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Logroño — Proyectos culturales, línea 1 para autónomos y empresas

Hasta 40.000 € por proyecto cultural en Logroño, y puede cubrir el 100 % del presupuesto si no hay otra financiación. La cuantía se calcula multiplicando los puntos obtenidos por el valor del punto, con un mínimo de 50 puntos para cobrar.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Autónomos inscritos en el RETA y pequeñas y microempresas con residencia fiscal en España, para actividades en el término municipal de Logroño
Cuánto se cobra
Puntos obtenidos por el valor del punto, con topes de 3.000 € a 40.000 € según puntuación. Puede llegar al 100 % del presupuesto si no hay otras fuentes de financiación
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con mínimo de 50 puntos y lista de reserva entre 45 y 50
Presupuesto
98.000 € para la línea 1 de autónomos y empresas; la línea 2 de entidades sin ánimo de lucro cuenta con 45.000 € adicionales
Organismo
LOGROÑO. Código BDNS 892803.

Objeto y dos líneas

Convocatoria del Ayuntamiento de Logroño para el desarrollo de proyectos culturales, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 11 de marzo de 2026. Se articula en dos líneas con beneficiarios distintos:

LíneaBeneficiarioCrédito
Línea 1Autónomos y empresas98.000 €
Línea 2Entidades sin ánimo de lucro45.000 €

Esta ficha se centra en la línea 1, la que cobra un profesional o una empresa.

Finalidades de la línea 1

  1. Generar actividades culturales de carácter innovador que enriquezcan la programación cultural de Logroño.
  2. Promover el acceso a la cultura y la creación y desarrollo de públicos culturales.
  3. Estimular el tejido cultural local para el mantenimiento y desarrollo del sector cultural profesional de la ciudad.
  4. Desarrollar redes de trabajo entre empresas locales y con agentes culturales de otras ciudades y países.

Ámbito y plazo de ejecución

Las actividades deben tener lugar en el término municipal de Logroño y desarrollarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Quién puede solicitarla

Profesionales inscritos en el RETA y pequeñas empresas y microempresas de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados del Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España. Microempresa y pequeña empresa según la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

Exclusiones

  • Administraciones públicas, organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos, y también las entidades sin ánimo de lucro —que van a la línea 2—.
  • Quienes en el último año, contado desde la publicación de la convocatoria, hayan sido adjudicatarios de contratos municipales por más de 75.000 € en total.
  • Quienes tengan fines, sistema de admisión, funcionamiento, trayectoria, organización o estatutos contrarios al principio de igualdad de mujeres y hombres, hayan sido sancionados en firme por vulnerar el derecho a la igualdad o incumplan la Ley Orgánica 3/2007.
  • Quienes incurran en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

El tope de 75.000 € en contratos municipales es el filtro menos evidente: una empresa cultural que trabaje habitualmente para el Ayuntamiento puede quedar fuera sin darse cuenta. Conviene revisarlo antes de preparar nada.

Qué proyectos quedan fuera

Dos exclusiones por razón del contenido, que aprecia la comisión de valoración analizando la naturaleza del proyecto:

  • Proyectos cuya finalidad sea principalmente turística, comercial o de prestación de servicios sociales o educativos, en los que lo cultural resulte complementario o accesorio. El Ayuntamiento tiene otras convocatorias para esos ámbitos.
  • Proyectos cuya única finalidad sea la producción artística: producir un espectáculo de artes escénicas, grabar un disco, crear y editar un libro, crear obra plástica o producir una película.

La segunda exclusión es la que más confunde. Esta línea financia proyectos culturales —programación, mediación, públicos, redes—, no la producción de una obra. Para producir una obra escénica en La Rioja, la vía es la línea autonómica de producción artística de industrias escénicas.

Incompatibilidades

Son incompatibles con cualquier otra ayuda del Ayuntamiento de Logroño —nominativa o en concurrencia, de cualquier área— para el mismo proyecto, sea en su totalidad o en partes diferenciadas.

Son compatibles con ayudas de otras administraciones o entes públicos o privados para la misma finalidad, siempre que la suma no supere el coste total de la actividad.

Cómo se puntúa y cuánto se cobra

Criterios de valoración

CriterioPuntos
Adecuación del proyecto a las finalidades del artículo 2hasta 40
Calidad técnica: definición del concepto, objetivos, actividades, metodología y recursos; singularidad e innovación; claridad de la presentaciónhasta 30
Planteamiento económico: coherencia y sostenibilidad presupuestaria, capacidad económica y organizativa, y aportación de otras entidades o patrocinioshasta 15
Difusión e impacto: estrategia de comunicación y contribución social —igualdad de género, inclusión y accesibilidad, diversidad cultural—hasta 15

Los proyectos que superen los 75 puntos pueden recibir hasta 10 puntos adicionales si a juicio de la comisión presentan características globales de calidad que lo recomienden, sin superar nunca los 100.

Hace falta un mínimo de 50 puntos para cobrar. Los proyectos entre 45 y 50 puntos quedan como reserva, ordenados por puntuación, por si hay renuncias tras la aprobación provisional o definitiva.

Cómo se calcula la cuantía

Para los proyectos con 50 o más puntos, la ayuda es el resultado de multiplicar los puntos obtenidos por el valor del punto. El valor del punto se halla dividiendo el importe de la convocatoria entre la suma total de puntos de todos los proyectos que superen los 50 puntos, siendo 100 el valor mínimo del divisor.

La cuantía puede financiar el 100 % del presupuesto presentado si el solicitante declara no disponer de otras fuentes de financiación. Nunca se otorga más de lo solicitado.

Topes por puntuación — línea 1

PuntuaciónCuantía máxima
90 – 10040.000 €
80 – 8930.000 €
70 – 7920.000 €
60 – 6910.000 €
55 – 597.500 €
50 – 543.000 €

Los saltos entre tramos son muy grandes: pasar de 69 a 70 puntos duplica el techo, de 10.000 € a 20.000 €. Con 98.000 € de crédito, dos proyectos en la franja alta se llevan casi toda la línea.

Sobrante

Si lo adjudicado no agota la dotación, las cuantías se aumentan proporcionalmente: el sobrante se divide entre los puntos de los beneficiarios que no obtuvieron el 100 % de lo solicitado, y ese valor se multiplica por los puntos de cada uno, hasta el límite de lo solicitado y respetando siempre los topes de la tabla.

Plazo10 de abril de 2026

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Texto oficial

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 11 de marzo de 2026 con el texto completo de la convocatoria, publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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