Primera instalación de personas jóvenes agricultoras en Bizkaia 2026 — Gaztenek
Una prima única de entre 10.000 y 70.000 € por instalarse por primera vez al frente de una explotación agraria en Bizkaia antes de cumplir 41 años. Se cobran dos tercios por adelantado y sin aval. Cuenta la inversión hecha en los 24 meses anteriores y hay 10.000 € extra si se toma el relevo de quien se jubila.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas de entre 18 y 40 años que se instalen por primera vez como titulares de una explotación agraria en Bizkaia, no hayan cobrado antes una ayuda de primera instalación y se incorporen al procedimiento Gaztenek 2023-2027 con un plan empresarial aprobado por su Comisión de Valoración
- Cuánto se cobra
- Prima única de un mínimo de 10.000 € y un máximo de 70.000 €: hasta 40.000 € por el volumen de gastos e inversiones del plan de empresa y hasta 30.000 € más por modelos productivos, de comercialización y de explotación, a razón de 3.000 € por modalidad, 5.000 € si quien se incorpora es mujer y 10.000 € por relevo de una persona que cesa por jubilación
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación y, a igualdad, se prioriza el proyecto de mayor inversión
- Presupuesto
- 600.000 € según el Decreto Foral —400.000 € en 2026 y 200.000 € en 2032—, frente a los 858.000 € que declara la BDNS. La diferencia no está explicada en el texto oficial y conviene confirmarla con el Servicio de Desarrollo Rural
- Organismo
- DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA. Código BDNS 879921.
Por qué es de las mejores ayudas a la creación de empresa del catálogo vasco
Una prima de hasta 70.000 € sin porcentaje de cofinanciación: no se calcula como un tanto por ciento del gasto, sino por tramos según el volumen del plan de empresa y las características del proyecto.
Y con dos condiciones de tesorería excepcionales:
- El abono inicial de dos tercios se paga en el momento de la concesión, sin que la persona beneficiaria deba constituir garantía alguna.
- Las inversiones en compra de tierra, de ganado y otros gastos de puesta en marcha se admiten desde los 24 meses anteriores a la solicitud.
Cobrar 46.000 € por adelantado y sin aval para arrancar una explotación no tiene equivalente en ninguna otra convocatoria de esta base para el mismo perfil.
El plan empresarial se ejecuta en un plazo de hasta cinco años desde la resolución, ampliable en cultivos leñosos.
Quién puede pedirla
- Haber cumplido 18 años y no haber cumplido 41 en el año de presentación.
- No haber percibido antes ninguna subvención de primera instalación.
- Incorporarse expresamente al procedimiento Gaztenek 2023-2027, que es el itinerario vasco de acompañamiento y tutorización de la incorporación.
- Presentar un plan empresarial previamente analizado, valorado, calificado y aprobado por la Comisión de Valoración Gaztenek. Sin ese trámite previo el expediente no es admisible.
- Acreditar 200 horas de capacitación profesional, de las cuales 100 en el momento de solicitar. Quedan 36 meses desde la concesión para completar las otras 100.
La ventana de los 36 meses
Se admiten solicitudes de quien haya accedido a la titularidad de la explotación en los 36 meses anteriores a la fecha de solicitud. Es decir, no hace falta pedir la ayuda antes de empezar: quien lleva dos años dado de alta sigue a tiempo.
Y no se considera «ya instalada» a la persona que estuvo de alta como titular de una explotación menor de 0,20 UTAs, ni a quien lo estuvo mientras desarrollaba la actividad en un Espacio Test Agrario. Ese matiz salva a mucha gente que probó a pequeña escala antes de dar el salto.
Formación que ya vale
Se considera acreditada la capacitación con una titulación universitaria de la rama agraria, un ciclo formativo de grado medio o superior, un certificado de profesionalidad de nivel 2 o 3 o un curso intensivo de la rama, siempre con el visto bueno de la Comisión Gaztenek. Los cursos online valen si se comunican previamente.
Incompatibilidades personales
- No estar cursando estudios reglados presenciales que impidan la dedicación efectiva —salvo el último año académico, o estudios agrarios o de gestión aplicables a la explotación—.
