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Acciones de fomento del sector forestal privado

Módulos por hectárea, unidad o kilómetro para chopera, clareos, resalveos, podas, desbroces, protectores de regeneración, pistas forestales y puntos de agua. De los 270.500 €, más de la mitad va a entidades privadas.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Ayuntamientos, mancomunidades, empresas privadas y familias e instituciones sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos
Cuánto se cobra
Módulos cerrados: hasta 2.590 €/ha en plantación de chopera, 890 €/ha en resalveos, 2.625 €/ha en desbroce manual y 3.500 €/km en pista forestal
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
270.500 € con cargo a 2026: 152.500 € a entidades privadas, 117.000 € a ayuntamientos, 500 € a mancomunidades y 500 € a familias y entidades sin ánimo de lucro
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 890417.

Objeto

Ayudas de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente para acciones de fomento del sector forestal privado en La Rioja, al amparo de la Orden STE/84/2022, de 15 de diciembre.

Pueden ser beneficiarios ayuntamientos, mancomunidades, empresas privadas y familias e instituciones sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos. Para el propietario forestal que explota su monte como actividad económica, es la línea de referencia.

A diferencia de la mayoría de convocatorias riojanas, aquí la persona física puede presentar en papel: en registro de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, de la Consejería, en el Registro General de la comunidad o en los lugares del artículo 6 del Decreto 58/2004. Las personas jurídicas están obligadas a la vía electrónica.

Los módulos: qué se paga por cada actuación

No hay porcentaje sobre factura. La ayuda se calcula por módulos cerrados según la actuación.

Línea 1 — Choperas

ActuaciónCaracterística€/ha
Plantación de primer turnoSuperficial1.400
Raíz profunda2.100
Plantación de segundo o sucesivos turnosSuperficial1.890
Raíz profunda2.590
Pago del 7.º año1.400

Las plantaciones que cumplan el séptimo año en 2026 cobran 740 €/ha, por entenderse que el resto se percibió con la orden reguladora anterior.

Protección frente a fauna silvestre

  • Ungulados: 1 €/unidad. Protector de plástico que envuelva el plantón hasta 1,2 m de altura. Solo choperas plantadas el mismo año de la convocatoria.
  • Castor: 5 €/unidad. Protector de malla electrosoldada de 13×13 mm de luz y 0,9 mm de alambre, hasta 1 m de altura, con al menos dos varillas corrugadas hincadas 20 cm. Solo las dos primeras filas de cada parcela colindante con cauce.

Línea 2 — Tratamientos selvícolas

ActuaciónDensidad€/ha
Clareos< 1.000 pies/ha700
> 1.000 pies/ha840
Resalveos< 1.250 pies/ha750
> 1.250 pies/ha890
Podas< 1.000 pies/ha250
> 1.000 pies/ha300
Eliminación mecanizada de restossegún informe técnico420
Desbroce mecanizadoBaja300
Media375
Alta475
Desbroce manualBaja1.750
Media2.100
Alta2.625

Los clareos exigen densidad mínima de 750 pies/ha, los resalveos 1.000 pies/ha y las podas 750 pies/ha. En clareos y resalveos se apea, desrama, trocea y desemboscan los pies, y se poda la masa remanente hasta 1,75 m. La eliminación mecanizada de restos solo se puede pedir si se hacen clareos o resalveos.

Línea 3 — Regeneración natural

Protectores tipo cactus: 46 €/unidad. Jaula espinosa de hierro acerado galvanizado de 2,4 mm, 1.600 × 1.000 mm y 1.000 mm de altura, con espinas equidistantes a 5 cm.

Solo en terrenos de libre disposición con fracción de cabida cubierta inferior al 20 % que presenten regenerado natural de encina, quejigo o rebollo de altura total igual o inferior a 1,5 m. Distancia mínima de 10 m entre protectores y máximo 30 unidades por hectárea. Las unidades colocadas se remiten en formato GPX.

Línea 4 — Vías forestales

TerrenoTierraTránsitoRoca
Llano700 €/km1.050 €/km1.400 €/km
Ondulado1.750 €/km2.100 €/km2.450 €/km
Accidentado2.800 €/km3.150 €/km3.500 €/km

Se trata de vías de saca o de penetración a zonas de alto riesgo de incendio, con ancho máximo de excavación de 5 metros y cuneta. La mejora de vías existentes se paga a 450 €/km y solo puede concederse cada 10 años como máximo.

Línea 5 — Puntos de agua

  • Sin depósito de hormigón: 600 €/unidad.
  • Con depósito de hormigón: 2.000 €/unidad.

Reparto del crédito y las tres ofertas

DestinatarioCrédito
Entidades privadas152.500 €
Ayuntamientos117.000 €
Mancomunidades500 €
Familias y entidades sin ánimo de lucro500 €
Total270.500 €

Al contrario que la línea de combustibles leñosos, aquí la mayor parte del crédito va a entidades privadas. Las partidas de mancomunidades y de familias son testimoniales —500 € cada una—, lo que en la práctica cierra la puerta a la persona física, aunque la orden la admita como beneficiaria.

Tres ofertas cuando se supera el contrato menor

Cuando el gasto subvencionable iguale o supere los 40.000 € en obras o los 15.000 € en suministros o servicios, el interesado debe solicitar al menos tres ofertas de proveedores distintos, en las condiciones que fija la orden de bases. Las adjudicaciones deben respetar la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público en cuanto a los importes máximos de cada modalidad.

Plazos y tramitación

Plazo de solicitud

Un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Plazo de ejecución

Las actuaciones deben realizarse y acreditarse antes del 31 de octubre de 2026. La convocatoria es explícita: no se concederán prórrogas.

Ese plazo cerrado es lo más exigente de la convocatoria. Entre la resolución —que puede tardar hasta seis meses— y el 31 de octubre puede quedar muy poco margen, así que conviene tener contratada la ejecución antes de que llegue la concesión.

Tramitación

  • Personas físicas: pueden presentar en registro presencial o por la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja, área temática de medio ambiente.
  • Personas jurídicas: obligadas a la vía electrónica. Quien no tenga Dirección Electrónica Habilitada debe darse de alta o pedir al órgano gestor que tramite el alta.

El registro telemático emite un mensaje de confirmación: si no llega, o aparece un error, la recepción no ha tenido lugar y hay que repetir el envío.

Resolución

Instruye la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, a través del Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca; resuelve la Consejera. La resolución de concesión y los requerimientos de subsanación se publican en el BOR, no se notifican individualmente. Plazo máximo para resolver: seis meses desde la publicación del extracto.

La resolución de pago y los actos posteriores a la solicitud de pago sí se notifican individualmente.

Plazo2 de abril de 2026

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Texto oficial

Resolución de convocatoria 2026, texto completo publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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