Empresas de inserción · Las cuatro líneas de la Orden de 9 de abril de 2025
Hasta 15.000 € por puesto creado, 12.690 € al año por puesto mantenido y hasta 40.000 € por el personal técnico que acompaña la inserción. La Línea 4.2 rompe el círculo: la cobra cualquier empresa privada del mercado ordinario, incluido un autónomo, por contratar a alguien que termina su itinerario.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de inserción calificadas e inscritas en el Registro de Empresas de Inserción en Andalucía para las Líneas 1, 2, 3 y 4.1; y, para la Línea 4.2, cualquier empresa privada del mercado ordinario, incluidas las personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales
- Cuánto se cobra
- 13.300 € por puesto creado —15.000 € si es mujer—, 12.690 € por puesto mantenido durante 360 días, 15.000 € por la gerencia y hasta 38.000 € por personal técnico, con incrementos por contratación de mujeres
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con cuatro líneas independientes
- Presupuesto
- 3.625.000 € tras la ampliación de crédito de 29 de julio de 2026: la convocatoria partió de 3.000.000 € y se amplió en 625.000 €
- Organismo
- ANDALUCÍA. Código BDNS 893186.
Las cuatro líneas y quién cobra cada una
| Línea | Qué financia | Quién puede pedirla |
|---|---|---|
| 1 | Inversión fija vinculada a la creación de nuevos puestos de inserción | Empresas de inserción |
| 2 | Creación y mantenimiento de puestos ocupados por personas en riesgo de exclusión | Empresas de inserción |
| 3 | Asistencia técnica: gerencia y personal técnico | Empresas de inserción |
| 4.1 | Por cada participante insertado en el mercado ordinario en los tres meses siguientes a terminar su itinerario | Empresas de inserción |
| 4.2 | Por contratar a ese participante en los tres meses siguientes a que termine su itinerario | Cualquier empresa privada del mercado ordinario, sea cual sea su forma jurídica, incluidos autónomos y mutualistas de colegios profesionales |
La Línea 4.2 es la que más se pasa por alto y la que abre esta convocatoria a la cartera general de clientes: no hace falta ser empresa de inserción ni estar en ningún registro especial. Basta con contratar a una persona que acaba de terminar su itinerario en una empresa de inserción, dentro de los tres meses siguientes. Un autónomo puede cobrarla.
Para las Líneas 1, 2, 3 y 4.1 sí se exige estar calificada e inscrita en el Registro de Empresas de Inserción en Andalucía dentro del periodo subvencionado, y haber mantenido la calificación antes de la resolución de concesión.
Requisito común a todas: desarrollar la actividad económica o profesional en Andalucía.
Cuánto se cobra, línea a línea
Línea 1 — inversión fija por puesto creado
13.300 € por puesto a jornada completa, que suben a 15.000 € si la persona contratada es mujer. Con jornada igual o superior al 50 %, las cuantías se reducen a la mitad. No se subvencionan jornadas parciales inferiores al 50 %.
Línea 2 — mantenimiento del puesto
12.690 € por puesto de inserción creado o mantenido a jornada completa, para un periodo subvencionable de 360 días ininterrumpidos de alta en la Seguridad Social, más 1.000 € si es mujer. A tiempo parcial la escala es por tramos:
| Jornada | Cuantía | Si es mujer |
|---|---|---|
| Del 50 % al 66 % | 6.345 € | 6.845 € |
| Del 67 % al 82 % | 8.500 € | 9.170 € |
| Del 83 % al 99 % | 10.530 € | 11.360 € |
Línea 3 — asistencia técnica, con dos conceptos
- Gerencia: 15.000 € por la contratación a jornada completa durante 540 días ininterrumpidos de la persona que ostente la gerencia, solo en empresas con cinco o más puestos de inserción. Más 1.000 € si es mujer.
- Personal técnico: hasta 38.000 € por contrato a jornada completa por periodos de 360 días ininterrumpidos de alta, y hasta 40.000 € si es mujer. Estas cuantías se incrementan o reducen proporcionalmente a la jornada y a los días de alta, no por tramos.
Es la línea con más dinero por expediente y la que sostiene la estructura que hace posible la inserción.
Los 360 días ininterrumpidos, que es donde se pierde la ayuda
Las Líneas 2 y 3 no se calculan sobre el gasto sino sobre periodos de alta ininterrumpida en la Seguridad Social: 360 días en el caso de los puestos de inserción y del personal técnico, y 540 días en el de la gerencia.
La palabra que manda es «ininterrumpidos». Una baja que rompa la continuidad del alta no reduce proporcionalmente la ayuda en las líneas de tramos: puede dejar el periodo sin completar. Conviene llevar el control del alta desde el primer día y documentar cualquier incidencia.
En la Línea 3, en cambio, el cálculo del personal técnico sí es proporcional a los días dentro del periodo subvencionable, lo que la hace más tolerante que la Línea 2.
Una advertencia sobre la norma aplicable
La convocatoria se rige por el resto de normativa que resulte de aplicación al momento en que comience a producir sus efectos, no a la de su firma. Es la misma cláusula que incorpora Emplea-T, y obliga a comprobar la versión vigente de las bases al preparar el expediente.
La ampliación de crédito de julio, y lo que no cambia
La convocatoria salió con 3.000.000 €, pero la Resolución de 29 de julio de 2026 amplió el crédito con transferencias finalistas del Estado, con cargo al programa presupuestario 32K:
| Línea | Crédito inicial | Ampliación | Crédito final |
|---|---|---|---|
| 2 — creación y mantenimiento de puestos | 2.000.000 € | +530.000 € | 2.530.000 € |
| 3 — asistencia técnica | 675.000 € | +95.000 € | 770.000 € |
| Total de la convocatoria | 3.625.000 € | ||
La ampliación se concentró en las dos líneas de sostenimiento —el puesto de inserción y el personal que lo acompaña—, no en la inversión ni en las de contratación en el mercado ordinario.
Lo que la ampliación no hace, y conviene decirlo con claridad: no abre plazo para presentar nuevas solicitudes ni inicia un nuevo cómputo para resolver. El dinero adicional se reparte entre quienes ya habían presentado en plazo. Es el patrón habitual en Andalucía y la razón por la que merece la pena presentar aunque la dotación publicada parezca corta.
Anotar también la discrepancia de cifras: los registros de la BDNS de las cuatro líneas suman 2.905.000 €, que no coincide ni con los 3.000.000 € iniciales ni con los 3.625.000 € finales. Manda el texto del BOJA.
Cierra hoy
Fecha publicada en el boletín, no estimada.
Te la tramitamos nosotros
Comprobamos que cumples, escribimos la memoria y presentamos dentro de plazo. El 15 % solo se factura cuando te la conceden. Tu asesoría sigue con lo suyo.
Estudia mi casoGratis y sin compromiso · Respuesta en 24 h
Texto oficial
Resolución de 16 de marzo de 2026 de convocatoria, BOJA núm. 55 de 20 de marzo, texto íntegro publicado en la BDNSAmpliación de crédito de la convocatoriaOrden de 9 de abril de 2025, bases reguladoras (BOJA núm. 72 de 2025)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
16.000 €
Empresa de Madrid, en Mentoring de la Agencia para el Empleo de Madrid. De los 1,5 M€ que conseguimos para nuestros clientes en 2025.