Saltar al contenido
EuroFunds
Plazo cerradoComercio, turismo y hosteleríaComunidad Valenciana

Bono Consumo de Jacarilla: el comercio cobra los 10 € íntegros de cada bono, y la adhesión cierra el 19 de octubre

Campaña pequeña —66.289 €— pero con el plazo más corto que hemos visto en un bono consumo: tres días hábiles para adherirte. El extracto salió en el BOP de Alicante del 14 de octubre, así que la adhesión del comercio va del 15 al 19 de octubre de 2026 y punto. Y hay una diferencia importante con los bonos de otros municipios: aquí el vecino no paga nada por el bono, así que lo que tú cobras es el valor íntegro, 10 € por bono canjeado. Si no te adhieres esta semana, te quedas fuera de una campaña que dura hasta el 7 de diciembre.

Ficha revisada el 17 de octubre de 2026 · BDNS 935171

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas y jurídicas con la condición de autónomo, microempresa o pyme de Jacarilla, que cumplan dos cosas: tener el domicilio fiscal en el municipio de Jacarilla o, en su defecto, establecimiento físico o venta no sedentaria afecta a la actividad económica en el término municipal; y estar al corriente con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento a la fecha de presentación de la adhesión, además de no estar en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003. Se presenta una solicitud por establecimiento o local afecto a la actividad. Quedan fuera tres cosas: los productos o servicios ligados al juego, las apuestas del Estado y el tabaco; los servicios financieros; y las actividades excluidas en el anexo IV de las bases. Ojo a la letra pequeña de la figura: formalmente los beneficiarios de la subvención son los vecinos empadronados mayores de 18 años, y el comercio entra como entidad colaboradora y endosatario; es por ese endoso por el que cobra
Cuánto se cobra
10,00 € por cada bono canjeado, que es el valor íntegro del bono. El vecino no pone nada: los bonos se descargan gratis y el establecimiento descuenta los 10 € del precio de la compra, de modo que el cliente solo paga la diferencia entre el precio real y el valor del bono. Por eso la compra tiene que ser, como mínimo, del valor del bono o bonos presentados. No hay tope por establecimiento: cobras tantos bonos como te canjeen mientras quede crédito de los 66.289 €. El Ayuntamiento te abona el importe por transferencia bancaria mediante endoso, en el plazo de un mes desde que comprueba la documentación. Cada vecino se lleva un máximo de 5 bonos en la primera ronda, y 2 o 3 en las siguientes
Procedimiento
No es un concurso. No hay baremo, ni comparación entre solicitudes, ni puntuación: presentas el anexo I de adhesión con sus declaraciones responsables y, si cumples los requisitos, el Ayuntamiento te valida y pasas a ser «establecimiento colaborador». La instrucción la lleva la Agencia de Desarrollo Local y resuelve la Alcaldía. La solicitud va acompañada de ocho documentos obligatorios: DNI y declaración responsable del solicitante (incluida en el anexo I), acreditación de la representación legal si la hay, NIF de la empresa, escritura de constitución y estatutos inscritos en el caso de personas jurídicas, ficha de alta y mantenimiento de terceros del anexo III si no consta ya en el Ayuntamiento, certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, certificado de estar al corriente con la AEAT y certificado de estar al corriente con la Seguridad Social. Dos certificados de otra administración en un plazo de tres días hábiles: pídelos antes de nada. Las solicitudes fuera de plazo se inadmiten a trámite sin entrar en el fondo, por resolución expresa
Presupuesto
66.289,00 € de dotación presupuestaria máxima, con cargo a la aplicación 4330.480.00 del Presupuesto General municipal de 2026. El dinero no es de Jacarilla: lo financia íntegramente la ayuda de la Diputación de Alicante para campañas de fomento del consumo 2026, y el Ayuntamiento ha optado por la modalidad con anticipo, con el 31 de diciembre de 2026 como fecha límite para pagar las obligaciones de la campaña. Esta cifra es el crédito de la convocatoria, no lo que cobra nadie: lo que cobra un comercio son 10 € por bono canjeado. Si aparece crédito adicional, el artículo 58 del RD 887/2006 permite ampliarlo sin convocar de nuevo. No hay discrepancia con la BDNS: publica los mismos 66.289 €
Organismo
JACARILLA. Código BDNS 935171.

Qué cobras, y por qué aquí es el bono entero

En la mayoría de las campañas de bono consumo el vecino paga la mitad del bono y el dinero público pone la otra mitad. En Jacarilla no. Los bonos se obtienen gratis registrándose en la plataforma, y el establecimiento descuenta su valor completo del precio de la compra.

