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SEPE Melilla: centros especiales de empleo 2026 (inversión, coste salarial, adaptación de puestos y unidades de apoyo)

Solo para Melilla, aunque la convoque el Estado: si tienes un centro especial de empleo inscrito en Melilla, el SEPE te paga el 50 % o más del salario mínimo por cada trabajador con discapacidad, hasta 12.000 € de inversión por cada nuevo indefinido, hasta 1.800 € por adaptar un puesto y 1.440 € al año por cada trabajador atendido por la unidad de apoyo. Se pide mes a mes, dentro del mes siguiente a cada hecho. Hay 536.120 € para todo 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 860506

Lo esencial

Quién puede pedirla
Centros especiales de empleo con personalidad jurídica propia inscritos en el registro del SEPE en Melilla, o las entidades titulares de esos centros, con al menos un 70 % de la plantilla formada por personas con discapacidad (sin contar al personal sin discapacidad de los servicios de ajuste personal y social)
Cuánto se cobra
Cuatro líneas: coste salarial, del 50 % al 60 % del salario mínimo interprofesional por trabajador con contrato indefinido (40 % o 50 % si es temporal); inversión fija ligada a nuevos indefinidos, hasta 10.000 o 12.000 € por contrato y hasta el 70 % de la inversión, con un máximo de cinco contratos; adaptación del puesto, hasta 1.800 €; y unidades de apoyo, 1.440 € al año por trabajador con especiales dificultades
Procedimiento
Concesión directa. No hay concurso: se resuelve cada solicitud según llega, en un pago único, mientras haya crédito; las que se queden sin crédito pasan al año siguiente manteniendo su orden
Presupuesto
536.120 € como máximo estimado para 2026, con cargo a la partida 19.101.241A.472.00 del SEPE, condicionados a que el crédito exista y sea suficiente. Coincide con la BDNS. Las solicitudes que se queden sin crédito se atienden el año siguiente sin nuevo trámite
Organismo
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Código BDNS 860506.

Estatal en el papel, solo para Melilla

La convoca la Dirección Provincial del SEPE en Melilla, porque en Ceuta y Melilla las políticas de empleo no están transferidas y las gestiona el Estado. Por eso aparece en la BDNS como estatal. Pero el texto lo dice sin rodeos: ámbito territorial exclusivo en la Ciudad de Melilla, y el centro tiene que estar inscrito en el registro del SEPE en Melilla.

Es el mismo programa que en el resto de España pagan las comunidades autónomas a sus centros especiales de empleo.

Las cuatro ayudas, una por una

1. Coste salarial

Una parte del salario de cada trabajador con discapacidad, calculada sobre el salario mínimo interprofesional y por días efectivamente trabajados (mes de 30 días; pagas extra, vacaciones y descansos retribuidos incluidos):

TrabajadorIndefinidoTemporal
Con mayores dificultades: parálisis cerebral, trastorno de salud mental o discapacidad intelectual —autismo incluido— desde el 33 %, o discapacidad física o sensorial desde el 65 %55 % del SMI; 60 % si es mujer o mayor de 4550 %
Discapacidad física o sensorial por debajo del 65 %50 % del SMI como mínimo40 %

Requisitos: salario de convenio y nunca por debajo del SMI, pagado por transferencia (el efectivo no vale), y el trabajador de alta en el mes que se pide.

2. Inversión fija por creación de empleo indefinido

Por cada nuevo contrato indefinido, o conversión de temporal en indefinido, con una persona con discapacidad: hasta 10.000 € (discapacidad física del 33 al 65 %) o hasta 12.000 € (mayores dificultades), sin pasar del 70 % de la inversión ni del coste real. Proporcional a la jornada. Valen el acondicionamiento de locales, instalaciones, mobiliario, vehículos para el transporte de la plantilla y la actividad, maquinaria, equipos informáticos y de oficina e inmateriales TIC. Máximo cinco contratos por centro y convocatoria. Es compatible con el coste salarial.

3. Adaptación del puesto

Hasta 1.800 € por puesto: adaptación, accesibilidad, equipos de protección y eliminación de barreras. Hace falta un informe favorable de la Inspección de Trabajo, del servicio de prevención o de los servicios sociales. Los activos tienen que ser nuevos y no en leasing.

4. Unidades de apoyo a la actividad profesional

1.440 € al año por cada trabajador con especiales dificultades, indefinido o con contrato de seis meses o más, proporcional a jornada y duración. La unidad tiene que cumplir la composición mínima del Real Decreto 469/2006, con técnicos y encargados indefinidos, y una vacante sin cubrir en un mes deja de ser subvencionable el resto del año.

Cuándo se pide: el mes siguiente a cada hecho

No hay una ventana común. Cada línea tiene su reloj, y es de un mes:

  • Inversión: desde el día siguiente a firmar el indefinido o convertir el temporal.
  • Coste salarial y unidades de apoyo: desde el pago, en plazo voluntario, de las cotizaciones del mes que corresponda. En la práctica, una solicitud al mes.
  • Adaptación: desde el día siguiente a pagar el gasto.

Todo por el registro electrónico del SEPE, con firma electrónica en formato AdES y cada documento firmado por separado, sin unirlo a otros. La solicitud fuera de plazo se inadmite.

Con la solicitud y su documentación se entiende justificada la ayuda: el SEPE resuelve en un máximo de seis meses y paga en un pago único. Si no hay crédito, la solicitud pasa al año siguiente manteniendo su turno.

Las trampas

  • Tres ofertas antes de comprometer el gasto si la inversión pasa de 40.000 € en obra o de 15.000 € en bienes de equipo, salvo que el gasto sea anterior a la solicitud o no haya proveedores suficientes. Si no eliges la más barata, hay que justificarlo en una memoria.
  • Cada contrato con ayuda a la inversión tiene que suponer un incremento neto de la plantilla fija con discapacidad, y hay que mantener el empleo dos años, sustituyendo con un contrato idéntico si hay baja.
  • Para la inversión se piden facturas y justificantes de pago con la solicitud: la inversión se hace primero y se cobra después.
  • Se exige el 70 % de plantilla con discapacidad; bajar de ahí deja al centro sin la condición de beneficiario.
  • Cartel obligatorio en lugar visible con la financiación del SEPE, según el modelo del anexo IV.

La BDNS registra el plazo como del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, que es el ejercicio de la convocatoria. Lo que de verdad cuenta es el mes de cada hecho causante: un coste salarial de un mes que se deja pasar no se recupera.

Para qué cliente

Centro especial de empleo de Melilla —lavandería, limpieza, jardinería, manipulados, conserjería, reprografía— o la entidad que lo gestiona. La línea salarial es la que sostiene el modelo; la de inversión merece la pena cuando se va a crecer en plantilla indefinida.

A quién no

  • A un centro de cualquier otra comunidad: tiene su propia convocatoria autonómica.
  • A una empresa ordinaria que contrata a personas con discapacidad: para eso el SEPE de Melilla tiene otra convocatoria, la de mercado ordinario.
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Texto oficial

Resolución de 3 de octubre de 2025 de la Dirección Provincial del SEPE en Melilla que aprueba la convocatoria 2026 del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado protegido, texto en la BDNSOrden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, bases reguladoras de los programas de políticas activas de empleo del SEPEFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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