DIGITALIZA-CV — proyectos de digitalización de pyme
Hasta el 45 % de un proyecto de industria 4.0, ERP, ciberseguridad o inteligencia artificial, con un techo de 175.000 €. Exige un presupuesto mínimo de 20.000 € y solo dos personas en plantilla.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pymes con sede social y establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y al menos dos personas por cuenta ajena o cooperativistas, en los CNAE de industria, transporte y programación
- Cuánto se cobra
- 45 % para pequeña empresa y 35 % para mediana, con un máximo de 175.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con evaluación de la memoria por el IVACE
- Presupuesto
- 8.400.000 €: 3.400.000 € iniciales más una ampliación de 5.000.000 €, línea S1000
- Organismo
- COMUNITAT VALENCIANA. Código BDNS 877211.
Objeto
Es la ayuda de referencia para digitalizar una pyme industrial valenciana. Financia la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras de digitalización de la actividad, en tres grandes bloques.
Sobre la denominación: la convocatoria se aprobó el 18 de diciembre de 2025 con cargo al presupuesto de 2025, pero su plazo se abrió el 15 de enero de 2026 y cerró el 3 de marzo de 2026. Es, en la práctica, la convocatoria de digitalización que estuvo viva en 2026.
a) Industria 4.0 y procesos productivos
Gemelos digitales, control de procesos, captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, robótica, diseño avanzado y sensorización. Entran expresamente:
- Realidad aumentada y virtual aplicadas a estas actuaciones.
- Control numérico, sistemas MES y SCADA, aplicaciones GMAO de mantenimiento preventivo.
- Robots industriales (norma ISO 8373) y sistemas de visión artificial.
- Almacenamiento y logística interna automatizados, incluidos AGV y robótica móvil integrados en el sistema de información.
- Fabricación aditiva e impresión 3D.
- Sensorización de productos, servicios o procesos, y controladores lógicos programables (PLC, PAC).
- Gestión del ciclo de vida: PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM, modelización, simulación y soporte remoto.
b) Gestión, cadena de valor y comercio electrónico
- ERP, SCM, MRP, inteligencia empresarial, big data, integración y minería de datos.
- CRM y comercio electrónico B2B o B2C que integre además facturación y logística.
- Aplicaciones de economía circular.
Quedan excluidos los marketplaces y los sistemas de comercialización de terceros.
c) Seguridad, datos e inteligencia artificial
Solo si están vinculados a actuaciones de los bloques a o b realizadas dentro del mismo proyecto: telecomunicaciones, computación en la nube, seguridad de la información, IoT e inteligencia artificial.
Beneficiarios
Pymes con sede social y establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud, que cuenten con al menos dos personas de personal propio por cuenta ajena o cooperativistas.
El cómputo de plantilla se hace con el recibo de liquidación de cotizaciones del segundo mes anterior a la solicitud. Las cooperativas que no puedan aportarlo presentan certificado del libro de socios acreditando que al menos dos personas son socias trabajadoras desde dos meses antes, más el recibo del RETA de ese mismo mes.
CNAE admitidos
| Sección | Divisiones |
|---|---|
| C, D, E y F | 10 a 43, excepto la clase 41.10 (promoción inmobiliaria) |
| H | 49 a 52 (transporte y almacenamiento) |
| M | 72 (investigación y desarrollo) |
Exclusión explícita que conviene comprobar antes de nada: no pueden ser beneficiarias las empresas cuya actividad principal sea el comercio, ni las financieras, inmobiliarias, de producción primaria agrícola, ni las de pesca y acuicultura. Un comercio que quiera digitalizarse tiene que ir a la orden de comercio, artesanía y consumo, no aquí.
Se aplican además las exclusiones sectoriales del Reglamento de minimis, incluidas las actividades vinculadas a las cantidades exportadas o a la explotación de una red de distribución.
Cuantía y costes
| Tamaño | Intensidad |
|---|---|
| Pequeña empresa | hasta el 45 % |
| Mediana empresa | hasta el 35 % |
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Subvención máxima | 175.000 € |
| Presupuesto subvencionable mínimo | 20.000 € |
| Techo de minimis | 300.000 € en tres años |
Solo puede presentarse un único proyecto por empresa, que puede abarcar una o varias de las actuaciones.
Costes que entran
- Activos inmateriales: licencias de software, desarrollo de aplicaciones a medida con instalación y asesoramiento, costes por uso de soluciones XaaS, y servidores en la nube y computación remota solo si se declaran íntegramente dedicados al proyecto.
- Activos materiales: hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, y bienes de equipo necesarios para poner en marcha las soluciones de industria 4.0.
- Servicios externos de asesoramiento técnico, consultoría y equivalentes para el diagnóstico, planificación o definición de la solución, con carácter previo a su implementación. El tope es el menor de estos dos: el 15 % del resto de costes o 20.000 €.
- Informe de revisión de la cuenta justificativa por auditor inscrito en el ROAC, hasta 600 € sin IVA, siempre que se haya incluido en el presupuesto de la solicitud.
Costes que no entran
- Renovaciones, cambios de versión o ampliaciones de software ya en uso en la empresa.
- Software de propósito general —sistemas operativos, gestión de redes, ofimática, correo, edición de imágenes— salvo que forme parte inseparable de otro activo subvencionado.
- Soluciones XaaS que consistan en contratar el acceso a bases de datos especializadas.
- Ordenadores personales, impresoras, terminales, displays, tabletas y consolas. Los servidores solo si están íntegramente dedicados o actúan como interfaz de captura de datos.
- Bienes y servicios de empresas vinculadas según el artículo 68.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- Impuestos indirectos recuperables e impuestos sobre la renta.
Los activos deben quedar instalados en el establecimiento productivo valenciano.
Plazos y permanencia
- Plazo de solicitud: del 15 de enero al 3 de marzo de 2026, hasta las 23:59:59. Casi siete semanas, una de las ventanas más largas del catálogo valenciano.
- Estado del proyecto al solicitar: no puede haber concluido materialmente ni estar ejecutado íntegramente antes de presentar la solicitud.
- Vía: electrónica en todas las fases, con certificado de representante de empresa —o de persona física para empresarios individuales— emitido por la ACCV o entidad de la lista de confianza. Se puede autorizar a un tercero mediante el Registro de Representantes de la ACCV.
Permanencia de cinco años
Las inversiones deben mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago. Se incumple si se produce:
- El cese —salvo quiebra no fraudulenta— o la relocalización de la actividad productiva fuera de la Comunitat Valenciana.
- Un cambio de titularidad que dé a una empresa u organismo público una ventaja indebida.
- Un cambio sustancial en la naturaleza, objetivos o condiciones de ejecución que menoscabe los objetivos originales.
Condiciones ambientales
El proyecto debe contar con certificado de no afección a la Red Natura, que tramita el propio IVACE, y cumplir los principios horizontales del artículo 9.4 del Reglamento (UE) 2021/1060, con el anexo de autoevaluación DNSH que se presenta junto a la solicitud.
El presupuesto, en dos tiempos
La convocatoria salió con 3.400.000 €. Un informe del Área de Empresas y Asociaciones del IVACE de 5 de febrero de 2026 concluyó que ese importe era insuficiente para atender con la máxima intensidad todas las solicitudes previsibles, y la Presidencia lo amplió en 5.000.000 €, hasta los 8.400.000 € que publica la BDNS.
El documento en castellano que la BDNS publica de esta convocatoria está escaneado y sin capa de texto. Los datos de esta ficha se han extraído de la versión oficial en valenciano del mismo expediente, que sí es legible.
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