- No percibir pensión de invalidez absoluta o total procedente de la actividad agraria, salvo que la invalidez no esté vinculada a la actividad que se solicita.
Cómo se instala uno: las modalidades admitidas
Instalarse significa acceder a la explotación, ejercer su control y desarrollar un plan empresarial para alcanzar la condición de agricultor o agricultora a título principal. Caben dos vías:
1. Titularidad única
Por compra, herencia, pacto sucesorio, donación del pleno dominio o del usufructo, arrendamiento, aparcería o cualquier otro contrato de transmisión. Incluye asumir la responsabilidad civil y fiscal de la gestión.
El contrato debe tener una duración mínima de 10 años y elevarse a escritura pública; si es arrendamiento, puede inscribirse en el Registro Oficial de Arrendamientos Rústicos del Gobierno Vasco.
2. Titularidad no única
- Cotitularidad como ente de titularidad compartida.
- Incorporación como socia o socio de una entidad asociativa —preexistente o de nueva constitución, con o sin personalidad jurídica— titular de una explotación agraria con objeto exclusivamente agrario, en la que al menos el 50 % de las personas socias sean agricultoras a título principal y al menos el 50 % del capital les pertenezca.
El requisito de los 10 años de contrato es el compromiso real que hay que explicar antes de nada: la ayuda va ligada a la permanencia.
Cómo se calcula la prima
Criterio 1: volumen de gastos e inversiones (de 10.000 a 40.000 €)
El gasto baremable va de un mínimo de 10.000 € a un máximo de 200.000 €, y la subvención se calcula así:
| Inversión valorada | Subvención |
|---|---|
| 10.000 € o menos | 10.000 € |
| Entre 10.000 € y 200.000 € | (inversión − 10.000) × 0,157894737 + 10.000 |
| Más de 200.000 € | 40.000 € |
La valoración se ajusta a los módulos del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco, publicados en el portal OSOA. Se toma el menor entre el módulo y la oferta presentada, así que presentar un presupuesto alto no sube la prima.
Cuentan, entre otros: compra de ganado, tierras y derechos de producción; primer material fungible de horticultura; arrendamiento de tierras e instalaciones; adquisición de edificios agrarios; maquinaria de segunda mano de menos de diez años procedente de la explotación a la que se accede; pago de derechos hereditarios a los coherederos; aportación al capital de una cooperativa de comercialización y cuota de ingreso; gastos notariales y registrales; permisos y licencias; costes de los avales y el coste financiero de los préstamos en el primer ejercicio; estudios de viabilidad; y cursos de formación.
Criterio 2: modelos (hasta 30.000 €)
3.000 € por cada modalidad que se cumpla, con dos excepciones al alza:
| Modalidad | Importe |
|---|---|
| Quien se incorpora es mujer | 5.000 € |
| Incorporación a una explotación cuyo titular cesa por jubilación | 10.000 € |
| Cada una de las demás modalidades | 3.000 € |
Modelo productivo: producción ecológica certificada; producción integrada; programas de calidad certificada —DOP Txakoli de Bizkaia, DOP Idiazabal, IGP, Eusko Label, Euskal Baserri—; explotaciones acogidas a compromisos medioambientales del PEPAC; y más de 10 ha de regadío extensivo.
Modelo de comercialización: vender al menos el 50 % de la producción por circuitos cortos —con no más de un intermediario— o a través de una cooperativa o agrupación de productores.
Modelo de explotación: asociacionismo entre al menos dos personas jóvenes; ubicación en zona con limitaciones naturales; proyecto innovador validado por el Servicio de Desarrollo Rural; que quien se incorpora sea mujer; y el relevo de quien cesa.
Las modalidades se suman. Una mujer que se incorpora en relevo generacional, en producción ecológica y vendiendo en circuito corto acumula 5.000 + 10.000 + 3.000 + 3.000 = 21.000 € sobre lo que le corresponda por inversión. Aquí es donde una asesoría añade valor: revisar modalidad por modalidad qué se cumple ya y qué está a un paso de cumplirse.
