Contratarte · Contratación indefinida en municipios cordobeses de menos de 50.000 habitantes
6.000 € por contratación indefinida, y se cobran por anticipado y sin aval: el 100 % se transfiere antes de justificar, en cuanto se dicta la resolución. Solo para autónomos y sociedades limitadas de la provincia de Córdoba, fuera de la capital.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Exclusivamente personas autónomas y sociedades de responsabilidad limitada con domicilio fiscal y actividad económica en municipios o entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba de menos de 50.000 habitantes
- Cuánto se cobra
- 6.000 € por beneficiario, como importe cierto y no como porcentaje del coste
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, sin reformulación de solicitudes
- Presupuesto
- 150.000 €, con una cuantía adicional estimada de hasta 100.000 €
- Organismo
- DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA. Código BDNS 913330.
6.000 € por anticipado y sin garantías
La cuantía es de 6.000 € por beneficiario, fijada como importe cierto y no como porcentaje del coste. La consecuencia, que la propia convocatoria recoge citando el artículo 32.2 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones: la diferencia de financiación necesaria para ejecutar la actividad queda por cuenta del beneficiario.
Lo que la hace destacar es la forma de pago: el 100 % de la subvención se transfiere como pago anticipado, con carácter previo a la justificación, en cuanto se emite la resolución de concesión y sin obligación de constituir garantía.
Para un autónomo o una sociedad limitada de un pueblo cordobés que se plantea un contrato indefinido, cobrar 6.000 € por adelantado y sin aval cambia la decisión: no hay que financiar la contratación durante meses a la espera de justificar.
Otra particularidad procedimental: no procede la reformulación de solicitudes del artículo 27 de la Ley General de Subvenciones. La solicitud es la que es; si se concede menos de lo pedido no hay ajuste posible de compromisos.
Quién puede pedirla: dos formas jurídicas y nada más
El círculo de beneficiarios es exclusivo y estrecho, y conviene comprobarlo antes que ninguna otra cosa:
- Personas autónomas.
- Sociedades de responsabilidad limitada.
Nada más. Quedan fuera cooperativas, sociedades anónimas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que en otras convocatorias cordobesas sí entran.
Además hay que cumplir ambos requisitos territoriales:
- Tener el domicilio fiscal en un municipio o ELA de la provincia de Córdoba de menos de 50.000 habitantes.
- Ejercer la actividad económica en ese mismo ámbito.
Y una exclusión que se pasa por alto: las actividades económicas de ámbito superior al provincial se entiende que no cumplen el requisito. Una empresa domiciliada en un pueblo cordobés pero con actividad declarada de ámbito nacional queda fuera.
La acreditación se hace con el Certificado de Situación Censal del IAE, en el que deben constar expresamente la dirección del local o establecimiento donde se desarrolla la actividad y el domicilio fiscal. Si la actividad se desarrolla fuera de local, se atiende al municipio o ELA correspondiente.
Compatibilidad y qué hacer si llega otra ayuda incompatible
La subvención es compatible con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, con el límite general del artículo 19 de la Ley General de Subvenciones: el conjunto no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
La convocatoria prevé además un supuesto concreto y da la salida: si después de obtener esta subvención se resulta beneficiario de otra que sea incompatible, se puede renunciar a la de IPRODECO reintegrando el importe percibido más los intereses de demora.
Es una previsión útil cuando se están tramitando en paralelo varias ayudas a la contratación —autonómicas, provinciales y municipales— y no se sabe cuál llegará primero: cobrar ésta no bloquea la otra, aunque salir cuesta los intereses.
El plazo máximo para resolver y publicar es de seis meses desde el fin del plazo de presentación, y el silencio es desestimatorio.
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Convocatoria Contratarte 2026 de IPRODECO, texto íntegro publicado en la BDNSDocumentación complementaria de la convocatoriaFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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