Galicia Exporta Organismos Intermedios
Ayuda del IGAPE para que asociaciones empresariales, clústeres, consejos reguladores y centros tecnológicos organicen la promoción exterior conjunta de las pymes gallegas. Cubre el 70 % de los costes directos, hasta 400.000 € por entidad.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Asociaciones empresariales, consejos reguladores, clústeres y centros tecnológicos sin ánimo de lucro
- Cuánto se cobra
- 70 % de los costes directos más un 7 % de indirectos, hasta 400.000 € por entidad
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva, por orden de presentación hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 1.700.000 € cofinanciados al 60 % por la Unión Europea
- Organismo
- GALICIA. Código BDNS 880407.
Objeto
Impulsa proyectos de internacionalización promovidos por organismos intermedios que refuercen la proyección exterior, la visibilidad y el posicionamiento competitivo de las empresas gallegas (art. 1).
Es la versión colectiva de Galicia Exporta Empresas: en lugar de que cada pyme presente su propio proyecto, lo hace la entidad que las agrupa, con acciones conjuntas de mayor escala.
Las acciones se organizan en tres categorías: promoción internacional, marketing y comunicación internacional y competitividad internacional.
Beneficiarios y requisitos
Entidades que pueden solicitarla (arts. 2 y 6)
- Asociaciones empresariales.
- Consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas, indicaciones geográficas protegidas y agricultura ecológica.
- Clústeres empresariales con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro.
- Centros tecnológicos registrados antes del 31 de diciembre de 2022.
Requisitos de las pymes participantes (art. 6.2)
- Cumplir la definición de pyme del Reglamento (UE) 651/2014.
- Tener centro de trabajo en Galicia con al menos una persona empleada. Se exceptúan las startups certificadas por ENISA y las empresas de menos de 42 meses de antigüedad.
- Estar dadas de alta en los programas avanzados del IGAPE con informe positivo, desde el 1 de enero de 2013.
Exclusiones (art. 6.3)
Empresas bajo orden de recuperación de ayudas, con incumplimientos normativos, sin personalidad jurídica, o con morosidad en pagos cuando la subvención supere los 30.000 €.
Qué se subvenciona y qué no
Promoción internacional (art. 8.1)
Participación en ferias y eventos expositivos internacionales, y misiones comerciales directas e inversas. Gastos: alquiler de stand, viajes, alojamiento, intérpretes y asistencia en destino.
Marketing y comunicación internacional (art. 8.1)
Publicidad en medios internacionales, impresos y digitales, y material promocional conjunto —catálogos y audiovisuales—.
Máximo de 50.000 € por organismo y convocatoria en esta categoría.
Competitividad internacional (art. 8.1)
Bases de datos de inteligencia competitiva, asesoramiento jurídico y técnico para homologaciones, marcas y patentes, y gestión de licitaciones internacionales.
Costes indirectos (art. 8.2)
Se reconocen a tipo fijo del 7 % sobre los costes directos subvencionables.
Excluidos
- IVA recuperable.
- Mailings.
- Merchandising.
Cuantía
70 % de los costes directos subvencionables más el 7 % de costes indirectos (art. 9).
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Gasto mínimo subvencionable | 3.500 € sin IVA |
| Máximo en marketing y comunicación | 50.000 € |
| Máximo por beneficiario y convocatoria | 400.000 € |
El tope por entidad es más de dos veces y media el de Galicia Exporta Empresas (150.000 €), lo que hace de este programa la vía más eficiente cuando un grupo de pymes de un mismo sector quiere abordar un mercado en común.
Dos límites que conviene separar
| Concepto | Máximo |
|---|---|
| Total por beneficiario y convocatoria, indirectos incluidos | 400.000 € |
| Acciones de marketing y comunicación, para la totalidad de las solicitudes del organismo intermedio | 50.000 € |
| Gasto mínimo subvencionable del proyecto, IVA excluido | 3.500 € |
El sublímite de 50.000 € en marketing y comunicación es acumulado para todas las solicitudes del organismo, no por acción. Conviene repartirlo antes de presentar: una vez agotado, las demás solicitudes que incluyan ese concepto lo pierden.
Las empresas participantes deben ser pyme según el Reglamento (UE) 651/2014, tener al menos una persona asalariada en Galicia —con excepciones tasadas— y contar con un informe positivo de los programas de internacionalización avanzada del IGAPE.
Incompatibilidades
Incompatibles con cualquier otra ayuda para los mismos gastos subvencionables (art. 4.1).
Topes del régimen de minimis: 300.000 € en los tres años previos con carácter general, 40.000 € en pesca y 50.000 € en agricultura.
Cómo y cuándo solicitar
- Plazo: desde las 9:00 del octavo día hábil posterior a la publicación en el DOG hasta las 14:00 del 30 de septiembre de 2026, salvo agotamiento previo del crédito.
- Vía: obligatoriamente electrónica, con formulario normalizado en spiga-sede.igape.es y firma con certificado digital (art. 10).
- Documentación (art. 11): estatutos e inscripciones registrales, tres ofertas de proveedores salvo casos tasados y, para subvenciones superiores a 30.000 €, acreditación del cumplimiento de los plazos de pago.
- Resolución: plazo máximo de tres meses desde la presentación.
- Concesión por orden de presentación de solicitudes completas, hasta agotar el crédito (art. 3.1).
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