Talentium Empresa · Contratación indefinida en municipios jiennenses de menos de 20.000 habitantes
Hasta 10.000 € por contratación indefinida a jornada completa: 700 € al mes durante un año, más 1.000 € si la persona vive en un pueblo pequeño y 600 € si pasó por la formación del programa. Sin concurso, pero con un requisito previo que hay que resolver antes: estar inscrito en la plataforma Banco de Talento.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Empresas de naturaleza privada y personas trabajadoras autónomas con centro de trabajo en alguno de los 91 municipios de la provincia de Jaén de menos de 20.000 habitantes, inscritas en la plataforma Banco de Talento
- Cuánto se cobra
- 700 €/mes durante un mínimo de 6 y un máximo de 12 meses —hasta 8.400 €—, más 1.000 € si la persona contratada está empadronada en municipio de menos de 20.000 habitantes y 600 € si participó en formación del programa; máximo 10.000 € por contratación
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva en convocatoria abierta del artículo 59 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones
- Presupuesto
- 200.000 €, con un mínimo de 20 subvenciones convocadas
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN. Código BDNS 918072.
Cómo se llega a los 10.000 €
El importe se construye por acumulación, no es una cifra fija:
| Concepto | Fórmula | Importe |
|---|---|---|
| Base por contratación indefinida a jornada completa | 700 €/mes, mínimo 6 meses ininterrumpidos y máximo 12 | Hasta 8.400 € |
| Mejora 1: la persona contratada está empadronada en un municipio de menos de 20.000 habitantes | +1.000 € | Hasta 1.000 € |
| Mejora 2: la persona contratada ha participado en alguna acción formativa del programa Talentium Empresa | +600 € | Hasta 600 € |
| Total máximo | 10.000 € | |
Las dos mejoras dependen del perfil de la persona contratada, no de la empresa. Antes de cerrar una selección conviene comprobar si el candidato aporta 1.600 € adicionales por empadronamiento y formación previa.
Se convocan un mínimo de 20 subvenciones con 200.000 € de presupuesto. Al ser convocatoria abierta del artículo 59 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se resuelve por tramos conforme entran solicitudes.
El pago se hace en un único pago por transferencia, previa justificación. No hay anticipo.
El Banco de Talento: el requisito que hay que resolver primero
Es la condición que bloquea el expediente si no se anticipa. La inscripción en la plataforma «Banco de Talento» de la Diputación se exige por partida doble:
- A la empresa o autónomo solicitante, que debe encontrarse inscrita para poder pedir la subvención.
- A la persona contratada, que también debe estar inscrita en la plataforma.
Los demás requisitos de la persona contratada son:
- Estar empadronada en cualquier municipio de la provincia de Jaén —no necesariamente en uno pequeño; eso solo da la mejora—.
- No estar ocupada y encontrarse en búsqueda activa de empleo.
- Estar de alta como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.
El centro de trabajo de la empresa debe estar en alguno de los 91 municipios de la provincia de menos de 20.000 habitantes que la convocatoria enumera uno a uno.
Exclusiones y el castigo por incumplir
La contratación debe suponer un incremento neto en la plantilla media de trabajadores en alta de la cuenta de cotización, tanto a fecha de contratación como durante todo el periodo de ejecución. No vale cubrir una baja.
Quedan expresamente excluidas:
- Las contrataciones realizadas por empresas de trabajo temporal para prestar servicio en sus empresas usuarias.
- La contratación de una persona que haya tenido relación laboral con el beneficiario o empresa vinculada en los seis meses anteriores.
Tampoco entran las personas dadas de alta en el RETA como familiar colaborador de un empresario autónomo.
Y una sanción con memoria larga que conviene comprobar en el historial del cliente: quien en la convocatoria inmediatamente anterior de Talentium Empresa fue objeto de resolución firme de pérdida total del derecho al cobro o de reintegro por incumplimiento, queda excluido — y la exclusión se extiende a las dos convocatorias siguientes. Un incumplimiento cierra el programa durante tres años.
Con carácter general se exige además haber cumplido las condiciones de otras subvenciones concedidas antes por el Área de Empleo y Empresa de la Diputación, siempre que sus plazos estuvieran vencidos.
Contexto y tramitación
El programa se enmarca en el Plan de Empleo y Empresa de la provincia de Jaén y responde a un diagnóstico explícito: la despoblación rural como problema que afecta al equilibrio económico, social, cultural, territorial y ambiental de la provincia.
Su objetivo triple es reducir el desempleo, dar respuesta a las empresas que demandan nuevos perfiles profesionales y frenar la despoblación.
La solicitud y la documentación solo se admiten por vía telemática.
Sobre la acumulación con otras ayudas: si durante la tramitación el solicitante resulta beneficiario de una ayuda de minimis o compatible para la misma finalidad, debe comunicarlo a la mayor brevedad y de forma fehaciente y, en todo caso, al justificar. No hacerlo se considera alteración de las condiciones de concesión y puede dar lugar a reintegro o pérdida del derecho al cobro.
Si se superan los límites, la subvención se reduce en la parte que corresponda en lugar de denegarse.
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Texto oficial
Texto íntegro de la convocatoria, BOP de Jaén núm. 132 de 10 de julio de 2026, edicto 2026/3366Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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