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Fomento de la apicultura en Bizkaia 2026

El 100 % de la lucha contra la varroa (6,5 € por colmena y año) y de la renovación de cera (5 € por colmena) para explotaciones apícolas de más de 150 colmenas de Bizkaia. Las mujeres agricultoras cobran el 100 % de la ayuda que les corresponde; el resto, lo que quede tras el prorrateo. Plazo de solo 10 días hábiles.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas con más de 150 colmenas, incluidas las de titularidad compartida de la Ley 35/2011; y las asociaciones sectoriales de personas apicultoras con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en Bizkaia
Cuánto se cobra
Importes máximos auxiliables por colmena fijados en el Estudio de Costes de la Intervención Sectorial Apícola de Euskadi 2023-2027, con una intensidad del 100 %: hasta 6,5 € por colmena y año en asistencia técnica y sanidad apícola y hasta 5 € por colmena en renovación y acondicionamiento de cera
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con prelación por tamaño de la explotación y prorrateo si el crédito no alcanza
Presupuesto
La ficha resumen del propio decreto declara 40.000 €, mientras que la BDNS registra 80.000 €. La diferencia se explica probablemente porque la cifra del decreto recoge solo la aportación foral y la BDNS el total con la parte del FEAGA, pero el texto no lo dice expresamente
Organismo
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA. Código BDNS 910606.

Objeto y quién puede pedirla

Financia las actuaciones destinadas a mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Bizkaia, dentro de la Intervención Sectorial Apícola del Plan Estratégico de la PAC.

Dos tipos de beneficiaria:

  • Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas con más de 150 colmenas. El umbral es el filtro principal: por debajo de 150 colmenas no se entra.
  • Asociaciones sectoriales de personas apicultoras con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en Bizkaia.

Se admite la titularidad compartida de la Ley 35/2011, de 4 de octubre, y además puntúa en la prelación.

Quedan fuera las empresas en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014 y quienes hayan sido sancionadas en firme por vulneración del derecho a la igualdad.

Qué se financia y cuánto

Son subvencionables las acciones realizadas entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026 —el año apícola, no el natural—.

Asesoramiento, asistencia técnica y sanidad apícola

Contratación directa de personal técnico y especialista para informar y asistir a las personas apicultoras en sanidad apícola, lucha contra las agresiones de la colmena, análisis de laboratorio —productos apícolas, pérdida de abejas, caídas de productividad y sustancias potencialmente tóxicas como pesticidas—, cría y selección, incluida la cría de reinas, optimización ambiental y asesoramiento global en producción, gestión, adaptación al cambio climático y comercialización.

Cuando lo ejecute personal propio, la tarifa horaria se calcula dividiendo los últimos gastos salariales anuales brutos documentados entre 1.720. También cabe contratar el servicio a terceros mediante asistencias técnicas.

ConceptoMáximo auxiliableIntensidad
Acciones de asistencia técnica y sanidad6,5 € por colmena y año100 %
Renovación y acondicionamiento de cera5 € por colmena100 %

La regla de los tres años en la cera

No se puede pedir ayuda para renovar la cera de colmenas que ya la hayan recibido por ese concepto en los tres últimos años. Si se hace, se considera gasto ordinario de funcionamiento y no se subvenciona.

Es la advertencia práctica principal: hay que llevar el registro de qué colmenas cobraron y cuándo. Para una explotación de 300 colmenas que rota la renovación, el reparto por años es lo que decide cuánto se cobra.

Los importes máximos auxiliables no los fija el decreto por su cuenta: proceden del Estudio de Costes de la Intervención Sectorial Apícola de la Comunidad Autónoma de Euskadi 2023-2027, elaborado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas del País Vasco en septiembre de 2023, conforme al artículo 9.5 del Real Decreto 906/2022.

Para los servicios de asesoramiento, formación e intercambio de buenas prácticas no ha sido posible establecer costes máximos por la variabilidad según el número de personas socias, así que se valoran caso por caso.

Prelación: el tamaño manda, y las mujeres cobran íntegro

Los criterios de prioridad del Anexo I son:

  • Dimensión de la explotación, entendida como número de colmenas potencialmente destinatarias de la acción.
  • Titularidad compartida de la Ley 35/2011 o titularidad de una persona joven agricultora según la definición del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027.

