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El Puig Activa 2026: ayudas a la contratación y a la creación de empresas

Hasta 2.000 € por contratar de forma indefinida a un vecino de El Puig que estaba en paro, y 1.500 € por montar una empresa en el municipio. La empresa que contrata puede estar en cualquier punto de la provincia de Valencia. Se pide hasta el 27 de noviembre de 2026, por orden de llegada, y el contrato tiene que durar dos años.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 928574

Lo esencial

Quién puede pedirla
Para la contratación: empresas, profesionales colegiados, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o centro de trabajo en la provincia de Valencia que contraten de forma indefinida a personas empadronadas en El Puig de Santa Maria. Para la creación de empresas: personas físicas o jurídicas que inicien su actividad en El Puig de Santa Maria y se mantengan de alta al menos 12 meses; quedan fuera las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las agrupaciones sin personalidad
Cuánto se cobra
Contrato indefinido a jornada completa o conversión: 2.000 € si es mujer, menor de 25 o varón de 45 o más, y 1.800 € si es varón de 25 a 44. A tiempo parcial de 20 horas o más, 1.000 € y 900 €. Creación de empresa: 1.500 €. Todo sube un 50 % con discapacidad física o sensorial de al menos el 33 % y un 75 % con discapacidad mental o intelectual
Procedimiento
La convocatoria la llama concurrencia competitiva, pero se concede por orden de entrada de la solicitud completa hasta agotar el crédito, con una sola cola para contratación y creación de empresas. Se atiende primero la primera contratación de cada empresa
Presupuesto
25.000 €, con cargo al presupuesto municipal de 2026, compartidos entre las ayudas a la contratación y a la creación de empresas. El extracto cita la aplicación 24100.48003 y las bases la 24100.48001. La cifra coincide con la de la BDNS. Puede ampliarse según disponibilidad
Organismo
PUIG DE SANTA MARIA, EL. Código BDNS 928574.

Las dos líneas

Contratación indefinida de vecinos de El Puig

Dos programas: la contratación indefinida directa de una persona en paro (Programa I) y la conversión de un temporal en indefinido (Programa II), incluidos los contratos formativos. Según el extracto del BOP, cuentan los contratos firmados entre el 16 de noviembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026.

JornadaMujeres, menores de 25 y varones de 45 o másVarones de 25 a 44
Completa2.000 €1.800 €
Parcial, 20 horas semanales o más1.000 €900 €

Por encima de 20 horas, la ayuda sube en proporción a la jornada hasta el máximo de la completa. La persona contratada tiene que estar empadronada en El Puig antes de la publicación del extracto.

Creación de empresas

1.500 € por empresa que inicie su actividad en El Puig, constituida entre el 16 de noviembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026, según el extracto. Se destinan a los gastos de puesta en marcha: notaría y registro, asesoría, tasas y licencias, publicidad y web, obras del local, alquiler, equipamiento y mobiliario, primeras compras, cuota de autónomo y suministros. Hay que tener las licencias municipales concedidas o en trámite.

La trampa: dos años de contrato

El contrato subvencionado tiene que mantenerse 24 meses. Si el trabajador se va, la empresa tiene un mes para cubrir la vacante con otro indefinido de la misma jornada que cumpla los requisitos, y 15 días más para comunicarlo al Ayuntamiento. Si no se cumple, se devuelve la parte proporcional.

Exclusiones

  • Contratos fijos discontinuos.
  • Contratar al cónyuge, pareja, padres o hijos del empleador o de los administradores.
  • Contratar a quien tuvo un indefinido en la misma empresa en los 24 meses anteriores.
  • Socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales.
  • Administraciones públicas y ETT para cesión a usuarias.
  • Jornadas de menos de 20 horas, salvo discapacidad de al menos el 33 %.

La creación de empresas exige estar de alta un mínimo de 12 meses.

Cómo se cobra

Con la solicitud y su documentación se da por cumplida la justificación: el pago es único y por el total una vez dictada la resolución. Por eso la cola es lo que manda: se atiende por fecha de entrada de la solicitud completa, con una sola lista para las dos líneas, y si una empresa pide por varios contratos, primero se atiende la primera contratación de todas las empresas y después las segundas.

La ayuda es compatible con las bonificaciones de cuotas, pero junto con otras ayudas no puede pasar del coste salarial anual del contrato. Si sobra crédito, el Ayuntamiento puede repartir el remanente entre los solicitantes de las dos líneas.

Dónde se pide y qué hay que llevar

En la sede electrónica del Ayuntamiento de El Puig de Santa Maria, con el modelo normalizado.

  • Para contratación: DNI o CIF y poder de representación, vida laboral de la empresa de los 24 meses anteriores al contrato, certificados de estar al corriente con la AEAT, la Agencia Tributaria Valenciana, la Seguridad Social y el Ayuntamiento, declaración de minimis, ficha de domiciliación, contrato y comunicación al SERVEF, empadronamiento del trabajador y prueba de que estaba en paro (vida laboral, DARDE o certificado de periodos de inscripción).
  • Para creación de empresa: identificación, certificados de estar al corriente, declaración de minimis, ficha de domiciliación, el modelo 036 o certificado de situación censal con la fecha de alta, y la cuenta justificativa con las facturas y los justificantes de pago de los gastos de puesta en marcha. Como en la contratación, se justifica al pedir.

Hay seis meses para resolver desde la solicitud y, en todo caso, antes de acabar el ejercicio.

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