Los mismos rasgos vuelven a puntuar en la prelación (Base 9): superar el máximo de inversión baremable, 7 puntos; asociacionismo, 5; relevo generacional, 4; mujer, 3; agricultura ecológica, 1.
Plazos, pago y discrepancia de presupuesto
- Solicitud: del 26 de enero al 27 de febrero de 2026. Una sola solicitud por persona joven.
- Dónde: en la sede electrónica ebizkaia.eus o presencialmente en el Registro del Servicio de Desarrollo Rural (Avda. Lehendakari Agirre, 9, 2.ª planta, Bilbao), de lunes a viernes de 8:30 a 13:30.
- Ejecución del plan empresarial: hasta cinco años desde la resolución de concesión.
Pago
Dos tercios en la concesión, sin garantía. El tercio final tras justificar la realización completa, y se ajusta proporcionalmente al gasto efectivamente justificado como baremable.
Ese ajuste final es la advertencia importante: si el plan de empresa se queda corto en la ejecución, hay que devolver parte. Conviene dimensionar el plan sobre lo que se va a hacer de verdad, no sobre lo que maximiza la prima en la Comisión.
Discrepancia de presupuesto
El Decreto Foral consigna 600.000 €: 400.000 € en el ejercicio 2026 y 200.000 € en el 2032 —la anualidad diferida corresponde al pago final de los planes que se cierran a cinco años—. La BDNS registra 858.000 €.
El texto oficial no explica la diferencia. Como el propio decreto prevé que las consignaciones se redistribuyan por Orden Foral y que se apliquen créditos adicionales del artículo 43 del Reglamento de Subvenciones, lo más probable es que la BDNS recoja una cifra ya ampliada; pero no lo damos por hecho. Para una previsión de concurrencia conviene tomar la cifra del decreto y confirmar con el Servicio de Desarrollo Rural.
Cuándo vuelve a convocarse y con qué se combina
Las bases y la convocatoria de 2026 se aprobaron por Decreto Foral 145/2025, de 29 de diciembre, publicado en el BOB n.º 9 de 15 de enero de 2026. Ese es el patrón de la Diputación de Bizkaia en lo agrario: decreto a finales de diciembre, plazo en enero y febrero.
Es una convocatoria anual ligada a la intervención 6961.1 del PEPAC 2023-2027, así que hay continuidad garantizada hasta 2027 como mínimo. Para un cliente que se plantee incorporarse, la ventana es enero y el trabajo previo —Gaztenek, plan de empresa, 100 horas de formación— hay que empezarlo el otoño anterior.
El expediente empieza mucho antes que el plazo
Es la particularidad de gestión de esta ayuda: no se prepara en el mes de plazo. El plan empresarial tiene que estar aprobado por la Comisión de Valoración Gaztenek antes de solicitar. Quien llegue en enero sin haber entrado en Gaztenek llega tarde para esa convocatoria.
En paralelo, la Diputación reguló por Orden Foral 9497/2025, de 23 de diciembre, el proceso de intermediación para el relevo generacional en explotaciones agrarias —publicada en el mismo boletín—. Es el cauce para emparejar a quien cesa con quien entra, y es justamente lo que dispara los 10.000 € de la modalidad de relevo.
Cómo se combina
La instalación abre la puerta al resto del catálogo agrario, que sí es anual y recurrente:
- Regímenes de calidad: hasta 3.500 € al año durante cinco años por la cuota y los controles de la DOP, la IGP o la certificación ecológica. Encaja de forma natural porque esos mismos sellos suman 3.000 € en la prima de instalación.
- Certificación de bienestar animal para las explotaciones ganaderas.
- Lehiatu Promoción cuando la explotación empiece a exportar.
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Texto oficial
Decreto Foral 145/2025, de 29 de diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueban las bases reguladoras de ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras en explotaciones agrarias del Territorio Histórico de Bizkaia y su convocatoria para 2026 — BOB n.º 9, de 15 de enero de 2026Extracto de la convocatoria publicado en el mismo boletínMódulos de valoración de inversiones en el portal OSOA del Gobierno VascoUn caso parecido
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