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Empresas que acogen alumnado en prácticas de certificado profesional

3 € por alumno y hora de prácticas, hasta 3.000 € por empresa. Compensa el coste real de tener a alguien en formación en el taller o la oficina, y se resuelve por orden de llegada. Veinte días hábiles de plazo desde su publicación.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas y entidades que acogen alumnado para la realización de prácticas profesionales no laborales vinculadas a un certificado profesional
Cuánto se cobra
3,00 € por alumno y hora de prácticas realizada, con un máximo de 3.000 € por empresa que puede superarse si sobra crédito
Procedimiento
Por orden de llegada tras el cierre del plazo. Si el primer cálculo con el tope de 3.000 € no agota el presupuesto, se revisan al alza los expedientes que podrían recibir más
Presupuesto
200.000 €
Organismo
CATALUÑA. Código BDNS 918861.

Una ayuda pequeña que casi nadie pide

El razonamiento de la convocatoria es explícito: las empresas que acogen alumnado asumen los gastos que comporta hacerse cargo de las prácticas —tutorización, tiempo del personal, equipos, seguros—, y el objetivo es incentivar que más empresas se ofrezcan.

  • 3,00 € por alumno y hora de prácticas realizada.
  • Tope de 3.000 € por empresa, que equivale a 1.000 horas: por ejemplo, tres alumnos con algo más de 300 horas cada uno.
  • La convocatoria de 2026 subvenciona las prácticas hechas durante todo el año 2025: se cobra a posteriori por algo que ya se hizo.

Hay un mecanismo de reparto favorable: si tras aplicar el tope de 3.000 € a todos los expedientes sobra presupuesto, se revisan de nuevo los expedientes que por número de alumnos y horas podrían cobrar más, y se les distribuye el remanente proporcionalmente. Es decir, el tope de 3.000 € puede superarse.

Cómo se pide

  • Plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOGC.
  • Solicitud por la sede electrónica buscando el trámite «Ayudas para empresas y/o entidades que acogen alumnado para la realización de prácticas profesionales no laborales conducentes a certificados profesionales 2026», o por EACAT en el caso de administraciones.
  • Las solicitudes se tramitan por orden de llegada —y, si hubo requerimiento, desde la fecha de subsanación—, así que presentar pronto importa.

Para una empresa que ya colabora con centros de formación profesional, es una ayuda de trámite sencillo: los datos que se piden —alumnos, horas, convenio de prácticas— ya los tiene el centro. Merece la pena pedirla todos los años, porque el importe se acumula si se acogen varios alumnos.

Plazo

Plazo sin fecha publicada

Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.

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Texto oficial

Convocatoria 2026, texto en castellano en la BDNSBases reguladoras, Orden EMT/229/2023, de 17 de octubreServicio Público de Empleo de Cataluña (SOC)

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