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Formación y empleo en el seno de la empresa: líneas Dual Verde, Nuevas oportunidades, Nuevo Crea y Oficios

Contratas con un contrato de formación en alternancia a gente en paro y la Junta te paga 73,18 € por cada día laborable de contrato —84,57 € si la persona tiene más de 50 años—, más 1,5 € por hora de tutoría. La formación la da y la cobra un centro acreditado. Son cuatro líneas nuevas para 2026: zonas despobladas, mayores de 50, colectivos vulnerables y oficios tradicionales. A 5 de octubre de 2026 la convocatoria no había salido todavía en el DOCM, así que el plazo no ha empezado a contar.

Ficha revisada el 5 de octubre de 2026 · BDNS 932812

Lo esencial

Quién puede pedirla
Dos papeles distintos. Entidades promotoras (centros de formación acreditados del artículo 7.1.a de la Orden 130/2024) para la formación, la gestión y el personal de apoyo. Empresas adheridas (artículo 7.1.b) para la tutorización y la contratación del alumnado. No pueden serlo las empresas de trabajo temporal ni los centros especiales de empleo
Cuánto se cobra
Empresa adherida: 73,18 € por persona contratada y día laborable, que suben a 84,57 € en la Línea 3 de mayores de 50 años, más 1,5 € por alumno y hora de tutoría con un máximo de 40 horas al mes. Entidad promotora: formación por módulos por alumno y hora, gestión por el 25 % de la formación y, en la Línea 4, apoyo a la actividad profesional a 137,23 € por persona y día laborable
Procedimiento
Hay dos procedimientos en la misma convocatoria. La formación, la gestión y el apoyo a la actividad profesional van en concurrencia competitiva, comparando solicitudes y ordenándolas por puntuación hasta agotar el crédito. La contratación y la tutorización de las empresas adheridas van por procedimiento simplificado de concurrencia: sin plazo cerrado y sin más orden de prelación que el temporal, resolviéndose conforme se presentan y mientras haya crédito
Presupuesto
11.621.565,65 € para toda la convocatoria, de fondos finalistas del SEPE y del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, imputados a los ejercicios 2026, 2027 y 2028. La BDNS lo parte en cuatro registros según el régimen de ayuda: 3.200.000 € sin ayuda de Estado (932812, este), 7.600.017,45 € de minimis general (932800), 603.561,39 € de minimis agrícola (932805) y 217.986,81 € de minimis de servicios de interés económico general (932802). La suma cuadra exactamente con la cifra del texto oficial
Organismo
CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 932812.

Cómo funciona y qué cobra cada uno

Es un programa mixto de formación y trabajo real. Un centro de formación acreditado monta el proyecto, un grupo de personas desempleadas firma un contrato de formación en alternancia con una o varias empresas de la zona, y la Junta paga a cada parte lo suyo.

QuiénQué haceQué cobra
Entidad promotoraCentro de formación acreditado. Presenta el proyecto, imparte la formación conducente a un certificado profesional y lo gestionaFormación (módulo por alumno y hora, más un 15 % de costes indirectos sobre los costes directos de personal), gestión (25 % de la formación) y, en la Línea 4, personal de apoyo
Empresa adheridaContrata al alumnado, le da trabajo efectivo relacionado con la formación y lo tutelaContratación (73,18 € o 84,57 € por persona y día laborable) y tutorización (1,5 € por alumno y hora)

Antes de empezar, todas las partes firman un convenio (anexo IV) con los compromisos de cada una, incluido el de contratación posterior. Y los compromisos de ejecución tienen que constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión.

Si tienes una empresa y lo que quieres es personal formado con buena parte del salario cubierto, no puedes pedirlo solo: necesitas que un centro promotor meta el proyecto dentro del mes de plazo. El primer paso no es la Junta, es buscar un centro acreditado en tu especialidad.

Las cuatro líneas, y a quién va dirigida cada una

Esta convocatoria no es la Línea 5 Sectorial, que se convocó en enero. Son otras cuatro, definidas en el artículo 13 de la Orden 130/2024:

LíneaA quién va dirigido el proyectoCompromiso de contratación posterior
1. Dual VerdePoblación de zonas escasamente pobladas, en riesgo de despoblación o intermedias agrícolas, según el Decreto 108/202120 % del alumnado
3. Nuevas oportunidadesPersonas mayores de 50 años20 %
4. Nuevo CreaColectivos vulnerables de atención prioritaria: discapacidad del 33 % o más, víctimas de violencia de género o doméstica, víctimas de terrorismo, perceptores de rentas mínimas de inserción y su unidad de convivencia, menores y jóvenes de instituciones de protección, internos y ex reclusos, personas en rehabilitación por adicciones, y procedentes de alojamiento alternativo o de servicios de inserción social20 %
6. OficiosÁreas formativas de oficios y sectores tradicionales40 %

Cualquiera de las cuatro puede recibir proyectos de interés singular, que en esta convocatoria son los de formación relacionada con videojuegos, inteligencia artificial, ciberseguridad y blockchain.

