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CórdobaModa · Mantenimiento y consolidación del sector de la moda

Hasta 3.000 € al 100 % del gasto para diseñadores, artesanos, joyeros y zapateros de la provincia de Córdoba. Con un suelo poco común: si el crédito se agota, la última ayuda concedida puede recortarse, pero nunca por debajo de 1.500 €.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas trabajadoras autónomas dadas de alta en el RETA y sociedades de responsabilidad limitada del sector de la moda de la provincia de Córdoba, con condición de pyme
Cuánto se cobra
Hasta el 100 % de los conceptos subvencionables del presupuesto aprobado, con un máximo de 3.000 € y un mínimo garantizado de 1.500 € en la última ayuda concedida
Procedimiento
Concurrencia competitiva
Presupuesto
100.000 €, con una cuantía adicional estimada de hasta 100.000 €
Organismo
DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA. Código BDNS 912918.

Qué actividades entran, y cuáles quedan fuera

La convocatoria acota el sector por epígrafes de actividad económica. Entran:

  • Diseño y confección de moda final.
  • Artesanía.
  • Complementos y productos de indumentaria humana: prendas de vestir, bolsos y similares, calzado, tocados y sombreros, gafas.
  • Joyería, relojería y bisutería.

Y hay dos exclusiones expresas que conviene comprobar en el epígrafe del cliente antes de nada:

  • Empresas dedicadas al arreglo de productos. Un taller de arreglos de ropa o una relojería de reparación no entran.
  • Epígrafes vinculados al ámbito del comercio. Vender moda no basta: hay que diseñarla, confeccionarla, manufacturarla, crearla, elaborarla, producirla o transformarla, aunque sea en alguna de sus fases, en la provincia de Córdoba.

Esa distinción entre producir y comerciar es la que decide la mayoría de los casos dudosos. Una tienda multimarca queda fuera; un taller que confecciona su propia línea, dentro.

El suelo de 1.500 € en la última ayuda

La cuantía puede llegar hasta el 100 % de los conceptos subvencionables del presupuesto aprobado, con un máximo de 3.000 €.

Lo interesante es cómo resuelve el corte: cuando las solicitudes satisfechas agoten el crédito, el importe de la última ayuda concedida podrá ser inferior a 3.000 €, pero en ningún caso inferior a 1.500 €.

Es decir, la convocatoria evita el reparto degradado que deja a los últimos con cantidades simbólicas: o se cobra al menos la mitad del máximo, o no se entra. Para el cliente que queda en la frontera, esto significa que la ayuda sigue siendo relevante aunque no sea completa.

El crédito inicial de 100.000 € da para unas 33 ayudas completas, ampliables con una cuantía adicional estimada en otros 100.000 €.

Solo autónomos y sociedades limitadas

El círculo de beneficiarios es el mismo que en Contratarte, la otra convocatoria de IPRODECO, y es igual de restrictivo:

  • Personas trabajadoras autónomas, que deben estar dadas de alta en el RETA.
  • Sociedades de responsabilidad limitada.

Y la exclusión es explícita: quedan expresamente fuera las sociedades civiles, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de entidad sin personalidad jurídica, así como las personas físicas socios industriales de sociedades regulares colectivas y comanditarias.

Conviene subrayar el contraste dentro del mismo organismo: Sabor a Córdoba sí admite comunidades de bienes, y ésta no. Dos convocatorias de IPRODECO, dos criterios opuestos sobre la misma figura jurídica. No se puede extrapolar de una a otra.

Hay que tener además la consideración de pyme conforme al anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, con la actualización de la Directiva Delegada (UE) 2023/2775.

Compatibilidad

Compatible con otras ayudas para la misma finalidad, con el límite del artículo 19 de la Ley General de Subvenciones. Y si después se obtiene otra incompatible, cabe renunciar a ésta reintegrando el importe percibido más los intereses de demora.

Plazo6 de julio de 2026

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Texto oficial

Convocatoria CórdobaModa 2026 de IPRODECO, texto íntegro publicado en la BDNSDocumentación complementaria de la convocatoriaFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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