Y una regla de reparto singular:

A las personas solicitantes que cumplan el artículo 15.c) de la Ley 8/2015, de 15 de octubre (mujeres agricultoras), les será concedida el 100 % de la ayuda que les corresponda.

Al resto se les aplica el prorrateo cuando el crédito no alcanza. En una convocatoria de este tamaño, esa diferencia es sustancial: la mujer agricultora cobra lo calculado y los demás cobran una fracción.

Evalúa un Comité de Evaluación presidido por la Jefatura del Servicio de Ganadería. Si los fondos FEAGA disponibles no alcanzan, el Servicio de Ganadería adapta la propuesta de resolución, y es el Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma del País Vasco quien resuelve la parte comunitaria.

Plazos, incompatibilidad y presupuesto

  • Plazo de solicitud: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Bizkaia. En 2026, del 11 al 24 de junio.
  • Justificación: antes del 15 de agosto de 2026, ante el Servicio de Ganadería (Avda. Lehendakari Agirre 9, 4.º, Bilbao), con los formularios de ebizkaia.eus.
  • Renuncia: máximo 10 días hábiles desde la notificación de la propuesta. Pasado ese plazo, renunciar equivale a incumplir.

Diez días hábiles es de los plazos más cortos del catálogo vasco. Para un cliente apicultor, la única forma de llegar es tener la documentación preparada antes de que salga el decreto: memoria técnica, memoria económica, copia del seguro de responsabilidad civil, facturas con justificantes de pago y ficha de domiciliación bancaria.

Incompatibilidad total

La percepción de estas subvenciones es incompatible con cualquier otra que, para la misma finalidad y objeto, establezcan otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas, estatales o internacionales. No es una compatibilidad limitada por el coste: es incompatibilidad plena.

Además, no se financian con los fondos de la Intervención Sectorial Apícola las intervenciones recogidas en los Programas de Desarrollo Rural, salvo en supuestos tasados.

Discrepancia de presupuesto

La ficha resumen que encabeza el propio decreto declara un presupuesto total destinado de 40.000 €. La BDNS registra 80.000 €.

La explicación más plausible es la estructura de cofinanciación —el decreto prevé que la Unión aporte por FEAGA el 50 % y la Diputación el otro 50 %—, de modo que 40.000 € sería la mitad foral. Pero el decreto no lo afirma expresamente y no lo damos por resuelto: conviene confirmarlo con el Servicio de Ganadería antes de estimar la concurrencia.

Cuándo vuelve a convocarse y para qué cliente

Convocatoria anual del Departamento de Medio Natural y Agricultura, aprobada por Decreto Foral 56/2026, de 4 de junio. Es la única de este departamento que sale en junio: el resto —jóvenes agricultoras, inversiones forestales— se aprueban en diciembre.

Con un plazo de diez días hábiles, hay que vigilar el BOB durante todo el mes de junio.

Para qué cliente

El interés comercial es limitado y conviene decirlo con claridad: son importes pequeños —6,5 € y 5 € por colmena—, con un umbral de entrada de 150 colmenas, un plazo de diez días y una incompatibilidad total con otras ayudas.

Una explotación de 300 colmenas que cobre ambos conceptos al máximo obtiene unos 3.450 €. Tiene sentido tramitarla para un cliente apicultor profesional que ya esté en cartera y cuya documentación se lleve al día, pero no justifica por sí sola una captación.

Donde sí hay volumen para el mismo perfil es en las asociaciones sectoriales, que pueden financiar al 100 % la contratación del personal técnico que da servicio a todas sus personas socias. Para una asociación apícola vizcaína, esta es su convocatoria de estructura.

La colmena también aparece, con otro encaje, en las ayudas a la primera instalación: la compra de abejas computa como inversión baremable del plan de empresa.

Plazo24 de junio de 2026

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Texto oficial

Decreto Foral 56/2026, de 4 de junio, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el 2026 de las ayudas para el fomento de la apicultura en el Territorio Histórico de BizkaiaSede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, con los impresos normalizados

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