Ganadería de minimis del FOGAIBA: recría, mejora genética, equino, fiebre Q y razas autóctonas
Cinco convocatorias pequeñas del FOGAIBA que un ganadero balear puede encadenar en el mismo año: 500.000 € para recría de ovino, 140.000 € para recría de vacuno lechero, 150.000 € para el sector equino, 95.000 € para mejora genética y 30.000 € para erradicar la fiebre Q. Todas por minimis y todas sobre unas bases reguladoras de 2005.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Titulares de explotaciones ganaderas inscritas en el REGA de las Illes Balears; en la línea de razas autóctonas, las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas oficialmente
- Cuánto se cobra
- Según la línea y las actuaciones de cada convocatoria, con los créditos indicados y posibilidad de ampliación en todas ellas
- Procedimiento
- Convocatorias independientes con crédito cerrado; si se agota antes de terminar el plazo, se suspende la concesión mediante resolución publicada en el BOIB
- Presupuesto
- 915.000 € sumando las cinco convocatorias, más 138.095,24 € de la de razas autóctonas, ampliables en 200.000 €
- Organismo
- ILLES BALEARS. Código BDNS 904583.
Las cinco convocatorias, de un vistazo
El FOGAIBA publica cada año un bloque de convocatorias de minimis para ganadería, pequeñas y muy específicas, que la BDNS reparte en registros sueltos. Para un ganadero balear son complementarias entre sí: nada impide encadenar varias en el mismo ejercicio, siempre que el conjunto respete el tope de minimis.
| Convocatoria | Código BDNS | Crédito |
|---|---|---|
| Recría y recuperación del potencial productivo de la cabaña de ovino | 904583 | 500.000 € |
| Fomento del sector equino (tres líneas) | 901319 · 901323 · 901325 | 150.000 € |
| Recría del ganado bovino lechero inscrito en libros genealógicos | 902345 | 140.000 € |
| Mejora genética del ganado bovino de aptitud lechera | 923505 | 95.000 € |
| Control y erradicación de la fiebre Q | 898606 | 30.000 € |
| Total | 915.000 € | |
A ellas se suma la de fomento de las razas autóctonas (871709), con 138.095,24 € del Ministerio de Agricultura, ampliables en 200.000 € adicionales.
Todas admiten ampliación de crédito con cargo a los presupuestos del FOGAIBA, y todas prevén que, si el crédito se agota antes de que termine el plazo, se suspenda la concesión de nuevas ayudas por resolución publicada en el BOIB. Es decir: aunque no sean concursos, el dinero se termina.
Qué exige cada una
Recría de ovino — 500.000 €
Es la mejor dotada. Beneficiarios: titulares de una explotación de ovino, entendida como el conjunto de unidades de producción inscritas en el REGA de un mismo beneficiario, destinadas a producción de carne y/o de leche. Queda excluida la clasificación de granja de engorde.
Hay que haber declarado los datos correspondientes en la declaración anual obligatoria de la explotación.
Recría de bovino lechero — 140.000 €
- Ser titular de una explotación de bovino lechero inscrita en el REGA, dedicada a la recría de la raza frisona, con clasificación de producción y reproducción.
- Tener las hembras nacidas inscritas en el registro principal del Libro genealógico de la raza frisona, o haber solicitado su registro antes de que termine el plazo de solicitudes.
Mejora genética del bovino lechero — 95.000 €
Apoya la inseminación artificial. El beneficiario no se acredita a sí mismo: pueden serlo quienes figuren inscritos en el Programa de soporte a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado bovino lechero de 2026, del IRFAP, publicado en el BOIB núm. 97 de 4 de agosto de 2026.
Aquí el orden importa: primero hay que estar en el programa del IRFAP, y solo después se puede pedir la ayuda. El FOGAIBA comprueba de oficio la inscripción definitiva publicada en el BOIB, así que quien no entrara en el programa no tiene forma de subsanarlo en la convocatoria.
Sector equino — 150.000 € en tres líneas
| Línea | Registro BDNS | Dotación |
|---|---|---|
| Explotaciones | 901319 | 75.000 € |
| Entidades gestoras de libro genealógico | 901323 | 50.000 € |
| Control de dopaje | 901325 | 25.000 € |
Para la línea de explotaciones hay que ser titular de una explotación equina inscrita en el REGA y tener los equinos inscritos en alguno de estos libros genealógicos: raza equina trotón español, caballo de pura raza menorquina o caballo mallorquín.
Si no se presentan solicitudes en una de las líneas —o no agotan su dotación—, el crédito se redistribuye entre las demás.
Fiebre Q — 30.000 €
Para el control y erradicación de la fiebre Q o coxielosis en explotaciones de bovino, caprino y ovino. Requisitos:
- Explotación inscrita en el REGA, con la persona peticionaria y la explotación inscritas y con los datos actualizados como máximo en la fecha de publicación de la convocatoria en el BOIB.
- Disponer de un programa higienicosanitario supervisado por el veterinario responsable y aplicarlo en la explotación. Si la explotación está en el ámbito de una agrupación de defensa sanitaria, rigen las reglas propias de esta.
Razas autóctonas — 138.095,24 €
Aquí el beneficiario no es el ganadero: son las organizaciones o asociaciones de ganaderos de las Illes Balears oficialmente reconocidas para la gestión del libro o libros genealógicos de la raza, por la Consejería de Agricultura o por el consell insular correspondiente. Deben cumplir el Reglamento (UE) 2016/1012 y los artículos 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003.
Se convoca por procedimiento anticipado de gasto, la financia el Ministerio de Agricultura conforme al artículo 8 del Real Decreto 1625/2011, y su cuantía puede ampliarse en 200.000 € adicionales por la vía del artículo 58 del Real Decreto 887/2006.
El régimen de minimis: dos reglamentos distintos
Es el punto donde más se equivoca uno al planificar, porque no todas estas ayudas computan en la misma bolsa:
| Convocatoria | Reglamento | Tope en tres años |
|---|---|---|
| Sector equino | Reglamento (UE) 2023/2831, minimis general | 300.000 € |
| Fiebre Q | Reglamento (UE) 1408/2013, minimis en el sector agrícola | 50.000 € por empresa dedicada a la producción primaria |
Un ganadero cuya actividad sea producción primaria se mueve en la bolsa de los 50.000 €, no en la de 300.000. Con seis convocatorias abiertas al año, ese tope se consume antes de lo que parece, y conviene llevar la cuenta acumulada de los tres últimos ejercicios antes de decidir a cuáles presentarse. Priorizar por importe esperado, no por facilidad de trámite.
Unas bases de 2005
Las cinco convocatorias se apoyan en la misma norma: la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero, publicada en el BOIB núm. 43, de 17 de marzo de 2005.
Veintiún años separan las bases de la convocatoria. Como es lógico, esa orden no puede citar los reglamentos de minimis vigentes. Lo que manda es el reglamento que declara cada convocatoria anual —2023/2831 o 1408/2013 según el caso—, no el que pudiera aparecer en las bases. Es la comprobación que hay que hacer siempre antes de calcular el margen disponible del cliente.
Resolución
Instruye el FOGAIBA. La resolución se notifica individualmente a las personas interesadas, y transcurrido el plazo sin notificación expresa la solicitud se entiende desestimada.
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Convocatoria de recría y recuperación del potencial productivo de la cabaña de ovino 2026, en la BDNSBases reguladoras: Orden de la consejera de Agricultura y Pesca de 10 de marzo de 2005 (BOIB núm. 43, de 17 de marzo de 2005)Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA)Un caso parecido
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