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CHP — Cheque Micro Proyectos: pruebas de concepto, I+D+i y diseño de producto

El 50 % de un proyecto corto de I+D+i o de diseño industrial de producto, hasta 60.000 € de gasto. Permite imputar personal propio calculado como el 20 % de la nómina del último impuesto, sin partes de horas.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Pymes y grandes empresas que exploten el resultado en establecimientos operativos de La Rioja
Cuánto se cobra
50 % del gasto, con un máximo de 60.000 € en pruebas de concepto e I+D+i y de 30.000 € en diseño de producto
Procedimiento
Concesión directa, resuelta por orden de registro de entrada hasta agotar el crédito
Presupuesto
800.000 €: 780.000 € en el tramo de minimis general y 20.000 € en el de pesca
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 898747.

Objeto

Cheque del Programa Cheque de Innovación de ADER para proyectos de I+D+i de corta duración o gasto limitado. Cubre dos tipos de actuación:

ChequeGasto máximoAyuda máxima
Pruebas de concepto y proyectos de I+D+i60.000 €30.000 €
Diseño de producto30.000 €15.000 €

Es el escalón intermedio del catálogo: por encima del Cheque Asistencia, que solo paga consultoría con topes de 4.000 a 10.000 €, y por debajo de la línea IDI, pensada para proyectos de I+D grandes.

Bases reguladoras: Orden EIE/69/2024, de 27 de septiembre (BOR núm. 192, de 2 de octubre de 2024).

Pruebas de concepto y proyectos de I+D+i

Qué proyectos entran

  • Pruebas de concepto: pruebas rápidas de verificación, enfoque o validación de métodos, ideas o tecnologías —disruptivas o incrementales— para anticipar con el mínimo riesgo si son susceptibles de desarrollo o explotación útil.
  • Proyectos de investigación y desarrollo: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas para definir productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Incluye prototipos, demostración, proyectos piloto, ensayo y validación en laboratorio o en condiciones reales.
  • Proyectos de innovación tecnológica: métodos o sistemas de producción, suministro o logística nuevos o significativamente mejorados, y nuevos sistemas organizativos para la integración e interconectividad horizontal, vertical, interna y externa de procesos, productos y servicios.

No se subvencionan las modificaciones habituales o periódicas de productos, líneas de producción, procesos de fabricación o servicios existentes, aunque supongan mejoras.

El proyecto debe plantear novedad para la empresa y un salto cualitativo respecto a su situación de partida. En la evaluación pesan la necesidad, el equilibrio y la viabilidad.

Diseño de producto

Proyectos de diseño de producto de carácter industrial que planteen novedad, y que pueden afectar a la función, la ergonomía y la estética del producto diseñado.

Qué se puede imputar como asistencia

  • Costes de diseño y desarrollo externo.
  • Estudios y análisis de tendencias.
  • Prototipado y fabricación de primeros moldes y utillajes a escala prototipo.
  • Patentes y modelos de utilidad.

Lo que queda fuera

  • Diseño de hardware, software, servicios y formulaciones.
  • Packaging: solo se subvenciona el que afecta a la función del producto.
  • Diseño de etiquetas, en ningún caso.

Cuantía y el cálculo del personal propio

Tipo fijo del 50 %, con un gasto mínimo subvencionable de 5.000 € y estos topes:

ConceptoPruebas de concepto e I+D+iDiseño de producto
Gasto total máximo60.000 €30.000 €
Consultoría experta externa14.500 €14.500 €
Costes de personal45.500 €15.500 €

Cómo se calculan los costes de personal

No se justifican con partes de horas. El coste de personal subvencionable es el 20 % de la suma de «Sueldos, salarios y asimilados» y «Seguridad Social a cargo de la empresa» del apartado de gastos de personal del último Impuesto sobre Sociedades cerrado a la fecha de la solicitud. En personas físicas, el 20 % de esos mismos campos dentro de los «Gastos fiscalmente deducibles» de los rendimientos de actividades económicas del último IRPF cerrado.

