Emakumea industriara: formar y contratar mujeres en la industria vasca (2026)
SPRI paga el curso y la beca de mujeres que quieren entrar en la industria, y luego tú las contratas. Hasta 7.000 € de formación por persona, 1.000 € al mes de beca durante la formación y 2.000 € de gestión por beca, el 100 % del coste. Puedes ser tú, la propia empresa industrial, quien lo pida. Mínimo seis mujeres. Cierra el 12 de noviembre de 2026 y el curso tiene que arrancar como tarde el 15 de noviembre.
Ficha revisada el 29 de septiembre de 2026 · BDNS 932061
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas jurídicas —públicas o privadas— constituidas al menos dos años antes de presentar la solicitud, de alta en el IAE del País Vasco y con capacidad de impartir la formación o de subcontratarla. Puede ser la propia empresa industrial que se compromete a contratar. Quedan fuera las empresas de trabajo temporal, las de outsourcing y las de multiservicios de personal. Al ser requisito ser persona jurídica, el autónomo persona física no puede pedirla
- Cuánto se cobra
- Hasta el 100 % de tres conceptos: el curso de formación con compromiso de contratación, con un máximo de 7.000 € por persona y una duración máxima de 6 meses; la dotación de la beca, 1.000 € brutos al mes por mujer becada con un mínimo de 120 horas de formación al mes y un máximo de 6 meses; y 2.000 € por beca concedida para puesta en marcha, gestión, administración, comunicación y publicidad. Tope de minimis de 300.000 € en tres años
- Procedimiento
- Concesión sucesiva: las solicitudes se resuelven de una en una y por orden, según el momento en que el expediente queda completo, hasta agotar el crédito. No hay concurso. Ojo, la BDNS lo registra como concurrencia competitiva y el texto oficial dice lo contrario
- Presupuesto
- 975.000 € para 2026, con cargo a los presupuestos de SPRI dentro de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Coincide con la BDNS
- Organismo
- PAÍS VASCO. Código BDNS 932061.
Cómo funciona, en corto
SPRI no paga por contratar: paga por formar a mujeres con un compromiso de contratación detrás. El circuito es este:
- Presentas un proyecto de becas: cuántas quieres convocar, qué plan formativo, qué compromisos de contratación y con qué presupuesto.
- Si te lo aprueban, cobras un anticipo del 50 % con la resolución, pasados diez días hábiles desde que te la notifican sin que renuncies.
- Captas y seleccionas a las mujeres, les das el curso y les pagas la beca.
- Al superar la formación se activa el compromiso: hay que contratar.
- Justificas y cobras el 50 % restante.
Cada entidad beneficiaria tiene que ofertar como mínimo seis becas. No hay máximo, ni de becas por entidad ni de entidades beneficiarias.
La clave: puedes ser tú mismo
Las bases dicen expresamente que puede ser beneficiaria la propia empresa industrial que formula el compromiso de contratación. Si tienes capacidad de dar la formación o de subcontratarla, no necesitas intermediario. Lo que no puede ser beneficiaria es una ETT, una empresa de outsourcing ni una de multiservicios de personal.
Requisitos de la entidad: ser persona jurídica constituida al menos dos años antes de solicitar, estar de alta en el IAE del País Vasco y tener al menos un centro de actividad en Euskadi. Si eres autónomo persona física, esta no te sirve.
Cuánto se cobra por cada beca
Tres conceptos, los tres al 100 % del coste:
| Concepto | Cuánto | Condiciones |
|---|---|---|
| Formación | Hasta 7.000 € por persona | Máximo 6 meses, mínimo 120 horas por mes de dedicación. Incluye el seguro de las mujeres durante el curso |
| Dotación de la beca | 1.000 € brutos al mes por mujer | Máximo 6 meses, mínimo 120 horas de formación al mes. Se ajusta a proporción si dura menos |
| Gestión | 2.000 € por beca concedida | Puesta en marcha, gestión, administración, comunicación y publicidad |
Echando cuentas, un proyecto de seis becas de seis meses puede llegar a 7.000 + 6.000 + 2.000 = 15.000 € por mujer, 90.000 € en total. El tope de verdad es el de minimis: 300.000 € recibidos en los tres años anteriores, sumando todas las ayudas de este tipo.
La formación tiene que ser presencial, teórica y práctica, orientada al puesto concreto, y el curso debe estar homologado por Lanbide u organismo equivalente. Puedes darla con medios propios o de terceros; la subcontratación llega al 100 % salvo la gestión y administración de las becas, que va con medios propios.
Las trampas
- El calendario aprieta más que el plazo. Puedes solicitar hasta el 12 de noviembre, pero la ejecución de la formación tiene que empezar como tarde el 15 de noviembre de 2026 y acabar en los seis meses siguientes. Si pides el último día, tienes tres para arrancar el curso. Lo sensato es presentar pronto y tener el plan formativo cerrado.
- Se puede empezar antes de pedir. Al revés que en casi todas: se admiten proyectos de formación iniciados desde el 1 de septiembre de 2026, y se financian los mismos conceptos si se justifican bien.
- El 50 % de la ayuda se juega en la contratación. Hay que contratar como mínimo al 50 % de las mujeres que inicien la acción formativa, dentro de los seis meses desde que empieza el curso (ampliables tres más si lo pides y te lo autorizan). Si no llegas a ese 50 %, pierdes el derecho al abono del 50 % restante. Los contratos pueden ser indefinidos o temporales de al menos 6 meses, en puestos productivos acordes al perfil.
- Una oferta rechazada sí cuenta. Se considera cumplido el compromiso con una oferta vinculante a la mujer que superó la formación, aunque ella no la acepte. Y con números impares el porcentaje se redondea al par superior.
- Aunque pierdas ese 50 %, a las mujeres hay que pagarles. Las bases lo dicen expresamente: el no cobro de la segunda mitad no puede afectar al importe bruto debido a las becadas.
- Si asignas menos del 60 % de las becas concedidas, es incumplimiento parcial y además te quedas fuera de las siguientes convocatorias del programa.
- Tres ofertas. Por encima del importe del contrato menor hay que pedir tres presupuestos a proveedores distintos antes de contratar, y justificar la elección si no es la más barata.
- A quién puedes becar. Las mujeres no pueden haber trabajado ni hecho prácticas en la empresa que formula el compromiso, y no pueden tener menos de dos años de experiencia laboral en empresas no industriales. La beca no crea relación laboral con nadie.
- Una contradicción del propio texto. La base 4.1 admite personas jurídicas «públicas o privadas», pero la declaración responsable del Anexo I obliga a declarar que no se pertenece a ningún sector público. En la práctica, cuenta con que va dirigida a entidades privadas.
Se presenta por vía electrónica en spri.eus/es/ayudas/emakumeaindustriara/. SPRI tiene seis meses para resolver desde que el expediente está completo, y el silencio es negativo.
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Texto oficial
Resolución de 17 de septiembre de 2026 del director general de SPRI, bases reguladoras y convocatoria 2026 del programa Emakumea industriara, BOPV núm. 185 de 28 de septiembre de 2026 (disposición 2026/4023)Edición bilingüe de la misma disposición en el BOPVTexto en castellano de la convocatoria publicado en la BDNSPágina del programa en SPRI, donde se presenta la solicitudFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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