La mecánica, con las palabras de la base 5.5: la persona beneficiaria «abonará la diferencia entre el valor real y el valor monetario del bono». O sea:

CompraPaga el clienteCobras tú del Ayuntamiento
10 € con un bono0 €10 €
35 € con un bono25 €10 €
60 € con dos bonos40 €20 €

La compra tiene que ser como mínimo del valor del bono o bonos presentados. Cada bono se usa de una vez, en un solo establecimiento y en una sola compra, aunque se compren varios productos, y no genera cambio ni saldo.

El cobro va por endoso: el Ayuntamiento resuelve el reintegro a los establecimientos y transfiere el importe en el plazo de un mes desde la comprobación de la documentación. Para eso tienes que haber presentado la ficha de mantenimiento de terceros del anexo III.

La trampa: tres días hábiles, y dos certificados de otra administración

Este es el punto que decide si cobras o no. La base 5.1 da tres días hábiles para la adhesión desde el día siguiente al extracto en el BOP. Con el extracto del 14 de octubre, el plazo es del 15 al 19 de octubre de 2026, y «aquellas solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas a trámite, sin entrar en el fondo del asunto».

En esos tres días hay que reunir, entre otras cosas:

  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT.
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
  • Escritura de constitución y estatutos inscritos, si es persona jurídica.

Los tres certificados se sacan en el día por sede electrónica si el cliente tiene certificado digital; si no lo tiene, tres días hábiles no dan. Ese es el requisito que tumba la solicitud, no los requisitos de fondo, que son anchos.

Y hay un detalle de orden que conviene ver: los vecinos empezaron a descargar bonos el 16 de octubre, antes de que cierre el plazo de adhesión del comercio. Los bonos solo se pueden gastar «desde la publicación de los establecimientos asociados en la página web www.jacarilla.es», así que quien se adhiera el último día aparece en la lista más tarde y empieza a vender después que el vecino de al lado.

El calendario de la campaña: seis rondas hasta el 7 de diciembre

La adhesión se cierra el 19 de octubre, pero la campaña dura casi dos meses, y conviene conocer las rondas porque dicen cuándo entra el dinero:

RondaCuándo se obtienen y se consumenMáximo por persona
Primeradel 16 de octubre al 2 de noviembre de 20265 bonos de 10 €
Segundadel 3 al 9 de noviembre3 bonos
Terceradel 10 al 16 de noviembre2 bonos
Cuartadel 17 al 23 de noviembre2 bonos
Quintadel 24 al 30 de noviembre2 bonos
Sextadel 1 al 7 de diciembre2 bonos

Cada ronda reoferta los bonos que no se consumieron en la anterior, hasta agotar existencias. El 7 de diciembre de 2026 los bonos pierden su validez.

Quién puede comprar: persona empadronada en Jacarilla antes del 30 de septiembre de 2026 y que siga empadronada antes de la publicación de las bases, mayor de 18 años a esa misma fecha, y con DNI o NIE en vigor —con pasaporte no se puede participar—. Se reservan 600 bonos para mayores de 60 años durante 7 días hábiles desde el 16 de octubre; pasados esos días, si quedan, se liberan para el resto del vecindario. Los mayores de 60 o con dificultad para la descarga digital pueden registrarse presencialmente en el Ayuntamiento, de 10:00 a 13:00.

Lo que te van a pedir mientras dure la campaña

Las obligaciones del establecimiento adherido son tres en las bases, y la operativa diaria es la cuarta:

  • Exhibir el cartel identificativo de la campaña en un lugar visible; lo proporciona el Ayuntamiento. El listado de adheridos se publica en la sede electrónica y en la plataforma de los Bonos Jacarilla, que es donde el vecino mira dónde gastar.
  • Facilitar la información y documentación que pida el Ayuntamiento para verificar la correcta aplicación de las bases.
  • La política de devolución de los productos comprados con bonos no admite el reintegro en efectivo de la cantidad desembolsada.
  • En cada canje: leer el código QR del bono, que se transmite automáticamente a la plataforma, comprobar el DNI de quien lo presenta —el bono va asociado a un DNI o NIE— e introducir en el sistema el código del bono y una fotografía de la factura o del tique.

No hay que presentar facturas por separado: las bases dicen expresamente que «se opta por no abrir un plazo para que las empresas adheridas presenten las facturas», porque toda la información se sube a la plataforma digital y el Ayuntamiento la descarga de allí. Eso sí, después de la campaña el Ayuntamiento puede pedirte una declaración con los bonos consumidos y la factura de cada uno, para justificar la subvención ante la Diputación.

