntos de TIC y los 5 de igualdad son los más fáciles de asegurar, y juntos pueden decidir el tramo.
Plazos, incompatibilidad y tramitación
- Periodo subvencionable: del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026.
- Solicitud: desde el día siguiente a la publicación en el BOB —16 de julio de 2026— hasta el 30 de septiembre de 2026.
- Una única solicitud por establecimiento y por línea.
La regla que condiciona la gestión:
Las solicitudes se presentarán una vez la inversión o la actividad haya sido efectivamente realizada.
No es una ayuda que se pida antes de invertir: se pide después, con las facturas pagadas. Eso deja un margen estrecho, porque el periodo subvencionable y el plazo de solicitud terminan el mismo día. Lo prudente es presentar en cuanto se cierre la inversión, sin esperar a septiembre.
Incompatibilidad
Son incompatibles con cualquier otra subvención por el mismo concepto y finalidad de otras administraciones o entidades públicas o privadas, excepto las bonificaciones de la Seguridad Social.
Esto obliga a elegir. Con un 20 % de intensidad en la línea 1, casi siempre saldrá mejor acudir a MEC del Gobierno Vasco —40 % ampliable al 52 %, hasta 10.000 €— para la misma obra o equipamiento. La municipal tiene sentido para los conceptos que MEC deje fuera, o cuando el proyecto no encaje en la autonómica.
Tramitación
Telemática, mediante instancia general en la página de trámites de santurtzi.eus, con medio de identificación electrónica. Las bases están también en el Servicio de Atención Ciudadana y en las oficinas municipales de Turismo y de Comercio. Si la solicitud está incompleta, hay diez días para subsanar.
Cuándo vuelve a convocarse y para qué cliente
Las ayudas se encuadran en las Líneas Estratégicas 11 y 12 del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Santurtzi 2025-2027, así que hay continuidad prevista al menos hasta 2027.
El marco general es la Ordenanza General de Subvenciones publicada en el BOB de 6 de noviembre de 2025, reciente y de vigencia indefinida: lo que se renueva cada año son las bases específicas, publicadas aquí en el BOB n.º 134 de 16 de julio de 2026.
El patrón previsible es publicación en julio y cierre el 30 de septiembre, con periodo subvencionable de octubre a septiembre. Para 2027, tener la inversión hecha y pagada antes de septiembre.
Para qué cliente
Dos perfiles muy distintos:
- Comercio, hostelería y servicios urbanos de Santurtzi que renuevan local o equipamiento. El 20 % es bajo, pero el prorrateo al alza puede mejorarlo y la convocatoria admite conceptos —proyecto técnico, OCA, creación de web— que otras excluyen.
- Empresas turísticas que puedan montar una actividad regular de temática marinera, sin reserva y para público individual. Aquí el porcentaje llega al 100 % y la subcontratación admitida es del 90 %, lo que la convierte en una de las líneas turísticas municipales más accesibles de Bizkaia.
Para el segundo perfil, la comparación es con EMET del Gobierno Vasco, que financia inversión en el establecimiento turístico y no actividad; y con la línea de producto turístico de Vitoria-Gasteiz, que paga el 50 % hasta 10.000 €.
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