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Ayudas directas de Hacienda a empresas y autónomos afectados por los temporales de 2026 en Andalucía y Extremadura

Hacienda pagó 5.000 € a cada autónomo, y de 10.000 a 150.000 € a cada sociedad, con negocio en los municipios de Andalucía y Extremadura más castigados por los temporales de principios de 2026. No era una ayuda para toda España: solo para las zonas que fijó el Gobierno. Y el plazo acabó el 30 de junio de 2026.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 931757

Lo esencial

Quién puede pedirla
Autónomos, comunidades de bienes y sociedades que, entre el 1 de enero de 2026 y el 20 de febrero de 2026, tuvieran su domicilio fiscal, su establecimiento o sus inmuebles afectos a la actividad en Grazalema, Dúdar o Benaoján —cualquier actividad—, o en los municipios y zonas de Andalucía y Extremadura desalojados o gravemente dañados que determinó el Ministerio de Política Territorial —solo comercio minorista, restauración y hospedaje, agrupaciones 64 a 68 del IAE—. Quedaban fuera las actividades agrícolas, forestales, ganaderas y pesqueras, que tenían sus propias ayudas
Cuánto se cobra
Importe fijo: 5.000 € por empresario o profesional persona física. Sociedades y comunidades de bienes, según su volumen de operaciones de 2025: 10.000 € hasta 1 millón; 20.000 € hasta 2 millones; 40.000 € hasta 6 millones; 80.000 € hasta 10 millones; 150.000 € por encima
Procedimiento
Concesión directa y automática: formulario en la sede de la Agencia Tributaria con declaración responsable, y pago por transferencia, que hace las veces de notificación. No está sujeta a la Ley General de Subvenciones
Presupuesto
120.000.000 € de crédito extraordinario ampliable, según el propio real decreto-ley. Coincide con la BDNS
Organismo
MINISTERIO DE HACIENDA. Código BDNS 931757.

Estatal, pero solo para dos comunidades

La gestiona la Agencia Tributaria y sale en la BDNS como ayuda del Estado, pero el propio real decreto-ley la limita a municipios concretos de Andalucía y Extremadura. Un negocio de cualquier otra comunidad no tenía nada que pedir aquí.

Había tres casos:

  • Grazalema, Dúdar y Benaoján: cualquier actividad empresarial o profesional, salvo las agrarias, forestales, ganaderas o pesqueras.
  • Municipios de hasta 5.000 habitantes parcialmente desalojados, con evacuados o con daños graves reconocidos: solo comercio minorista, restauración y hospedaje (agrupaciones 64 a 68 del IAE).
  • Municipios de más de 5.000 habitantes: esas mismas actividades, y solo si el local estaba en la zona concreta desalojada o dañada, con certificado del ayuntamiento visado por la Subdelegación del Gobierno.

Cómo funcionaba

  • Había que estar de alta en el censo de empresarios entre el 1 de enero de 2026 y la entrada en vigor del real decreto-ley, y haber presentado la renta o el impuesto de sociedades de 2024 con actividad; quien se dio de alta en 2025, cualquier declaración de IVA, pagos fraccionados o retenciones de 2025.
  • Se pedía con un formulario en la sede de la Agencia Tributaria, con la cuenta bancaria y una declaración responsable de haber sufrido desalojos, evacuaciones, inundaciones u otras circunstancias graves.
  • El pago, desde el 19 de marzo de 2026, por transferencia: recibirla era la notificación de la concesión.
  • Si Hacienda veía un incumplimiento con sus propios datos, el justificante del formulario ya traía una propuesta de denegación con quince días para alegar.
  • Sin pago en tres meses desde el fin del plazo, silencio negativo.

La trampa, para quien la cobró: Hacienda puede comprobar después y reclamar la ayuda con intereses si algún requisito no se cumplía. Guardar la prueba del desalojo o de los daños y el certificado municipal no es opcional.

Por qué sigue esta ficha

El plazo terminó el 30 de junio de 2026. La ficha se queda porque la fórmula —importe fijo para autónomos, escala por facturación para sociedades, formulario en la sede de Hacienda y pago automático— es la que el Gobierno viene usando en cada catástrofe, y conviene reconocerla rápido la próxima vez.

El mismo real decreto-ley habilitó además un tramo de avales de hasta 250 millones de euros del Ministerio de Economía, hasta el 31 de diciembre de 2026, para financiar la reconversión de empresas y autónomos de las localidades afectadas, con condiciones a fijar por Acuerdo del Consejo de Ministros. No es una subvención, pero para esos clientes sigue viva.

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