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Plazo cerradoAutónomos y emprendimientoComunidad ValencianaConcurrencia competitiva

EMPYME — apoyo al inicio y consolidación del proyecto empresarial

Hasta el 70 % de los gastos corrientes del negocio, con un máximo de 15.000 €, para autónomos y pymes que llevan menos de cinco años en marcha. Cubre alquiler, nóminas y servicios profesionales, no inversión.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresarios individuales y pymes con domicilio social en la Comunitat Valenciana que hayan iniciado su actividad en los últimos cinco años, en un sector considerado en auge
Cuánto se cobra
Hasta el 70 % de los gastos subvencionables, con un máximo de 15.000 € por beneficiario
Procedimiento
Concurrencia competitiva, por puntuación sobre 100
Presupuesto
2.005.618,13 €, línea S1464 del programa 322B00, ampliable hasta un 25 % adicional sin nueva convocatoria
Organismo
COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 915695.

Objeto

Es la ayuda más transversal del catálogo valenciano para quien acaba de montar un negocio o lo está consolidando: no exige inversión ni proyecto de I+D, sino que paga gastos corrientes que la empresa ya tiene.

Financia los gastos derivados del inicio, desarrollo y consolidación del proyecto empresarial. La contrapartida es que no se puede destinar a inversiones ni a adquisiciones patrimoniales: nada de maquinaria, obra o inmovilizado.

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto es de 5.000 € sin IVA. Por debajo de esa cifra la solicitud se inadmite sin más trámite.

Detalle que condiciona todo el calendario: la solicitud y la cuenta justificativa se presentan a la vez. No es una ayuda que se pide y luego se justifica; cuando se solicita, el gasto ya está hecho y pagado.

Beneficiarios y requisitos

Pueden solicitarla las personas emprendedoras, entendidas como personas físicas (empresarios individuales) o pymes con personalidad jurídica propia, que cumplan las tres condiciones siguientes:

  • Haber emprendido la actividad económica en los últimos cinco años. El plazo se cuenta desde el alta en el IAE si es empresario individual, o desde la inscripción de la escritura de constitución en el Registro Mercantil si es pyme, y hasta el día de publicación de la resolución en el DOGV.
  • Tener el domicilio social en la Comunitat Valenciana.
  • Que el proyecto esté relacionado con un sector de actividad en auge.

Qué se considera sector en auge

  • Transporte, movilidad sostenible y logística.
  • Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial.
  • Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables.
  • Sector alimentario.
  • Mundo rural y smart cities.
  • Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
  • Turismo y hostelería.
  • Servicios financieros e inmobiliarios.
  • Deporte, salud, bienestar y estética.
  • Economía de los cuidados.
  • Sector aeroespacial.
  • Educación.

La lista no es cerrada: la convocatoria admite expresamente que, previa justificación, se tenga en consideración otro sector en auge. Merece la pena argumentarlo en la memoria antes de descartar la solicitud.

Quién queda fuera

Quedan excluidas las sociedades civiles sin personalidad propia, las comunidades de bienes y las entidades sin ánimo de lucro. Se aplica también el concepto de pyme del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.

Cuantía y gastos que cubre

ConceptoValor
Porcentaje subvencionadohasta el 70 % de los gastos subvencionables
Importe máximo por beneficiario15.000 €
Presupuesto mínimo del proyecto5.000 € sin IVA
Techo de minimis acumulado300.000 € en tres años

Para agotar los 15.000 € hace falta acreditar unos 21.429 € de gasto subvencionable.

Gastos que entran

  • Alquiler de locales, oficinas, naves, coworking o despachos vinculados a la actividad.
  • Gastos laborales del personal por cuenta ajena empleado en la Comunitat Valenciana, con un tope de 3.000 € de retribución mensual bruta por nómina a efectos de cálculo.
  • Servicios profesionales: licencias, certificaciones, trámites, gestoría, asesoría jurídica, gastos notariales, y consultorías externas de asesoramiento, mentorización o incubación.

Gastos que no entran

  • La cuota de autónomos y las nóminas de los socios trabajadores de sociedades mercantiles.
  • La Seguridad Social a cargo de la empresa derivada de la contratación laboral. Ojo: la nómina sí, la cuota patronal no.
  • Cualquier suministro (luz, agua, teléfono, internet).
  • Adquisición de inmovilizado material o inmaterial, y bienes destinados a la venta.
  • Impuestos directos e indirectos, tasas y contribuciones especiales.
  • Pólizas de seguros, alquiler de vivienda aunque se trabaje en ella, y externalización de la actividad principal.
  • Intereses, recargos, sanciones y gastos de procedimientos judiciales.

Los costes subvencionados pueden financiarse con otras ayudas, siempre que la suma no supere el 100 % del coste incurrido.

