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Plazo cerrado (estimado)Agrario y pescaNavarraConcurrencia competitiva

Inversiones productivas en empresas de acuicultura

El 50 % de la inversión en una piscifactoría navarra, cofinanciado al 70 % por el fondo europeo de pesca. Cubre desde modernizar la instalación hasta limpiar el lodo de los estanques o diversificar los ingresos con actividades complementarias.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas titulares de explotaciones acuícolas válidamente constituidas, con personalidad jurídica y ubicadas en Navarra
Cuánto se cobra
50 % del presupuesto subvencionable, debiendo la empresa aportar el resto con recursos propios o financiación externa libre de ayuda pública
Procedimiento
Concurrencia competitiva por puntuación, con prorrateo entre solicitudes empatadas si falta crédito
Presupuesto
500.000 € con cargo al ejercicio 2027, partida 720004-72200-7700-412111. Del límite de 716.981,13 € de aportación FEMPA quedan disponibles 347.654,82 € tras ejecutar 369.326,31 € en la primera convocatoria
Organismo
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 911312.

Objeto

Financia inversiones productivas en acuicultura que aumenten la competitividad de la producción garantizando que la actividad sea medioambientalmente sostenible, dentro de la prioridad 2 del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) 2021-2027.

Las once acciones subvencionables

  • Inversiones productivas en acuicultura.
  • Diversificación de la producción y de las especies cultivadas.
  • Modernización de centros acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y seguridad.
  • Mejoras de salud y bienestar animal, incluidos equipos para proteger las explotaciones de los animales silvestres.
  • Recuperación de estanques o lagunas mediante eliminación del lodo, o prevención de su depósito.
  • Diversificación de los ingresos mediante actividades complementarias.
  • Reducción del impacto negativo en el medio ambiente.
  • Mejora de la utilización y calidad del agua, reduciendo agua, productos químicos, antibióticos y otros medicamentos.
  • Aumento de la calidad del caudal de salida, incluidos sistemas acuícolas multitróficos.
  • Potenciación de los sistemas de recirculación de circuito cerrado.
  • Cumplimiento de requisitos y estándares para obtener la certificación de producción.

Se puede solicitar ayuda para todos los conceptos o para alguno de ellos.

La sexta acción —diversificar los ingresos con actividades complementarias— es la más aprovechable para una explotación pequeña: abre la puerta a financiar la parte turística, divulgativa o de venta directa de una piscifactoría, no solo la producción.

Quién puede solicitarla

Empresas titulares de explotaciones acuícolas válidamente constituidas, con personalidad jurídica y ubicadas en Navarra.

Quién queda excluido

  • Las personas físicas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las sociedades colectivas. Es la exclusión que más conviene comprobar antes de nada: aquí hace falta personalidad jurídica.
  • Organismos de investigación y centros públicos o privados de I+D+i.
  • Empresas con orden de recuperación pendiente y empresas en crisis.
  • Entidades que incumplan los plazos de pago de la Ley 3/2004, acreditado por declaración responsable.

Condiciones de la Política Pesquera Común

  • No haber cometido infracciones graves conforme al art. 42 del Reglamento (CE) 1005/2008 o al art. 90 del Reglamento (CE) 1224/2009.
  • No haber cometido delitos medioambientales de los arts. 3 y 4 de la Directiva 2008/99/CE.
  • No haber cometido fraude en el contexto del FEMP o del FEMPA.

Prevención de riesgos laborales

Quien esté sujeto a esa normativa debe disponer de plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado por falta grave o muy grave en la materia durante el año inmediatamente anterior a la solicitud.

Cuantía y qué no entra

50 % del presupuesto subvencionable, en forma de subvención de capital. La empresa debe aportar el resto con recursos propios o financiación externa exenta de cualquier ayuda pública, directa o indirecta.

Los proyectos no pueden haberse concluido ni ejecutado íntegramente antes de presentar la solicitud, con independencia de que se hayan hecho todos los pagos. Deben iniciarse con posterioridad al plazo de presentación.

Gastos excluidos

  • IVA e impuestos recuperables; intereses de deuda.
  • Terrenos no edificados, y edificados por encima del 10 % del total de gastos subvencionables.
  • Viviendas, comedores, obras de embellecimiento y equipos de recreo; urbanización no relacionada con la actividad.
  • Gastos de constitución y primer establecimiento; transferencias de la propiedad de la empresa.
  • Materiales y equipos de segunda mano.
  • Elementos de transporte, salvo que estén incondicionalmente vinculados a la operación financiada.
  • Mera reposición, salvo que la nueva adquisición sea distinta por tecnología o rendimiento; obras de mantenimiento y reparación.
  • Actuaciones sometidas a evaluación ambiental que no la hayan superado, o ejecutadas sin la autorización ambiental exigible, o con afecciones negativas apreciables sobre espacios naturales protegidos o Red Natura 2000, o sin autorización de vertido cuando sea exigible.
  • Actuaciones que ya hayan obtenido cofinanciación de otros fondos comunitarios.

Moderación de costes con comité

Tras acreditar la elección de proveedor con tres ofertas —comparables, detalladas y de empresas no vinculadas—, un Comité de Valoración formado por la persona responsable del órgano instructor y dos técnicos emite informe favorable al presupuesto o propone uno alternativo, comprobando precios de mercado. Se considera presupuesto auxiliable el menor entre el presentado y el resultante de esa evaluación.

El plan de inversiones debe estar finalizado antes del 31 de agosto de 2027, y la convocatoria advierte expresamente que no están previstas prórrogas.

Cómo se puntúa

Concurrencia competitiva. Las ayudas se otorgan de mayor a menor puntuación por el importe solicitado hasta agotar el crédito. Se forma además una lista ordenada de las solicitudes válidas no atendidas por falta de crédito. Si varias empatan y no alcanza el dinero, se prorratea entre ese grupo.

Contribución a la estrategia del Programa

Cada subcriterio se valora por separado y hay que alcanzar al menos un punto en cada uno para que la operación sea subvencionable:

  • Adecuación a la estrategia: 0 no prevista · 1 prevista · 2 si figura en la «lista de operaciones de importancia estratégica» del apéndice 3 del Programa FEMPA.
  • Adecuación al DAFO: 0 no aporta · 1 sí aporta · 2 si menciona específicamente una necesidad del DAFO.
  • Adecuación al tipo de actividad: 0 no contemplada · 1 contemplada · 2 mencionada específicamente.

Indicadores de resultado

Los de esta actividad son CR 01 nueva capacidad de producción y CR 02 producción acuícola mantenida. Una operación financiada por el FEMPA no puede puntuar 0 aquí: 0,5 si responde a un indicador, 1 si responde a los dos, y un punto adicional si contribuye a otro indicador del objetivo específico.

Criterios horizontales · hasta 4 puntos

  • Ambientales: resultados cuantificables y persistentes, mitigación del cambio climático con porcentaje de reducción de emisiones, eficiencia en el uso de recursos y economía circular, reducción de residuos y vertidos, y transferencia de conocimiento. 1 punto por un aspecto, 2 por más de uno.
  • Sociales: interés colectivo del proyecto, entre otros. Hasta 2 puntos.

La memoria del proyecto debe estar redactada citando expresamente la estrategia, el DAFO y los indicadores de resultado del Programa FEMPA. La diferencia entre 1 y 2 puntos en tres subcriterios distintos está solo en si el documento los menciona de forma específica o no: es puntuación que se gana escribiendo, no invirtiendo.

Plazo8 de julio de 2026

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Resolución de 5 de junio de 2026, con las bases reguladoras y los anexos I y IIFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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