El fraude —bonos falsificados, tachaduras, enmiendas— se penaliza con la pérdida del derecho a participar en la siguiente campaña del Ayuntamiento, y el incumplimiento de la justificación lleva al reintegro con intereses de demora (artículo 37 de la LGS).

Lo que no está claro

  • Cuántos bonos hay de verdad. La base 8 dice «se pondrá a disposición del vecindario de Jacarilla hasta un máximo de 1.325 bonos» y, en la misma frase, «cada beneficiario dispondrá en primera ronda de 5 bonos (de 10 euros) por habitante empadronado». Las dos cosas no cuadran: 1.325 bonos de 10 € son 13.250 €, una quinta parte del crédito, mientras que 1.325 vecinos con 5 bonos cada uno son 6.625 bonos y 66.250 €, que sí casa con los 66.289 € de la convocatoria. Lo más probable es que 1.325 sea el número de vecinos y no de bonos, pero el texto no lo dice así y de ello depende cuánto puede canjear tu tienda.
  • No hay minimis en el texto, y la BDNS cita un reglamento derogado. El decreto no menciona en ningún punto las ayudas de minimis ni pide declaración responsable por ese concepto. El registro de la BDNS, en cambio, declara «REG (UE) 1407/2013 de minimis, General», que dejó de estar en vigor el 31 de diciembre de 2023 y fue sustituido por el Reglamento (UE) 2023/2831. No sabemos si el Ayuntamiento considera esta ayuda sujeta a minimis; si tu cliente está cerca del límite de los 300.000 € en tres años, conviene preguntarlo en la Agencia de Desarrollo Local antes de justificar.
  • Qué actividades excluye el anexo IV, que no hemos podido leer. La base 3.1 remite al anexo IV para la lista de actividades que no pueden adherirse, además del juego, el tabaco y los servicios financieros. Ese anexo no va en el decreto —lo hemos buscado en sus 31 páginas y en el texto publicado en el BOP, y solo aparece la remisión— sino en el documento de anexos del registro de la BDNS, que es un PDF escaneado sin capa de texto: 16 páginas de imagen de las que no se extrae una palabra. Si la actividad de tu cliente no es comercio, hostelería o servicios de los de siempre, hay que pedir ese anexo en la Agencia de Desarrollo Local antes de dar por hecho que entra.
  • Cuándo se publica la lista de adheridos. Los bonos solo se pueden gastar desde que esa lista está en www.jacarilla.es, y las bases no le ponen fecha. Con la adhesión cerrando el 19 de octubre y la primera ronda ya en marcha desde el 16, el hueco entre una cosa y otra es días de venta que no se recuperan.
Plazo19 de octubre de 2026

Cerrada

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

Te la tramitamos nosotros

Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.

Estudia mi caso

Gratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h

Texto oficial

Decreto de Alcaldía 2026-0559 de 5 de octubre de 2026 del Ayuntamiento de Jacarilla, con las bases reguladoras y la convocatoria de la Campaña Fomento del Consumo – Bono Consumo Jacarilla 2026 (expediente 570/2026, 31 páginas, código de validación 4X5HD9XKF7HZETGNKXFN6ZPSW). De aquí sale todo: los 66.289,00 € y la aplicación 4330.480.00, los bonos de 10 € sin aportación del vecino, los requisitos del establecimiento adherido, los ocho documentos de la solicitud, los tres días hábiles de la base 5.1, el calendario de las seis rondas hasta el 7 de diciembre, la reserva de 600 bonos para mayores de 60 años, el abono por endoso en un mes y el máximo de 1.325 bonos de la base 8Anexos de la convocatoria: anexo I de solicitud de adhesión del establecimiento y declaración responsable, anexo II de declaración responsable del vecino, anexo III de ficha de mantenimiento de terceros y anexo IV con las actividades excluidas. Son 16 páginas escaneadas sin capa de texto, así que el contenido del anexo IV no se puede leer desde el documentoBoletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 195 de 14 de octubre de 2026, inserción 7684/2026, con el texto íntegro de las bases y la convocatoria. Es la publicación de la que arrancan los tres días hábiles del plazo de adhesión. Comprobado en los sumarios de los boletines nº 195, 196 y 197 que Jacarilla solo aparece en el del día 14Ficha de la convocatoria 935171 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publica el crédito de 66.289 €, el beneficiario «pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica» y el reglamento de minimis 1407/2013, que está derogadoSede electrónica del Ayuntamiento de Jacarilla, donde se publican las bases, los anexos descargables y el listado de establecimientos adheridos

Seguir mirando

Comercio, turismo y hostelería en Comunidad Valenciana24Todas las abiertas en Comunidad Valenciana28Comercio, turismo y hostelería en toda España240
LlamarEstudia mi caso