Inversiones en explotaciones agrarias (PEPAC)
Hasta el 40 % de naves, maquinaria, equipamiento ganadero, transformación y venta directa en una explotación agraria navarra, y hasta el 50 % si la inversión es ambiental: eficiencia energética, renovables para autoconsumo, riego eficiente, bienestar animal o bioseguridad. Desde 7.500 € de inversión. Plazo hasta el 30 de noviembre.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 928367
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas y jurídicas titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN), técnica y económicamente viable. Quienes se instalan como jóvenes o nuevos agricultores con ayuda de 2024, 2025 o 2026 no necesitan estar inscritos todavía
- Cuánto se cobra
- Base del 20 %, más 15 puntos para jóvenes y nuevos agricultores, 10 para explotaciones prioritarias y 5 en zonas con limitaciones naturales. Tope del 40 % en la línea general y del 50 % en la ambiental. Inversión mínima de 7.500 €, máxima auxiliable de 100.000 € por UTA con un límite de 800.000 €, y ayuda máxima de 300.000 € por beneficiaria en el año
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con un mínimo de 30 puntos para tener derecho a ayuda aunque sobre crédito
- Presupuesto
- 10.250.000 € en dos convocatorias con cargo al ejercicio 2028: 8.500.000 € para la línea general (Resolución 313E/2026) y 1.750.000 € para la de objetivo medioambiental (Resolución 312E/2026). Cada una puede ampliarse hasta en 2.000.000 €
- Organismo
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Código BDNS 928367.
Dos convocatorias, según la inversión
El Departamento de Desarrollo Rural aprobó el 8 de septiembre de 2026 las dos convocatorias anuales de la intervención 6841 del PEPAC. Cada inversión va a la suya: la línea general excluye expresamente lo que es subvencionable en la ambiental.
| Línea general (6841.2) | Objetivo medioambiental (6841.1) | |
|---|---|---|
| Para qué | Competitividad: modernizar, redimensionar o reorientar la explotación | Clima, agua, suelo y aire, energía, bienestar animal y bioseguridad |
| Tope de ayuda | 40 % | 50 % |
| Crédito | 8.500.000 € | 1.750.000 € |
Línea general: qué entra
- Construcción, compra o mejora de inmuebles de uso agrario.
- Maquinaria agrícola nueva y equipamiento ganadero y agrícola.
- Inversiones para comercializar o transformar la producción propia, incluida la venta directa.
- Programas informáticos, patentes, licencias y marcas.
- Automatismos, equipos informáticos o complementos que modernicen máquinas que ya tienes.
- Terrenos para las construcciones, hasta el 10 % de la inversión, y honorarios técnicos hasta el 12 %.
- Riego en parcela en transformaciones de secano a regadío, con condiciones.
Línea ambiental: qué entra
Solo las inversiones del anexo IV de módulos —o claramente relacionadas— que contribuyan a mitigar o adaptarse al cambio climático, a gestionar mejor agua, suelo y aire, a la eficiencia energética y las energías verdes, al bienestar animal o a la bioseguridad. Las renovables tienen que ser para autoconsumo, y en la modernización de riego hay que justificar un ahorro potencial de agua de entre el 10 % y el 50 %.
Cuánto se cobra
Se parte de un 20 % y se suma:
| Condición | Suma |
|---|---|
| Joven o nuevo agricultor: con ayuda a la instalación de 2024, 2025 o 2026; o menor de 41 años a tres años de terminar su instalación; o menor de 41, ATP y con menos de tres años de alta agraria | +15 % |
| Explotación prioritaria, o en proceso de instalación como joven profesional | +10 % |
| Municipio en zona con limitaciones naturales u otras específicas | +5 % |
Con todo, un joven con explotación prioritaria en montaña llega al 40 % en la línea general y al 50 % en la ambiental.
Sin incrementos para la ganadería intensiva. Las construcciones y el equipamiento ganadero para porcino intensivo, avicultura no ecológica ni campera, cunicultura no ecológica, ovino y caprino de leche o cebo de vacuno o equino por encima de la pequeña capacidad, y vacuno de leche por encima de la pequeña o mediana capacidad según la zona, se quedan en el 20 %.
Límites
- Inversión mínima: 7.500 €, después de moderar costes.
- Inversión máxima auxiliable: 100.000 € por UTA tras el plan, con un límite de 800.000 €.
- Ayuda máxima: 300.000 € por beneficiaria sumando todas las convocatorias de inversiones del año, y 800.000 € en todo el programa.
