Acciones de fomento del sector forestal privado
Módulos por hectárea, unidad o kilómetro para chopera, clareos, resalveos, podas, desbroces, protectores de regeneración, pistas forestales y puntos de agua. De los 270.500 €, más de la mitad va a entidades privadas.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Ayuntamientos, mancomunidades, empresas privadas y familias e instituciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos
- Cuánto se cobra
- Módulos cerrados: hasta 2.590 €/ha en plantación de chopera, 890 €/ha en resalveos, 2.625 €/ha en desbroce manual y 3.500 €/km en pista forestal
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva
- Presupuesto
- 270.500 € con cargo a 2026: 152.500 € a entidades privadas, 117.000 € a ayuntamientos, 500 € a mancomunidades y 500 € a familias y entidades sin ánimo de lucro
- Organismo
- LA RIOJA. Código BDNS 890417.
Objeto
Ayudas de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente para acciones de fomento del sector forestal privado en La Rioja, al amparo de la Orden STE/84/2022, de 15 de diciembre.
Pueden ser beneficiarios ayuntamientos, mancomunidades, empresas privadas y familias e instituciones sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos. Para el propietario forestal que explota su monte como actividad económica, es la línea de referencia.
A diferencia de la mayoría de convocatorias riojanas, aquí la persona física puede presentar en papel: en registro de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, de la Consejería, en el Registro General de la comunidad o en los lugares del artículo 6 del Decreto 58/2004. Las personas jurídicas están obligadas a la vía electrónica.
Los módulos: qué se paga por cada actuación
No hay porcentaje sobre factura. La ayuda se calcula por módulos cerrados según la actuación.
Línea 1 — Choperas
| Actuación | Característica | €/ha |
|---|---|---|
| Plantación de primer turno | Superficial | 1.400 |
| Raíz profunda | 2.100 | |
| Plantación de segundo o sucesivos turnos | Superficial | 1.890 |
| Raíz profunda | 2.590 | |
| Pago del 7.º año | — | 1.400 |
Las plantaciones que cumplan el séptimo año en 2026 cobran 740 €/ha, por entenderse que el resto se percibió con la orden reguladora anterior.
Protección frente a fauna silvestre
- Ungulados: 1 €/unidad. Protector de plástico que envuelva el plantón hasta 1,2 m de altura. Solo choperas plantadas el mismo año de la convocatoria.
- Castor: 5 €/unidad. Protector de malla electrosoldada de 13×13 mm de luz y 0,9 mm de alambre, hasta 1 m de altura, con al menos dos varillas corrugadas hincadas 20 cm. Solo las dos primeras filas de cada parcela colindante con cauce.
Línea 2 — Tratamientos selvícolas
| Actuación | Densidad | €/ha |
|---|---|---|
| Clareos | < 1.000 pies/ha | 700 |
| > 1.000 pies/ha | 840 | |
| Resalveos | < 1.250 pies/ha | 750 |
| > 1.250 pies/ha | 890 | |
| Podas | < 1.000 pies/ha | 250 |
| > 1.000 pies/ha | 300 | |
| Eliminación mecanizada de restos | según informe técnico | 420 |
| Desbroce mecanizado | Baja | 300 |
| Media | 375 | |
| Alta | 475 | |
| Desbroce manual | Baja | 1.750 |
| Media | 2.100 | |
| Alta | 2.625 |
Los clareos exigen densidad mínima de 750 pies/ha, los resalveos 1.000 pies/ha y las podas 750 pies/ha. En clareos y resalveos se apea, desrama, trocea y desemboscan los pies, y se poda la masa remanente hasta 1,75 m. La eliminación mecanizada de restos solo se puede pedir si se hacen clareos o resalveos.
Línea 3 — Regeneración natural
Protectores tipo cactus: 46 €/unidad. Jaula espinosa de hierro acerado galvanizado de 2,4 mm, 1.600 × 1.000 mm y 1.000 mm de altura, con espinas equidistantes a 5 cm.
Solo en terrenos de libre disposición con fracción de cabida cubierta inferior al 20 % que presenten regenerado natural de encina, quejigo o rebollo de altura total igual o inferior a 1,5 m. Distancia mínima de 10 m entre protectores y máximo 30 unidades por hectárea. Las unidades colocadas se remiten en formato GPX.
Línea 4 — Vías forestales
| Terreno | Tierra | Tránsito | Roca |
|---|---|---|---|
| Llano | 700 €/km | 1.050 €/km | 1.400 €/km |
| Ondulado | 1.750 €/km | 2.100 €/km | 2.450 €/km |
| Accidentado | 2.800 €/km | 3.150 €/km | 3.500 €/km |
Se trata de vías de saca o de penetración a zonas de alto riesgo de incendio, con ancho máximo de excavación de 5 metros y cuneta. La mejora de vías existentes se paga a 450 €/km y solo puede concederse cada 10 años como máximo.
Línea 5 — Puntos de agua
- Sin depósito de hormigón: 600 €/unidad.
- Con depósito de hormigón: 2.000 €/unidad.
Reparto del crédito y las tres ofertas
| Destinatario | Crédito |
|---|---|
| Entidades privadas | 152.500 € |
| Ayuntamientos | 117.000 € |
| Mancomunidades | 500 € |
| Familias y entidades sin ánimo de lucro | 500 € |
| Total | 270.500 € |
Al contrario que la línea de combustibles leñosos, aquí la mayor parte del crédito va a entidades privadas. Las partidas de mancomunidades y de familias son testimoniales —500 € cada una—, lo que en la práctica cierra la puerta a la persona física, aunque la orden la admita como beneficiaria.
Tres ofertas cuando se supera el contrato menor
Cuando el gasto subvencionable iguale o supere los 40.000 € en obras o los 15.000 € en suministros o servicios, el interesado debe solicitar al menos tres ofertas de proveedores distintos, en las condiciones que fija la orden de bases. Las adjudicaciones deben respetar la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público en cuanto a los importes máximos de cada modalidad.
Plazos y tramitación
Plazo de solicitud
Un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Plazo de ejecución
Las actuaciones deben realizarse y acreditarse antes del 31 de octubre de 2026. La convocatoria es explícita: no se concederán prórrogas.
Ese plazo cerrado es lo más exigente de la convocatoria. Entre la resolución —que puede tardar hasta seis meses— y el 31 de octubre puede quedar muy poco margen, así que conviene tener contratada la ejecución antes de que llegue la concesión.
Tramitación
- Personas físicas: pueden presentar en registro presencial o por la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja, área temática de medio ambiente.
- Personas jurídicas: obligadas a la vía electrónica. Quien no tenga Dirección Electrónica Habilitada debe darse de alta o pedir al órgano gestor que tramite el alta.
El registro telemático emite un mensaje de confirmación: si no llega, o aparece un error, la recepción no ha tenido lugar y hay que repetir el envío.
Resolución
Instruye la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, a través del Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca; resuelve la Consejera. La resolución de concesión y los requerimientos de subsanación se publican en el BOR, no se notifican individualmente. Plazo máximo para resolver: seis meses desde la publicación del extracto.
La resolución de pago y los actos posteriores a la solicitud de pago sí se notifican individualmente.
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