Internacionalización de la empresa extremeña y mejora de la comercialización exterior
El 75 % de misiones comerciales, marcas en el extranjero, publicidad fuera, web y material digital, y el 50 % de ferias internacionales y consultoría SEO internacional. Hasta 30.000 € por empresa. Sin concurso: se concede por orden de llegada. El plazo acaba el 30 de septiembre de 2026.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 863111
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pymes, personas físicas o jurídicas, asociaciones empresariales y comunidades de bienes con actividad económica en Extremadura, dedicadas a transformación, fabricación, construcción, instalación, producción, comercio al por mayor o servicios (no de intermediación)
- Cuánto se cobra
- 75 % del gasto elegible con carácter general; 50 % en ferias internacionales y en consultoría de internacionalización digital y SEO internacional. Máximo de 30.000 € por beneficiario y convocatoria. Inversión mínima de 1.000 € sin IVA
- Procedimiento
- Concesión directa mediante convocatoria abierta: se concede por orden de presentación de la solicitud completa, hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 900.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 140030000G/341A/77000/FD211A1303/20230036, proyecto de gasto 20230036 «Ayudas de impulso internacionalización y transformación digital». Coincide con la cifra registrada en la BDNS
- Organismo
- EXTREMADURA. Código BDNS 863111.
Qué financia
Es la ayuda «paraguas» de la Junta para vender fuera. Entra un proyecto integral, un plan de acción exterior o una acción suelta, siempre que encaje en alguna de estas once actividades:
| Actividad | Intensidad | Topes de gasto que conviene saber |
|---|---|---|
| Ferias comerciales internacionales, presenciales o virtuales | 50 % | Montaje y desmontaje de stand, 3.000 € por feria. Transporte de muestras, 1.500 €. Material promocional en papel, 1.000 € |
| Misiones comerciales prospectivas o directas | 75 % | Agenda, 1.000 € por misión. Muestras, 1.500 €. Máximo tres misiones directas por país mientras duren las bases |
| Misiones comerciales inversas (traer compradores a Extremadura) | 75 % | Viaje y estancia de una persona por empresa participante |
| Implantación en el exterior | 75 % | Asesoría jurídica y fiscal, constitución de la sociedad en destino, contratos de intermediación, traducciones juradas |
| Registro de patentes y marcas fuera, homologaciones y certificaciones de producto | 75 % | Solo ante EUIPO, EPO, WIPO u oficinas nacionales de países que no estén en ellos |
| Licitaciones internacionales | 75 % | Viajes de hasta dos personas, máximo cinco días por misión |
| Publicidad en el exterior, incluida la digital | 75 % | Campañas en medios digitales internacionales, 5.000 € |
| Presentaciones de producto, desfiles, demostraciones y talleres en destino | 75 % | Muestras, 1.500 €. Material en papel, 1.000 € |
| Consultoría de internacionalización digital y SEO internacional | 50 % | 5.000 € |
| Modificación, ampliación y reforma de la web | 75 % | 2.000 € |
| Material promocional digital para mercados exteriores (catálogos, vídeos) | 75 % | 3.000 € |
La inversión mínima es de 1.000 € sin IVA. Y el techo por empresa es de 30.000 € de ayuda en toda la convocatoria.
Qué no entra
- Licencias de importación, tasas y aranceles, y los gastos de ejecutar la propia exportación.
- El IVA recuperable.
- En ferias: construir el stand, decorarlo, comprar mobiliario o equipos, catering y degustaciones.
- Ir en coche propio o de alquiler: los viajes tienen que ser en transporte público colectivo, y como mucho de dos personas de plantilla. Alojamiento y manutención van por importes fijos por día, según el anexo V de las bases.
- Regalos, merchandising, tarjetas, carpetas o listas de precios.
- Mantener la web, renovar dominio o alojamiento, y cualquier gasto para el mercado nacional.
- Registros de marca solo en España, vigilancia o renovación de marcas, certificados de origen y documentos que acompañan a la mercancía.
Quién puede pedirla
Pymes, sean autónomos o sociedades, con actividad económica en Extremadura. También las asociaciones empresariales y las comunidades de bienes y demás agrupaciones sin personalidad jurídica, que tienen que repartir en la solicitud los compromisos y el importe de cada comunero y nombrar un representante.
La actividad tiene que ser de transformación, fabricación, construcción, instalación, producción, comercio al por mayor o servicios. Los servicios de intermediación quedan fuera, y el comercio minorista no aparece en la lista.
Hay que estar al corriente con Hacienda estatal, autonómica y Seguridad Social, y cuenta el tope de minimis: 300.000 € en tres años sumando todas las ayudas de ese tipo que haya cobrado la empresa.
La trampa: el gasto va después de pedirla
Solo valen los gastos de actividades que empiezan y se ejecutan después de presentar la solicitud. Si la feria ya se ha pagado, llega tarde.
Hay tres excepciones que conviene conocer:
- Los pagos a cuenta a la organización de la feria (inscripción, reserva de espacio) y los billetes de transporte colectivo comprados con antelación no se consideran gasto fuera de plazo.
- La constitución de la sociedad en destino, el registro de marcas y patentes y las homologaciones y certificaciones se admiten aunque se pagaran hasta seis meses antes de abrirse la convocatoria, siempre que la constitución o el certificado se obtengan entre la solicitud y la fecha de ejecución que fije la concesión.
Otras dos cosas que tiran expedientes
- No se puede cambiar de país ni de tipo de gasto una vez concedida: la convocatoria lo castiga con la revocación total. Si en la solicitud pusiste Francia, es Francia.
- Si al final se justifica menos de la mitad de la inversión aprobada, o menos de 1.000 €, se pierde toda la ayuda. Por encima del 50 %, se cobra en proporción.
Con proveedores vinculados solo vale si se contrata a precio de mercado, con tres presupuestos, y se pide autorización antes de contratar. Por encima del umbral del contrato menor hacen falta tres ofertas de proveedores distintos, pedidas antes de comprometer el gasto.
Plazos: el calendario se cierra en 2026
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Solicitud | Desde el 23 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026, o antes si se agota el crédito |
| Resolución | Tres meses desde la solicitud. Si no contestan, se entiende denegada |
| Ejecución | La que fije la concesión, y nunca más allá del 31 de octubre de 2026 |
| Facturas y pago | Un mes desde que recibes la concesión, o desde que acaba la actividad si aún no ha terminado. Como tope, el 15 de noviembre de 2026 |
Todo se paga por banco: transferencia, tarjeta de la empresa, cheque o pagaré ya cargados en cuenta. Nada en efectivo ni por compensación.
La solicitud se presenta por la sede electrónica, en el trámite juntaex.es/w/0611522, con una memoria de las acciones (calendario y país de cada una) y presupuestos o facturas proforma de proveedores externos. Para misiones hace falta la agenda con fechas de cada reunión; para licitaciones, el anuncio de la licitación.
Cómo se concede
Concesión directa mediante convocatoria abierta, por los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011. No hay baremo: se atiende por la fecha de la solicitud o, si estaba incompleta, por la fecha en que se completa. Por eso conviene presentarla entera a la primera.
La Junta lo justifica así: el comercio exterior pide reaccionar rápido a una feria o a un comprador, y un concurso con fecha cerrada no sirve para eso.
Si se agota el crédito y no se amplía, se publica un anuncio en el DOE que da por terminada la convocatoria y se inadmite lo que llegue después. A 28 de septiembre de 2026 no hemos encontrado ese anuncio en el DOE.
Es compatible con otras ayudas, salvo que financien la misma categoría de gasto.
Cerrada
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