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Plazo cerradoInnovación y digitalizaciónComunidad ValencianaConcurrencia competitiva

Inversiones transformadoras en digitalización de la industria de mediana capitalización

Hasta el 45 % de una inversión en robótica, IoT industrial, inteligencia artificial o ciberseguridad, con un máximo de 100.000 €. Está reservada a la franja que se queda fuera de todo: las industrias de 250 a 749 empleados, que ya no son pyme.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Empresas industriales de mediana capitalización y tamaño intermedio, con entre 250 y 749 empleados, sede social y al menos un establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana
Cuánto se cobra
Hasta el 45 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 100.000 €
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con umbral mínimo de 50 puntos sobre 100
Presupuesto
1.500.000 €, línea S1664 del IVACE
Organismo
COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 907880.

Objeto

Financia inversiones de transformación digital en empresas industriales que ya no caben en la definición de pyme pero tampoco son grandes empresas: la franja que la Comisión Europea llama small mid-caps.

Es el hueco que dejan las otras convocatorias valencianas de digitalización, todas limitadas a pymes. Una industria de 300 empleados no puede acudir a INNOVA-CV ni a DIGITALIZA-CV, y esta es su vía.

Las bases son la Resolución de 13 de mayo de 2026 de la presidenta del IVACE (DOGV 10363, de 15 de mayo de 2026): del mismo año que la convocatoria.

Actuaciones subvencionables

  • Mejorar procesos productivos con herramientas avanzadas: automatización, robótica, máquinas flexibles, sensorización, IoT industrial, plataformas de datos en tiempo real, inteligencia artificial y analítica avanzada para optimizar producción, mantenimiento predictivo o control de calidad.
  • Introducir funcionalidad digital en nuevos productos y desarrollos híbridos evolucionados desde productos materiales.
  • Integrar sistemas y plataformas de datos a lo largo de la cadena de valor, con interoperabilidad y conectividad con clientes y proveedores.
  • Crear valor mediante ciberseguridad y sistemas de datos seguros, abiertos, hiperconectados e integrados.

Un único proyecto por empresa, que puede abarcar una o varias de esas actuaciones.

Beneficiarios

Hay que cumplir las tres condiciones de la definición de empresa industrial de mediana capitalización, más el arraigo territorial:

CondiciónUmbral
Empleadosentre 250 y 749
Volumen de negocioshasta 150 millones €
o bien total de activoshasta 129 millones €
ActividadCNAE secciones C, D o E, divisiones 10 a 39

Además hay que tener sede social y al menos un establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud.

Si la actividad principal no está en esas secciones, la empresa aún puede concurrir aportando el modelo 036 o 037 de la AEAT donde figure un código de actividad equivalente a alguno de los CNAE admitidos, según la correspondencia IAE-CNAE publicada por la Agencia Tributaria, junto con información que cuantifique esa actividad. Es una salida real para empresas con actividad industrial secundaria.

Solo se admite una solicitud por empresa; si se presentan varias, vale la última registrada en plazo.

Cuantía y costes

ConceptoValor
Porcentaje máximo45 % de la inversión subvencionable
Importe máximo100.000 €
Techo de minimis300.000 € en tres años

Para agotar los 100.000 € hace falta una inversión de 222.223 €.

Costes que entran

  • Activos materiales nuevos para digitalizar procesos productivos: hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, y otros bienes de equipo cuando sean necesarios para poner en marcha la solución.
  • Activos inmateriales: licencias de software, soluciones digitales o servicios de integración tecnológica, con sus costes de implantación y puesta en funcionamiento.
  • Servicios externos especializados de integración tecnológica, imputados en exclusiva y vinculados inequívocamente a la inversión, o desarrollo de aplicaciones a medida con instalación y asesoramiento.
  • Informe de revisión de la cuenta justificativa por auditor inscrito en el ROAC, hasta 500 € sin IVA, siempre que se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud.

El coste del auditor solo es subvencionable si se presupuestó desde el principio. Olvidarlo en la solicitud significa pagarlo íntegramente después.