Lo que te deja fuera
- Inversiones ya terminadas al pedir la ayuda: completadas físicamente, funcionando o facturadas del todo antes de la solicitud. Se comprueba con fotos georreferenciadas o visita. Quitar elementos para aparentar que no estaba acabada se trata como condición artificiosa y la inversión entera queda fuera.
- Inversiones iniciadas antes del 1 de enero de 2023.
- Maquinaria y equipos de segunda mano; reposiciones de algo subvencionado en los últimos diez años o con menos de diez años.
- Conservación, mantenimiento y reparación; herramientas de taller.
- Compra de animales, de derechos de producción o de plantas anuales.
- IVA; mano de obra propia; compras entre cónyuges o familiares de primer grado, también a través de sociedades en que participen.
- Leasing, salvo que la máquina sea tuya antes de acabar el plazo de justificación.
- Comercialización y primera transformación del sector del vino.
- Inversiones sin la autorización ambiental que corresponda tres meses después de cerrar el plazo de solicitudes.
La transformación o venta directa no puede superar 1,5 veces la capacidad productiva de la explotación, y para la venta directa hay que estar inscrito en el registro de canales cortos antes del pago.
Cómo se puntúa
Hace falta un mínimo de 30 puntos; con menos no hay ayuda aunque sobre dinero. Solo cuentan los criterios que marques en la solicitud.
| Bloque | Criterios principales | Máximo |
|---|---|---|
| Beneficiaria | Relevo generacional (joven profesional 20, a tiempo parcial 16, nuevo agricultor 12), mujer 15, asesoramiento 15, discapacidad 2 | 52 |
| Explotación | Prioritaria 10 o ATP 5; alta montaña 10, montaña 8, otras zonas 5; asociacionismo hasta 8 | 28 |
| Plan de inversiones | Transformación y canales cortos 10, calidad 8; producción ecológica 10, ecorregímenes 8 o 6 | 20 |
La tabla es la de la línea general. Los puntos de asesoramiento solo valen si la entidad está en el Registro de Entidades de Asesoramiento de Navarra. En caso de empate manda el relevo generacional, luego el género y la catalogación.
En la línea ambiental el mínimo también es de 30 puntos, pero los puntos del plan de inversiones se ponderan por el peso de la inversión con beneficio ambiental sobre el total, y el primer desempate es precisamente esa puntuación por inversiones.
Plazos, pago y compromisos
- Solicitud: desde el día siguiente a la publicación en el BON hasta el 30 de noviembre de 2026, con el programa de captura del catálogo de trámites y firma electrónica. Relación solo electrónica. A 25 de septiembre de 2026 ninguna de las dos resoluciones había salido todavía en el BON.
- Con la solicitud va el plan de inversiones: situación de partida y final, análisis técnico, económico y financiero, y duración.
- Moderación de costes: lo que esté en el anexo IV se paga como máximo al módulo; lo demás necesita tres presupuestos de proveedores independientes y se toma el menor.
- Resolución en seis meses desde el fin del plazo.
- Ejecución hasta el 2 de mayo de 2028, prorrogable hasta el 15 de septiembre de 2028 si se pide antes del 29 de febrero de 2028.
- Un único pago al final: la solicitud de pago se presenta entre el 1 de enero y el 2 de mayo de 2028. La ayuda se puede ceder al proveedor o al banco.
El crédito está consignado en el ejercicio 2028. Quien invierta ahora adelanta todo el dinero y cobra al final: hay que prever la financiación puente, y la cesión del derecho de cobro al banco o al proveedor es la herramienta que la propia convocatoria ofrece.
Después
- Mantener titularidad, propiedad de lo subvencionado y las condiciones que dieron puntos cinco años desde el último pago, tres si eres pyme. Tractores y cosechadoras, siete años, cinco para pymes.
- Placa explicativa si la ayuda pública supera 50.000 €.
- Incompatible con otras ayudas para el mismo objeto.
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Texto oficial
Resolución 313E/2026, de 8 de septiembre, del director general de Desarrollo Rural: convocatoria 2026 y bases de la ayuda a inversiones en explotaciones agrariasFicha de la convocatoria general en la Base de Datos Nacional de SubvencionesResolución 312E/2026, de 8 de septiembre: convocatoria 2026 y bases de la ayuda a inversiones en explotaciones agrarias con objetivo medioambiental, en la BDNSUn caso parecido
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