ICEC: actividades y producción anual de teatro, danza y circo
1,26 millones repartidos en tres convocatorias paralelas para la compañía que produce, forma, gira o exhibe: el 50 % de los recursos propios en formación, creación y difusión, y el 30 % en exhibición. Todas cierran el 9 de septiembre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas, personas físicas o jurídicas, que desarrollen su actividad en el teatro, la danza o el circo, con establecimiento operativo en España. Quedan excluidas las entidades sin ánimo de lucro y los ayuntamientos y sus entes dependientes
- Cuánto se cobra
- Hasta el 50 % de los recursos propios aportados al proyecto en formación, creación y difusión, y hasta el 30 % en apoyo a la exhibición de espectáculos
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con comisión de valoración e instrucción del Área de las Artes Escénicas del ICEC
- Presupuesto
- 637.500 € en producción de nuevos montajes teatrales, 312.250 € en actividades de circo y 311.250 € en actividades de danza
- Organismo
- CATALUÑA. Código BDNS 916384.
Tres convocatorias, un mismo calendario
| Convocatoria | Dotación | Código BDNS |
|---|---|---|
| Producción de nuevos montajes teatrales de sala y de calle | 637.500 € | 916384 |
| Actividades de circo de sala, calle y carpa | 312.250 € | 916912 |
| Actividades de danza de sala y de calle | 311.250 € | 916915 |
Las tres abrieron el 15 de julio y cierran el 9 de septiembre de 2026. Son de concurrencia competitiva, a diferencia de la línea plurianual de producción 2026-2029, que es no competitiva pero exige haber cobrado antes la ayuda al desarrollo.
Para una compañía que no entró en el programa plurianual, estas son la vía de acceso anual a la financiación del ICEC. Merece la pena mirarlas juntas: una misma empresa puede tener proyecto de producción y actividad de formación o exhibición, y son convocatorias distintas.
Qué cubre cada modalidad
En las convocatorias de actividades —circo y danza— hay dos modalidades con porcentajes distintos:
a) Formación, creación y difusión — hasta el 50 %
- Formación para profesionales. Hay que acreditar el interés de la actividad formativa por parte del equipamiento receptor.
- Nueva creación, producción y presentación pública de espectáculos. Se pide certificación de la entidad programadora con fecha y lugar del estreno.
- Difusión a través de muestras, festivales y eventos similares.
Cuenta como nueva creación la reposición o revisión de un espectáculo cuya producción original tenga al menos cuatro años y que no se haya representado en el año anterior al reestreno.
b) Apoyo a la exhibición de espectáculos — hasta el 30 %
Exige acreditar la fecha y el lugar de un número mínimo de representaciones. Si en el momento de la solicitud aún no están cerradas, se aporta después.
Si sobra dinero en una modalidad, se traspasa a la otra en función de las solicitudes admitidas. En circo, el reparto de partida es de 187.350 € para la modalidad a) y el resto para la b).
Qué se entiende por recursos propios
Es el concepto que decide el importe, y no coincide con el coste del proyecto. Los recursos propios son el coste total menos:
- Las ayudas y aportaciones dinerarias de administraciones públicas de Cataluña y de entidades adscritas o participadas mayoritariamente por ellas.
- Las ayudas de administraciones públicas de fuera de Cataluña.
Sobre esa cifra se aplica el 50 % o el 30 % según la modalidad. En coproducciones, las bases fijan reglas específicas de reparto.
En la práctica esto significa que cuanta más financiación pública tenga ya el proyecto, menor es la base sobre la que se calcula esta subvención: la ayuda del ICEC premia la aportación privada real de la compañía.
Trámite
Tramitación telemática obligatoria (Orden CLT/4/2013) desde la ventanilla única de subvenciones del Departament de Cultura. Instruye el Área de las Artes Escénicas del ICEC y la dirección del Instituto formula la propuesta provisional a partir del informe de la comisión de valoración. La dotación puede ampliarse hasta el triple según las solicitudes recibidas.
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