Costes que no entran

  • Ordenadores personales, impresoras, terminales, displays, tabletas y consolas. Los servidores sí, cuando se declaren íntegramente dedicados al proyecto o actúen como interfaz de captura de datos o configuración de dispositivos.
  • Renovaciones, cambios de versión o ampliaciones de software ya en uso en la empresa.
  • Software de propósito general: sistemas operativos, gestión y monitorización de redes, ofimática, correo, edición y tratamiento de imágenes.
  • Bienes y servicios de empresas vinculadas según el artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • Impuestos indirectos recuperables o compensables e impuestos sobre la renta.

Los activos deben quedar instalados en el establecimiento productivo valenciano. Y el coste de los activos inmateriales solo cuenta en la parte incurrida durante el período de ejecución.

Cómo se puntúa

Cien puntos, con umbral mínimo de 50 para que un proyecto pueda aprobarse.

BloqueMáximo
a) Calidad del proyecto30
b) Viabilidad técnica20
c) Resultados e impacto esperable30
d) Características de la empresa20

a) Calidad — 30 puntos

  • Objetivos, estrategia empresarial y motivos de la inversión: hasta 13.
  • Diagnóstico y estrategia de implantación: hasta 13.
  • Plan de trabajo con etapas y fechas, dentro del período entre el 1 de enero de 2026 y el plazo máximo de justificación: hasta 4.

b) Viabilidad técnica — 20 puntos

Capacidad y experiencia del equipo (hasta 10) y adecuación de los recursos considerando la integración del proyecto con soluciones ya existentes en la empresa (hasta 10).

c) Resultados — 30 puntos

  • Impacto en competitividad o productividad: hasta 10, con datos concretos.
  • Diversificación y mercados: hasta 10, repartidos en nuevos productos (5), nuevos mercados nacionales o internacionales (3) y nuevos clientes (2).
  • Alineación medioambiental: hasta 10, por economía circular, simbiosis industrial, reducción de residuos, eficiencia energética o menor consumo de recursos. La mitad de esos puntos depende de acreditarlo con cifras comparativas, informes externos o certificados: la convocatoria advierte que mencionar solo porcentajes no basta.

d) La empresa — 20 puntos

  • Datos económicos actuales y su variación en cinco años en empleo, ventas, beneficios y exportaciones: hasta 7.
  • Actividad alineada con el Pacto Verde Europeo: eficiencia energética de edificios, movilidad sostenible, industria sostenible, tecnologías de alimentos, energía limpia, eliminación de contaminación, biodiversidad y acción por el clima: hasta 7.
  • Personas con diversidad funcional en plantilla por encima del mínimo legal: hasta 6.

Empates

Se resuelven por mayor puntuación en calidad del proyecto, después en viabilidad técnica y después en resultados. Si persiste, la comisión evaluadora puede prorratear.

Si la propuesta de concesión supera los 30.000 €, el IVACE requiere antes de conceder —a quien no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada en el Registro Mercantil— una certificación de auditor inscrito en el ROAC sobre el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 de morosidad.

Plazos y tramitación

  • Plazo de solicitud: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el DOGV hasta el 3 de julio de 2026 a las 23:59:59.
  • Ejecución: el plan de trabajo debe desarrollarse entre el 1 de enero de 2026 y el plazo máximo de justificación.
  • Vía: registro telemático del IVACE, con certificado de representante de empresa emitido por la ACCV o entidad de la lista de confianza. Se puede autorizar a un tercero mediante el Registro de Representantes de la ACCV.

El modelo de solicitud está en el portal del IVACE; su tramitación supone la firma de la solicitud y sus anexos, y la aceptación de las bases.

El importe consignado puede variar cuando se publique la ley de presupuestos de la Generalitat para 2026, con aviso en el DOGV, y puede incrementarse con crédito sobrante de otras convocatorias.

Plazo3 de julio de 2026

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Texto completo de la convocatoria 2026 en castellano, publicado en la BDNSInstituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE)

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