Los proyectos duran como máximo dos años y los certificados profesionales tienen que estar en las áreas y especialidades prioritarias del anexo XIV de la convocatoria. La Línea 4 puede incluir personal de apoyo si se justifica la necesidad en la solicitud.

El compromiso de contratación posterior se firma en el anexo III y es el requisito que más se descuida: en la Línea 6 hay que comprometerse a contratar después al 40 % del alumnado, el doble que en las otras tres.

Cuánto cobra la empresa adherida

ConceptoImporte
Contratación, Línea 3 (mayores de 50)84,57 € por persona y día laborable. Toma como referencia el 100 % del salario mínimo por contrato más todas las cuotas empresariales a la Seguridad Social de ese contrato que no estén bonificadas
Contratación, líneas 1, 4 y 673,18 € por persona y día laborable, con la misma estructura pero sobre el 85 % del salario mínimo
Tutorización1,5 € por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas al mes por alumno

Quién no puede cobrar la parte de contratación

Además de las empresas de trabajo temporal y los centros especiales de empleo, que no pueden ser beneficiarias de nada en esta convocatoria, quedan fuera de la ayuda por contratación las empresas adheridas de estos sectores:

  • Producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura.
  • Producción primaria de productos agrícolas.
  • Transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura o de productos agrícolas, en los supuestos del artículo 2 del Reglamento (UE) 2023/2831.
  • Exportación.

Ojo con el tope de minimis si la empresa es de producción primaria agrícola: ahí el reglamento aplicable es el 1408/2013 y el techo que fija el texto es de 50.000 € en tres ejercicios fiscales, que con varios contratos a 73,18 € al día se agota en una sola campaña. Y «una única empresa» incluye a todas las del mismo grupo: los topes no se multiplican por sociedades.

Plazos, trámites y el orden en que hay que hacerlo

  1. La entidad promotora presenta el proyecto (formación, gestión y, en su caso, apoyo) con el Anexo I más los anexos II y III, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y de su extracto en el DOCM. Telemático con firma electrónica, en la sede de la Junta (jccm.es, código SIACI KM28).
  2. Máximo 2 proyectos por provincia y línea por entidad. Todas las entidades del mismo grupo empresarial cuentan como una sola.
  3. Se evalúan y se ordenan por puntuación, con los criterios del artículo 26 de la Orden 130/2024. Instruye el servicio de Formación de la Delegación Provincial donde se ejecute el proyecto, y la propuesta provisional y la resolución de concesión se publican en el tablón de anuncios electrónico de la Junta, que sustituye a la notificación.
  4. El proyecto tiene que arrancar en los tres meses siguientes a la notificación de la concesión.
  5. La empresa pide la ayuda por contratación y tutorización con el Anexo V más los anexos IV y VIII, desde el inicio del proyecto y hasta dos meses después del alta en la Seguridad Social del último alumno trabajador. Puede presentarla la entidad promotora en su nombre.

Si falta documentación hay 10 días para subsanar, y si no se hace se tiene por desistida la solicitud. Para recibir las notificaciones hay que estar dado de alta en notifica.jccm.es en el momento de la solicitud, no después.

La trampa de hoy es el calendario. La resolución está firmada el 30 de septiembre de 2026 y la BDNS ya sirve el texto completo, pero el plazo cuenta desde la publicación en el DOCM y a 5 de octubre no había salido: comprobados los sumarios de los boletines 188 a 191, ninguno la incluye. O sea que el mes de plazo no ha empezado y la fecha de cierre todavía no existe. Quien quiera presentarse tiene que vigilar el DOCM día a día, porque a partir de ese día solo hay un mes y, en la parte competitiva, un proyecto que llega tarde compite peor.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Todavía no hay fecha: la fija el boletín al publicar la convocatoria.

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Texto oficial

Resolución de 30/09/2026 de la Dirección General de Formación Profesional en el Ámbito Laboral, texto firmado de la convocatoria con sus anexos (PDF de la BDNS)Orden 130/2024, de 1 de agosto, bases reguladoras de los proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa (DOCM núm. 154, de 9 de agosto de 2024)Ficha de la convocatoria 932812 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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