Hay que aportar ese impuesto antes de la aprobación. Si el cálculo da cero —por ejemplo, un autónomo sin asalariados—, no se puede imputar personal: solo cabe la consultoría externa, con sus mismos topes.

Es una fórmula automática: la empresa con nómina relevante puede llevarse hasta 45.500 € de coste de personal a la subvención sin llevar imputación horaria. Merece la pena hacer el cálculo del 20 % antes de dimensionar el proyecto.

La consultoría experta externa comprende asesoramiento, consultoría, asistencia y formación, incluido el acompañamiento para detectar y poner en marcha los micro-proyectos.

La memoria técnica

Se presenta en fase de aprobación y su contenido mínimo es:

  1. Título del proyecto.
  2. Breve descripción de la empresa: actividad, características, organización y áreas, normas certificadas vigentes, procesos, productos y servicios, recursos, mercado y posicionamiento, tecnologías y patentes.
  3. Descripción del proyecto: objetivos generales y técnicos; descripción del nuevo producto, servicio, proceso, piloto o concepto; novedad e innovación aportada; dificultades previstas y tecnologías a aplicar; otros proyectos relacionados; plan de trabajo y cronograma; colaboraciones externas; profesionales de la empresa que trabajarán en el proyecto; explotación prevista de los resultados y posible patentación.

De cada profesional ubicado en centros de trabajo de La Rioja hay que indicar solo el perfil, las funciones y tareas y el número de horas de dedicación. Pueden imputarse investigadores, técnicos y personal auxiliar; en diseño de producto, diseñadores y desarrolladores, técnicos y personal auxiliar.

Quién puede solicitarla

Pymes y grandes empresas, personas físicas o jurídicas. El resultado debe implantarse o explotarse en establecimientos operativos de La Rioja, lo que se acredita con el alta en el censo de actividades económicas de ese establecimiento. Participación individual.

Se admite una solicitud por beneficiario, y cada solicitud incluye una única actuación.

Exclusiones

  • Asociaciones, federaciones, confederaciones, agrupaciones empresariales, sindicatos, colegios profesionales, entidades deportivas, consorcios, universidades y entidades del sector público.
  • Sociedades civiles, salvo las Sociedades Agrarias de Transformación.
  • Comunidades de bienes.
  • Producción agrícola primaria, salvo que también transformen o comercialicen al por mayor.
  • Empresas cuya actividad principal esté en el CNAE 47 o el CNAE 95.

Tampoco se subvencionan las actividades de asesoramiento periódico o de mantenimiento, ni las facturas de menos de 300 €.

Cómo y cuándo solicitar

Plazo

Desde la publicación del extracto en el BOR, a las 9:00 horas, hasta el 11 de diciembre de 2026 a las 14:00 horas.

Documentación

Con la solicitud, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la orden reguladora, hay que aportar el Impuesto de Sociedades del último ejercicio cerrado —o el IRPF si es persona física— en dos supuestos: cuando se piden gastos de personal y cuando la empresa desarrolla como actividad secundaria algo del CNAE 47 o 95. En fase de justificación, la documentación general del artículo 22.2.

Tramitación y reparto

Solo telemática, con credencial previa obtenida por firma digital en la sede electrónica de ADER. Las solicitudes se resuelven por orden de registro de entrada, siempre que el expediente esté completo para poder valorarlo, hasta agotar el crédito.

El crédito se abona en las anualidades 2027 y 2028: 300.000 € y 480.000 € en el tramo general, y 20.000 € en 2028 en el de pesca.

Cierra en11 de diciembre de 2026

104 días

Fecha publicada en el boletín, no estimada.

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Texto oficial

Texto completo de la convocatoria 2026 publicado en la BDNSBases reguladoras: Orden EIE/69/2024, de 27 de septiembre (BOR núm. 192, de 2 de octubre de 2024)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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