Gurb: hasta 2.000 € por llevar fibra óptica o internet por satélite a tu casa o tu negocio
Si tienes una vivienda o un local de actividad económica en Gurb y has pagado la instalación de fibra óptica, la cuota de alta con un operador o una conexión por satélite desde el 1 de enero de 2025, el Ayuntamiento te devuelve el 50 %, hasta 2.000 €. Se pide con la factura pagada, del 1 de agosto al 31 de octubre de 2026, y se reparte por orden de llegada hasta agotar 30.000 €.
Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 927767
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas mayores de edad o emancipadas, empresas y entidades propietarias o titulares de un derecho de uso sobre una vivienda o sobre el inmueble donde desarrollan su actividad económica en Gurb, al corriente de tasas e impuestos municipales, Hacienda y Seguridad Social, que hayan instalado o contratado fibra óptica con un operador autorizado o instalado comunicación por satélite
- Cuánto se cobra
- 50 % del coste de la instalación o de la cuota de alta, sin IVA si lo recuperas y sin tasas municipales, con un máximo de 2.000 € por petición
- Procedimiento
- Aunque la convocatoria se titula de concurrencia competitiva, se adjudica por riguroso orden cronológico de entrada de las solicitudes completas hasta agotar el crédito. Una sola solicitud por persona o empresa, vivienda y año
- Presupuesto
- 30.000 € con cargo a la aplicación 166-47201. La BDNS publica la misma cifra
- Organismo
- GURB. Código BDNS 927767.
Qué se paga
El Ayuntamiento quiere cerrar la brecha de cobertura de un municipio muy disperso. Subvenciona:
- Infraestructura y obra civil, equipos y material de red para llevar la fibra o el satélite hasta el inmueble.
- La cuota de alta pagada al contratar el servicio de fibra con un operador autorizado.
El 50 % del coste, con un tope de 2.000 € por petición. No cuentan las tasas o impuestos municipales, ni el IVA si puedes compensarlo (lo normal si eres autónomo o empresa).
Valen los gastos del 1 de enero de 2025 al 31 de octubre de 2026. Si ya lo instalaste el año pasado, todavía llegas.
Para negocios también
La convocatoria está pensada sobre todo para viviendas, pero las bases incluyen expresamente al titular del inmueble donde se desarrolla la actividad económica: una masía con turismo rural, una granja, un taller o una oficina en diseminado sin cobertura.
La factura y el pago tienen que estar a nombre de quien pide la ayuda. Si la conexión la pagó la sociedad, la pide la sociedad, y entonces está obligada a hacerlo por vía electrónica.
Solo una solicitud por persona o empresa, vivienda y año. Si tienes la casa y el negocio en inmuebles distintos, lee bien la limitación antes de decidir cuál pides.
Cómo se pide
Del 1 de agosto al 31 de octubre de 2026, en el registro del Ayuntamiento o por instancia genérica en la sede electrónica, con el modelo de la web gurb.cat:
- DNI; si es sociedad, escritura o estatutos, poderes y NIF.
- Declaraciones responsables y compromisos (anexo I) y memoria económica del coste (anexo II).
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, o autorización para consultarlos.
- Certificado bancario de titularidad.
- Factura y justificante de pago: transferencia, cargo o recibo bancario, o recibo del proveedor si se pagó en efectivo.
- Título de propiedad o del derecho de uso de la vivienda o la sede de la actividad.
El orden cuenta desde que la solicitud está completa: si te piden subsanar, tu turno es el día que subsanas. Se resuelve en un máximo de tres meses; el pago va de una vez tras comprobar la documentación.
El 31 de octubre de 2026 cae en sábado. No lo apures: entra antes.
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