Inversiones en explotaciones agrarias del sector de los frutos secos
Un millón de euros al año para modernizar almendrares, algarrobales y explotaciones de frutos secos de las islas. La resolución convoca de golpe 2026 y 2027, y usa un sistema de módulos de coste de referencia que simplifica la justificación de buena parte de las actuaciones.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas mayores de 18 años titulares o cotitulares de una explotación agraria inscrita en el registro correspondiente de las Illes Balears, del sector de los frutos secos
- Cuánto se cobra
- Según los módulos de coste de referencia y los criterios de selección de la Orden 10/2023
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva con criterios de selección pendientes de aprobación por el Comité Regional de Seguimiento
- Presupuesto
- 1.000.000 € en la convocatoria de 2026 y otro 1.000.000 € en la de 2027, ambas ampliables
- Organismo
- ILLES BALEARS. Código BDNS 892719.
Dos convocatorias en una resolución
El FOGAIBA convoca en un solo acto las ayudas a inversiones en explotaciones agrarias del sector de los frutos secos para 2026 y para 2027. La BDNS las publica como dos registros —892719 y 892725—, cada uno con 1.000.000 €. No son el mismo dinero repetido: son dos ejercicios distintos.
| Convocatoria | Registro BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| 2026 | 892719 | 1.000.000 € |
| 2027 | 892725 | 1.000.000 € |
La segunda queda sujeta a la condición suspensiva de que exista crédito adecuado y suficiente.
El objeto son las inversiones en modernización y mejora de las explotaciones agrarias, dentro del marco de la Orden 10/2023 de bases, modificada por la Orden 10/2025 de 14 de abril (BOIB núm. 48, de 19 de abril de 2025).
Saber que la convocatoria de 2027 ya está publicada permite planificar con dos campañas de margen: quien no llegue a tiempo con la plantación o la maquinaria en 2026 tiene la ventana siguiente asegurada salvo falta de crédito. Es información que rara vez está disponible con tanta antelación.
Quién puede pedirla
Al terminar el plazo de presentación de la convocatoria correspondiente hay que reunir, entre otros, estos requisitos:
- Edad mínima de 18 años.
- Ser titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el registro correspondiente de las Illes Balears.
Capacitación agraria
Hay que acreditar alguno de estos puntos, o su combinación:
- Titulación académica agraria, al menos formación profesional agraria de segundo grado o ciclo formativo de grado medio o superior.
- Cursos de formación agraria relacionados con la actividad, con la duración que fija la resolución.
Es el mismo esquema de acreditación que emplea el resto de líneas del FOGAIBA, de modo que un cliente que ya lo tenga documentado para la PAC o para la ayuda de jóvenes agricultores no necesita rehacerlo.
Módulos de coste y control de precios
Conforme al artículo 82 del Real Decreto 1047/2022, los gastos deben corresponderse con precios de mercado. Esta convocatoria combina dos mecanismos de control:
- La presentación de tres ofertas de proveedores por parte del beneficiario y, si procede, la designación de un comité de evaluación.
- Un sistema de costes de referencia establecido para determinadas actuaciones subvencionables, para el que el FOGAIBA ha elaborado un informe de módulos que justifica los costes de ejecución.
Los módulos son la buena noticia de esta convocatoria. Donde se aplican, no hace falta reunir tres ofertas ni discutir precios: el coste elegible viene tabulado. Conviene identificar desde el principio qué actuaciones del proyecto están cubiertas por módulo y cuáles no, porque cambia por completo el trabajo de documentación.
Un condicionante que hay que vigilar
La eficacia de la resolución quedó condicionada a la aprobación de los criterios de selección por parte del Comité Regional de Seguimiento de las Illes Balears, que estaba pendiente cuando se publicó.
En la práctica esto significa que los criterios con los que se va a puntuar el expediente pueden no estar disponibles al inicio. Antes de dar por cerrado el proyecto conviene comprobar la publicación de esos criterios, porque de ellos depende la prelación y, por tanto, quién cobra.
Financiación
| Fuente | Porcentaje |
|---|---|
| FEADER | 30,70 % |
| Administración General del Estado | 6,14 % |
| Comunidad Autónoma de las Illes Balears | 63,16 % |
El importe de cada convocatoria puede incrementarse con créditos que se destinen a esta finalidad, como ha ocurrido en otras líneas del FOGAIBA en 2026.
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Texto oficial
Resolución del presidente del FOGAIBA por la que se convocan las subvenciones para 2026 y 2027, en la BDNSFondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA)Un caso parecido
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