Cómo se puntúa

Es concurrencia competitiva pura: el crédito se reparte por orden de puntuación. La mayoría de los criterios se pueden preparar antes de solicitar.

BloqueMáximo
A) Perfil del solicitante10
B) Motivación, viabilidad y descripción del proyecto60
C) Contribución a la mejora de la competitividad20
D) Proyecto sostenible con el medioambiente5
E) Contribución a la solución de problemas sociales5

A) Perfil del solicitante — 10 puntos

Autónomos y microempresas, 10 puntos. Pequeña y mediana empresa, 5 puntos. El diseño favorece deliberadamente al negocio pequeño.

B) El proyecto — 60 puntos

  • Descripción del proyecto (10): misión, visión y valores (2), claridad y detalle (4), motivación que lo origina (4).
  • Grado de escalabilidad (25): página web propia (10); posicionamiento en buscadores (10); licencia de una aplicación de inteligencia artificial (5).
  • Adecuación de recursos humanos (25), solo personal por cuenta ajena con contrato laboral.

El criterio de posicionamiento se comprueba de forma muy concreta: el solicitante indica tres palabras de búsqueda —que no pueden incluir el nombre de la empresa ni la marca— y se verifica desde ventana de incógnito si la empresa aparece en las dos primeras páginas de resultados. Elegir bien esas tres palabras vale 10 puntos.

La licencia de IA exige aportar la factura de la suscripción emitida dentro del período subvencionable.

Recursos humanos, en detalle

Empleo generado en el períodoPuntos
0 personas0
1 persona5
2 o más personas10
Estabilidad del empleoPuntos
No dispone de trabajadores0
Solo contratos temporales3
Al menos 1 contrato indefinido5
Más de 1 contrato indefinido10
Calidad del empleoPuntos
No dispone de trabajadores0
Solo contratos a tiempo parcial1
Mezcla de completos y parciales3
Más del 50 % a jornada completa5

C) Competitividad — 20 puntos

  • Autonomía estratégica (10): si la actividad no se desarrolla en régimen de franquicia o licencia de marca, 10 puntos; si sí, 2 puntos.
  • Grado de innovación (10): disponer de patente, modelo de utilidad o similar, acreditado con certificado oficial de la oficina correspondiente.

D) y E) — 5 puntos cada uno

Sostenibilidad medioambiental acreditada documentalmente, y criterios sociales: contratar personal de colectivos de difícil inserción diferenciándolo de la contratación ordinaria, o que el centro de trabajo esté en uno de los municipios con riesgo de despoblación del anexo III.

Empates

Se resuelven en este orden: empresas que sin estar obligadas acrediten un plan de igualdad inscrito (no vale la solicitud en trámite); mayor porcentaje de personas con discapacidad en plantilla; y por último el orden de presentación de la solicitud completa. Si hubo requerimiento de subsanación, cuenta la fecha de entrada de la documentación subsanada.

Plazos y tramitación

  • Plazo de solicitud: del 1 de julio de 2026 a las 10:00 hasta el 31 de julio de 2026 a las 23:59:59, hora peninsular. Solo se admiten las grabadas en el registro electrónico dentro de ese margen.
  • Período subvencionable: actuaciones desarrolladas y gastos efectivamente pagados entre el 1 de mayo de 2025 y el 31 de mayo de 2026.
  • Una única solicitud por beneficiario, acompañada obligatoriamente de la cuenta justificativa.
  • Vía: exclusivamente telemática, trámite G95950 en la sede electrónica de la Generalitat.

Si se presenta en papel, la administración requiere la subsanación por vía electrónica en diez días, pero la fecha que cuenta es la de la presentación telemática: si esta cae fuera de plazo, la solicitud se inadmite por extemporánea.

Documentación

Además del modelo normalizado con la memoria justificativa, hay que aportar copia del alta en el IAE (empresarios individuales) o de la escritura de constitución inscrita (pymes), la domiciliación bancaria tramitada aparte, y las declaraciones responsables de otras ayudas y de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.

La memoria debe cumplimentar todos los apartados de los anexos I y II. No hacerlo implica que ese criterio no se valora, sin requerimiento previo de subsanación. Un apartado en blanco son puntos perdidos y no hay segunda oportunidad.

Ampliación del crédito

El importe puede incrementarse hasta un 25 % adicional sin nueva convocatoria, y también con el crédito sobrante de la convocatoria hermana dirigida a actividades no económicas del ecosistema emprendedor, que comparte línea presupuestaria. Además puede dictarse una resolución complementaria que rescate solicitudes válidas que se quedaron sin crédito.

Plazo31 de julio de 2026

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Texto oficial

Texto completo de la convocatoria EMPYME 2026 (PDF, 31 páginas) publicado en la BDNSOrden 2/2024, de 29 de febrero, bases reguladoras del ecosistema de emprendimientoTrámite telemático G95950 en la sede electrónica de la Generalitat

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