CEETA · Autónomos y pymes afectados por las inundaciones
2.000 € a tanto alzado por autónomo y 3.500 € por cada jornada completa de plantilla mantenida, hasta 35.000 €. Es el mayor programa de apoyo al autónomo andaluz de 2026 y no exige justificar gasto: se cobra por mantener la actividad.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas trabajadoras autónomas y pymes con domicilio de actividad en los municipios y zonas afectados por las incidencias meteorológicas, recogidos en los anexos I y II de la orden
- Cuánto se cobra
- 2.000 € a tanto alzado por autónomo, más 3.500 € multiplicados por el factor de actividad subvencionable por el mantenimiento del empleo, con un máximo de 35.000 € por beneficiario y modalidad
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva
- Presupuesto
- 50.000.000 € entre las nueve convocatorias hermanas: 34.200.000 € y dos de 1.900.000 € en la Línea 1; 9.000.000 € y dos de 500.000 € en la Línea 2; 1.800.000 € y dos de 100.000 € en la Línea 3
- Organismo
- ANDALUCÍA. Código BDNS 897913.
Qué es y por qué importa
Es la respuesta de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (CEETA) a las incidencias meteorológicas que golpearon Andalucía: paga a autónomos y pymes por mantener la actividad y el empleo en los municipios afectados.
Lo que hace excepcional a esta convocatoria para una consultoría es que no financia un gasto. No hay facturas que reunir ni inversión que acometer: se cobra por seguir abierto y por conservar la plantilla. Es, en la práctica, dinero por lo que el cliente ya iba a hacer, que es exactamente el perfil de ayuda con el que más se rentabiliza el trabajo de asesoría.
La orden distingue expresamente que estas ayudas no se solapan con las estatales del Real Decreto-ley 5/2026: aquellas sufragan daños materiales en establecimientos e inmuebles, y estas el mantenimiento de la actividad y el empleo. Son conceptos distintos y por tanto acumulables.
Las tres líneas y sus modalidades
El programa se despliega en tres líneas, cada una con su ámbito territorial, y dentro de cada una en modalidades A (autónomo) y B (empleo asalariado). Por eso aparece nueve veces en la BDNS: es un solo programa.
| Línea | Territorio |
|---|---|
| Línea 1 | Municipios y zonas del anexo I: el I.A recoge municipios afectados de 15.000 habitantes o menos —más Ubrique—, y el I.B las zonas afectadas de municipios de más de 15.000 |
| Línea 2 | Municipios y zonas del anexo II |
| Línea 3 | Permite concurrir desde otros municipios, acreditando la condición de beneficiario de la ayuda estatal del artículo 21 del Real Decreto-ley 5/2026 |
La zonificación de los municipios grandes es el detalle que decide muchos expedientes: en un municipio de más de 15.000 habitantes no basta con estar en el término, hay que estar en la zona listada. En los pequeños entra el municipio entero, y por eso se incluyó Ubrique completo pese a superar el umbral: toda su área quedó afectada.
Una misma persona no puede ser beneficiaria de las modalidades 1.A y 3.A a la vez.
Cuánto se cobra
Modalidad A · mantenimiento de la actividad del autónomo
Cantidad a tanto alzado de 2.000 €.
Si la persona autónoma está acogida al cese de actividad según la base de datos de la Seguridad Social, se descuentan 200 € por cada mes completo en esa situación dentro del periodo de mantenimiento.
Modalidad B · mantenimiento del empleo asalariado
El importe es el factor de actividad subvencionable multiplicado por 3.500 €, con un máximo de 35.000 € por beneficiario y por cada una de las modalidades B.
Si hay un ERTE por fuerza mayor autorizado y relacionado con los fenómenos meteorológicos, se descuenta el factor de actividad multiplicado por 350 € por cada mes completo en esa situación.
Qué es el factor de actividad
Es el promedio de jornadas completas de la plantilla, con tres decimales:
- Factor subvencionable: promedio calculado entre el 1 y el 31 de enero de 2026. Es el que multiplica los 3.500 €.
- Factor mantenido: promedio entre el 1 de febrero y el 30 de noviembre de 2026, que es el periodo de mantenimiento. No computan los meses con ERTE por fuerza mayor autorizado.
La cuenta práctica: una pyme con cuatro jornadas completas en enero opta a 14.000 € por la modalidad B, más los 2.000 € del titular si es autónomo. Para llegar al tope de 35.000 € hacen falta diez jornadas completas. Y como el factor se mide sobre enero de 2026, la plantilla de esa foto es la que manda: no mejora contratando después.
Topes de minimis
| Régimen | Reglamento | Umbral |
|---|---|---|
| General | (UE) 2023/2831 | 300.000 € |
| Agrícola | (UE) 1408/2013 | 50.000 € |
Plazos y quién puede pedirla
Pueden ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas y las pymes que cumplan los requisitos.
Plazos, distintos según la línea
| Línea | Cierre |
|---|---|
| Líneas 1 y 2 | 30 de junio de 2026 |
| Línea 3 | 5 de octubre de 2026 |
La Línea 3 tiene más plazo por un motivo concreto: exige acreditar la condición de beneficiario de la ayuda estatal del Real Decreto-ley 5/2026, cuyo propio plazo terminaba el 30 de junio de 2026 y cuya resolución llega hasta tres meses después.
Ese encadenamiento es la clave para un cliente que esté fuera de los anexos: primero hay que tener resuelta la ayuda estatal y después acudir a la Línea 3 con ella en la mano. Quien no iniciara el trámite estatal en plazo se queda sin las dos.
El periodo que hay que aguantar
El periodo de mantenimiento va del 1 de febrero al 30 de noviembre de 2026. Durante esos diez meses el beneficiario debe cumplir y mantener las obligaciones de la orden; el porcentaje de mantenimiento —factor mantenido dividido entre factor subvencionable— es lo que se comprobará después.
El procedimiento es de concurrencia no competitiva: no se compite por puntuación, se cobra por cumplir los requisitos.
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