Bonificación del tipo de interés de préstamos de inversión de autónomos
Dos puntos de interés menos durante tres años en el préstamo con el que el autónomo financia su inversión, y dos y medio si tiene menos de 45 años. El dinero no llega al bolsillo: va directo a amortizar principal. Condición ineludible: el préstamo tiene que estar avalado por AvalCanarias.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Autónomos de alta en el RETA u otro régimen por cuenta propia y mutualistas, con domicilio fiscal y actividad en Canarias, con un préstamo de inversión avalado por AvalCanarias SGR
- Cuánto se cobra
- 2 puntos porcentuales anuales de bonificación, 2,5 puntos para menores de 45 años, durante un máximo de 3 años, sobre un principal de hasta 500.000 €
- Procedimiento
- Concurrencia no competitiva, por orden de presentación hasta agotar el crédito
- Presupuesto
- 600.000 €, aplicación presupuestaria 15.19.241K.470.02, línea de actuación 154G2662 «Incentivos Financieros para autónomos. Bonificación tipo de interés»
- Organismo
- CANARIAS. Código BDNS 916339.
Objeto
Es una línea nueva de 2026 —las bases son la Orden n.º 54 de 17 de junio de 2026— y viene a cubrir un hueco: el autónomo que invierte con financiación bancaria paga intereses que ninguna ayuda a fondo perdido le compensa.
El mecanismo es peculiar y conviene entenderlo antes de nada: la subvención no se cobra, se aplica. El importe se calcula como si el tipo de interés bajara dos puntos, se paga de una sola vez, y la entidad colaboradora lo transfiere directamente al banco para amortizar anticipadamente principal. El autónomo no recibe dinero: recibe una deuda menor.
A pesar de que la Base de Datos Nacional de Subvenciones no recoge fecha de cierre, la convocatoria sí la fija: el plazo termina el 30 de octubre de 2026. Sigue abierta.
Cuantía
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Bonificación general | 2 puntos porcentuales anuales sobre el tipo fijado por la entidad financiadora |
| Solicitante menor de 45 años en la fecha de formalización del préstamo | 2,5 puntos porcentuales anuales |
| Duración de la bonificación | Máximo 3 años desde la formalización del préstamo |
| Principal máximo del préstamo | 500.000 € por solicitante |
La reducción se aplica al capital efectivamente dispuesto y destinado a la inversión subvencionable, no al principal nominal. Y no puede superar en ningún caso los intereses efectivamente devengados: si el tipo del préstamo es inferior al 2 %, la ayuda se queda en lo que realmente se pague.
Pago único, con destino obligatorio a la amortización anticipada del principal. La entidad colaboradora tiene un mes desde la resolución de concesión para transferir el importe a la entidad financiera.
La condición que lo decide todo: AvalCanarias
Sin esto no hay ayuda, por buena que sea la inversión. El préstamo debe estar avalado por AvalCanarias, Sociedad de Garantía Recíproca, mediante contrato de garantía vinculado al préstamo concreto para el que se pide la subvención.
Las bases lo dicen sin matices: «en ningún caso serán subvencionables préstamos no avalados por AvalCanarias SGR» ni los formalizados al margen de sus instrumentos de colaboración.
Además, el préstamo tiene que venir de una entidad que haya suscrito convenio de colaboración con AvalCanarias. Cuentan como entidades financiadoras las entidades de crédito, los establecimientos financieros de crédito y cualquier otra sociedad o vehículo financiero que preste con aval de AvalCanarias en virtud de convenio.
AvalCanarias es también la entidad colaboradora designada para gestionar las subvenciones y distribuir los fondos. Con la solicitud hay que aportar su informe de aval favorable.
En la práctica, esto invierte el orden de trabajo habitual: hay que pasar primero por AvalCanarias y montar la operación avalada, y solo después pedir la subvención. Quien ya tenga un préstamo formalizado en 2026 con otro banco y sin aval no puede reconducirlo.
Qué inversiones cuentan
Los gastos deben responder «de manera indubitada» a la naturaleza de la actividad y ser necesarios para su desarrollo.
Inmovilizado material, excepto terrenos y edificaciones
- Reforma y acondicionamiento de inmuebles afectos a la actividad.
- Instalaciones afectas exclusivamente a la actividad.
- Mobiliario, maquinaria y utillaje.
- Equipos informáticos y de oficina.
- Otros activos fijos materiales directa y exclusivamente vinculados a la actividad.
Vehículos: la letra pequeña
Solo entran los vehículos industriales o comerciales directa y exclusivamente vinculados a la actividad. Quedan fuera:
- Los destinados al transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena.
- Los vehículos cuyo código de clasificación en la ficha técnica empiece por 03, 04, 06 o 10 (anexo II.B del Real Decreto 2822/1998, Reglamento General de Vehículos).
Sí entran, expresamente, los turismos con taxímetro destinados al servicio público de viajeros y los automóviles para el transporte de personas enfermas o accidentadas.
Inmovilizado intangible y gastos de primer establecimiento
- I+D, propiedad industrial e intelectual.
- Cánones de entrada de concesiones administrativas o de franquicias.
- Honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra; notaría, registro y otros honorarios profesionales.
- Publicidad y propaganda.
- Creación y diseño de web, aplicaciones y otros desarrollos informáticos.
- Tasas y licencias públicas.
Quedan excluidas las inversiones que correspondan o se integren en la actividad de una persona jurídica distinta del solicitante, aunque este participe en ella. Es un punto sensible para el autónomo que además es socio de una sociedad.
Qué préstamos entran: solo 2026, y sin amortizar
Dos condiciones temporales que hay que leer juntas:
- El préstamo debe estar formalizado entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de solicitudes. La convocatoria es explícita: «en ningún caso serán objeto de subvención préstamos formalizados con anterioridad al 1 de enero de 2026».
- El préstamo debe estar formalizado antes de presentar la solicitud, y no puede estar totalmente amortizado en ese momento. Tiene sentido: si no queda principal, no hay nada que amortizar anticipadamente.
La convocatoria tiene carácter retroactivo declarado: se aplica a préstamos formalizados desde el 1 de enero de 2026 aunque sea antes de que se abriera el plazo.
Quién puede solicitarla y cómo
Autónomos de alta en el RETA o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia, y mutualistas. En el momento de la solicitud:
- Domicilio fiscal en Canarias.
- Desarrollar la actividad económica en Canarias durante el periodo subvencionado.
- Estar al corriente con Hacienda estatal, autonómica y Seguridad Social.
Tramitación
- Plazo: desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC hasta el 30 de octubre de 2026.
- Vía obligatoria: procedimiento 10934 de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. El procedimiento es íntegramente electrónico en todas sus fases, incluidas las notificaciones.
- Documentación específica: informe de aval favorable de AvalCanarias SGR correspondiente al préstamo concreto.
- Se resuelve por orden de presentación de solicitudes completas hasta agotar los 600.000 €.
La Dirección General de Autónomos puede requerir documentación complementaria y realizar inspección in situ si aprecia indicios de incumplimiento.
Plazo sin fecha publicada
Fecha estimada a partir de convocatorias anteriores.
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