Jaén · Jóvenes titulados universitarios o de FP superior que montan empresa
Hasta 20.000 € —el 50 % de la inversión en inmovilizado— para menores de 35 años con título universitario o de FP superior que se hayan dado de alta como autónomos desde julio de 2025. Admite proyectos ya iniciados e incluso ya terminados antes de solicitar, que es lo que la hace distinta de casi todas las de emprendimiento.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas menores de 35 años con titulación universitaria o de FP superior, empadronadas en la provincia de Jaén y dadas de alta en el RETA desde el 1 de julio de 2025, y sociedades de capital o cooperativas cuyo capital esté mayoritariamente en manos de personas que cumplan esos requisitos
- Cuánto se cobra
- Hasta el 50 % del coste del proyecto excluido el IVA, con un máximo de 20.000 € por empresa
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva del artículo 22.1 de la Ley 38/2003
- Presupuesto
- 175.000 €
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN. Código BDNS 891105.
El perfil exacto que hay que cumplir
Los requisitos de la persona física son cinco y se comprueban todos:
- Haber iniciado una actividad económica con alta en el RETA —o en el régimen que corresponda— a partir del 1 de julio de 2025 y antes de presentar la solicitud. Además, no haber ejercido actividad económica como autónomo en los tres meses anteriores a esa alta.
- Tener menos de 35 años a fecha de la solicitud.
- Estar en posesión de titulación universitaria o de FP superior, o cumplir los requisitos para obtenerla al cerrarse el plazo de solicitudes.
- Estar empadronado en algún municipio de la provincia de Jaén, con al menos 3 meses de antigüedad antes de la publicación de la convocatoria en el BOP.
- Tener el domicilio de la actividad en la provincia de Jaén.
Para las personas jurídicas —sociedades de capital y cooperativas— la vía es doble: o bien el 75 % del capital está a nombre de personas que cumplan los cinco requisitos anteriores, o bien esas personas son titulares de al menos el 51 % del capital y representan no menos del 65 % de los socios. Además la sociedad debe haberse inscrito en el Registro de Cooperativas Andaluzas o en el Mercantil a partir del 1 de julio de 2025, y tener domicilio social, fiscal y de actividad en la provincia.
Ojo con el requisito 1: el cliente que llevaba años de autónomo, se dio de baja y volvió a darse de alta no entra si el hueco fue de menos de tres meses. Y el empadronamiento tiene que ser anterior a la convocatoria: no se arregla empadronándose al pedirla.
Quedan expresamente excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles y cualquier unidad económica sin personalidad jurídica, así como las personas dadas de alta en el RETA como familiar colaborador de un empresario autónomo.
Qué se subvenciona, y lo que no
Solo inmovilizado material de naturaleza inventariable: la adquisición del inmovilizado necesario para desarrollar la actividad. Deben ser elementos nuevos, directamente relacionados con la actividad y no fabricados por la propia empresa solicitante.
La lista de exclusiones es larga y merece leerla antes de montar el presupuesto:
- Suministros —electricidad, agua, teléfono, gas—.
- Consumibles.
- Elementos decorativos u ornamentales, vinilos.
- Gastos de publicidad.
- Software, creación de páginas web, bases de datos y licencias de uso.
- Gastos de establecimiento, marcas, cabeceras, sellos o denominaciones editoriales, listas de clientes generadas internamente.
Que el software y la web no sean subvencionables descoloca a los proyectos digitales: un titulado que monte una empresa de servicios informáticos solo podrá imputar equipos, no la herramienta que vende. Es una convocatoria pensada para inversión física.
Cuando el gasto supere los umbrales del contrato menor de la Ley de Contratos del Sector Público, hay que aplicar el artículo 31.3 de la LGS —tres ofertas—.
Las inversiones deben mantenerse al menos 36 meses. Si se sustituyen por otras de la misma naturaleza y destino se entiende cumplida la condición, pero para esa nueva adquisición no se podrá cobrar ninguna otra ayuda del Área de Empleo y Empresa de la Diputación.
El plazo de ejecución retroactivo: se puede pedir con la inversión ya hecha
Es la particularidad más aprovechable de esta convocatoria. El periodo de ejecución va desde el 1 de julio de 2025 hasta tres meses después de la publicación en el BOP de la resolución definitiva.
Y la convocatoria lo dice expresamente: pueden subvencionarse proyectos iniciados, e incluso iniciados y finalizados antes de presentar la solicitud, siempre que caigan dentro de ese periodo. La única condición es que los trámites ya hechos no impidan cumplir las obligaciones de beneficiario —básicamente, que no se hayan roto las reglas de publicidad o de las tres ofertas—.
Los gastos son subvencionables desde la fecha de inicio de la actividad y alta como autónomo.
Esto invierte el consejo habitual. En la mayoría de convocatorias hay que frenar al cliente hasta que solicite; aquí, el joven que ya montó el negocio hace un año y compró la maquinaria sigue estando a tiempo. Merece la pena revisar la cartera de altas recientes en el RETA con este criterio.
Cabe además ampliación del plazo de ejecución (artículo 18), siempre que se pida antes de que venza el inicialmente concedido.
Cómo se puntúa: 100 puntos en seis bloques
Es concurrencia competitiva y la memoria del Anexo II es la que decide. Un aviso importante: la memoria se presenta solo para la fase de valoración, así que no presentarla o dejar puntos sin cubrir no es subsanable. Lo que no se acredite el primer día, no se recupera.
| Criterio | Cómo se puntúa | Máx. |
|---|---|---|
| Carácter innovador e internacionalización | 2 puntos por cada certificación, homologación, acreditación, participación en spin-off universitaria o paso acreditado de internacionalización | 20 |
| Viabilidad económico-financiera | Plan de viabilidad: 5 · elaborado por un agente colaborador (CADE): hasta 5 más · 1 punto por cada financiación externa conseguida (máx. 5) · 1 punto por cada subvención concedida (máx. 5) | 20 |
| Potencialidad de creación de empleo | 2 puntos por puesto a tiempo completo o por socio trabajador en cooperativa o sociedad laboral · +1 si lo ocupa una mujer · +4 más si además es puesto de dirección y gestión | 20 |
| Nivel tecnológico e I+D+i | 2 puntos por patente desarrollada o participación acreditada con centros tecnológicos, OTRI, incubadoras, universidad-empresa, venta por internet, apps… | 20 |
| Sinergias en el entorno territorial | 1 punto por cada empresa de la provincia contratada, acreditada con contrato o factura | 10 |
| Localización | Municipio de menos de 5.000 habitantes: 10 · de 5.000 a 10.000: 7 · más de 10.001: 5 | 10 |
Dos apuntes prácticos. El primero: hacer el plan de viabilidad con un CADE —los Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial de Andalucía Emprende, que son gratuitos— vale hasta 10 puntos, un 10 % de la nota, por un trámite que no cuesta dinero. El segundo: cada subvención ya concedida suma punto, así que haber cobrado otras ayudas no penaliza, al revés.
Las ayudas son compatibles con otras subvenciones de cualquier administración o ente privado, siempre que en conjunto no superen el coste total de la actuación. Y si la propuesta provisional concede menos de lo pedido, se abre un trámite de reformulación en diez días hábiles.
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