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La Canonja: la mitad del proyecto de actividad o del certificado técnico para abrir en el casco antiguo, hasta 500 €

Si abres un comercio o un negocio en La Canonja, en las zonas urbanísticas R1 (casco antiguo), R2 o R4a, el Ayuntamiento te paga la mitad de lo que te cobra el técnico por el proyecto de actividad (hasta 500 €) o por el certificado técnico de puesta en marcha (hasta 200 €). Cuentan las aperturas del 1 de octubre de 2025 al 31 de diciembre de 2026, y el plazo llega a fin de año.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 887360

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas que soliciten o tengan licencia para iniciar una actividad empresarial o comercial en La Canonja, dentro de las claves urbanísticas R1 (casco antiguo), R2 y R4a
Cuánto se cobra
50 % del coste de redactar el proyecto de actividad, con un máximo de 500 €, o 50 % del coste del certificado técnico de puesta en funcionamiento, con un máximo de 200 €
Procedimiento
Concurrencia no competitiva: se concede a quien cumple los requisitos y justifica el gasto, mientras quede crédito
Presupuesto
6.000 € en la aplicación 01.430.48908 del presupuesto de 2026. La BDNS publica la misma cifra
Organismo
CANONJA, LA. Código BDNS 887360.

Qué paga, exactamente

No paga la obra ni el mobiliario: paga el papel técnico que necesitas para abrir.

DocumentoSubvención
Redacción del proyecto de actividad50 % del coste, hasta 500 €
Certificado técnico de puesta en funcionamiento de la actividad50 % del coste, hasta 200 €

Solo en las zonas urbanísticas R1 (casco antiguo), R2 y R4a. Si no sabes en qué clave está tu local, pregúntalo en urbanismo antes de pedir: fuera de esas zonas no hay ayuda.

La trampa: sin licencia no hay ayuda

  • Quedan fuera las actuaciones hechas sin la licencia municipal o sin los permisos de otras administraciones que hagan falta.
  • También quedan fuera los usos y obras provisionales a la espera de que se desarrolle el planeamiento.
  • La licencia de actividad se tramita aparte: pedir esta ayuda no la agiliza ni la sustituye.
  • La actividad tiene que empezar entre el 1 de octubre de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

Cómo se pide y se cobra

  • Plazo: del 20 de febrero de 2026 (día siguiente a la publicación en el BOPT del 19 de febrero) al 31 de diciembre de 2026.
  • Dónde: en la OMAC (c/ Raval, 11) o por cualquier vía de la Ley 39/2015, con el modelo de la web municipal lacanonja.cat.
  • Qué adjuntar: NIF, representación si procede, un ejemplar del proyecto de actividad o del certificado técnico, la licencia o comunicación que te habilita, certificado de titularidad bancaria y las declaraciones responsables del modelo.
  • Resolución: en dos meses desde que presentas.
  • Justificación: la factura o el justificante de pago del técnico, en dos meses desde que recibes la concesión. Se paga por transferencia una vez comprobado.

Lo que el texto no aclara

  • Si es compatible con otras ayudas. Las bases dicen que sí, siempre que no se supere el gasto; pero el modelo de la convocatoria te hace declarar que no recibes otra subvención para lo mismo. Si tienes otra ayuda que cubra el proyecto técnico, pregúntalo antes.
  • Si se pueden pedir las dos cosas. El texto habla de proyecto «o» certificado; no dice si quien necesita ambos puede cobrar los 700 €.
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