Asesoramiento técnico en protección de los vegetales a través de las ATESVE
1,55 millones de euros para que las agrupaciones técnicas de sanidad vegetal presten asesoramiento fitosanitario gratuito a las explotaciones asociadas. La solicita la ATESVE; el beneficiario final es el agricultor. Quien no está asociado puede recibir el servicio pagándolo.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal (ATESVE) reconocidas y activas conforme al Decreto 69/2016. Beneficiarios finales: titulares de explotaciones agrícolas que sean pyme, inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias
- Cuánto se cobra
- Financia el coste del asesoramiento técnico prestado por la agrupación, conforme al artículo 3.3 de la Orden de 17 de octubre de 2023
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva, con cinco criterios objetivos sobre 52 puntos
- Presupuesto
- 1.550.000 € con cargo a la anualidad 2026, aplicación presupuestaria 120020000 G/312A/47000, proyecto 20060048. Coincide con la cifra registrada en la BDNS. Ampliable hasta un 20 % antes de resolver
- Organismo
- EXTREMADURA. Código BDNS 880343.
Cómo llega el dinero al agricultor
Es una ayuda de servicio, no de dinero directo. Lo que se financia es el asesoramiento fitosanitario que la agrupación presta a sus socios, más el mantenimiento de redes de alerta y vigilancia fitosanitaria y la realización de trabajos innovadores en sanidad vegetal que mejoren el comportamiento ambiental de las explotaciones.
- Solicitan las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal (ATESVE) reconocidas oficialmente por el Decreto 69/2016 y activas en la fecha de publicación de la convocatoria.
- Los beneficiarios finales son los titulares de explotaciones agrícolas con condición de pyme según el anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472, inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Junta y que cumplan el artículo 12 de la Ley 6/2011.
El asesoramiento debe versar sobre uno de los cultivos del anexo I de las bases reguladoras.
Quien no está asociado
La convocatoria lo contempla expresamente, y conviene saberlo al asesorar: los agricultores no afiliados a ninguna agrupación también pueden solicitar el asesoramiento técnico, siempre que reúnan los requisitos, asumiendo en ese caso el coste del servicio. Es decir, tienen acceso al servicio pero no a la subvención. Para una explotación con problema fitosanitario recurrente, integrarse en la ATESVE de su cultivo es lo que convierte ese coste en gratuito.
Cómo se puntúa
Concurrencia competitiva con un máximo de 52 puntos, según los criterios del artículo 6 de la Orden de 17 de octubre de 2023. El baremo premia cubrir más superficie y más agricultores de lo mínimo exigido, y la estabilidad del técnico.
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Superficie total asesorada, medida como porcentaje sobre la superficie de referencia del anexo I: 1 punto por debajo del 125 %, 2 hasta el 150 %, 3 hasta el 175 %, 4 hasta el 200 % y 5 a partir del 200 % | hasta 5 |
| Número de titulares asesorados, con la misma escala de porcentajes | hasta 5 |
| Técnico asesor de gestión integrada de plagas con contrato todo el año natural: 5 puntos. Con jornada semanal de 37,5 horas o más: 3 puntos | hasta 5 |
| Junta de Gobierno paritaria —ningún sexo por debajo del 40 %—: 3 puntos. Presidencia ocupada por mujer: 2. Secretaría ocupada por mujer: 1 | hasta 6 |
| Que la persona técnico asesora contratada sea mujer: 3 puntos con contrato anual, 2 con jornada de 37,5 horas o más | hasta 3 |
Dos detalles de cálculo que conviene tener presentes al preparar la solicitud:
- Si el asesoramiento cubre dos grupos de cultivos distintos, se suman primero los porcentajes de cada uno y sobre esa suma se determina la puntuación. Diversificar cultivos puede llevar al tramo del 200 % con menos superficie de cada uno.
- Si la agrupación tiene más de un técnico asesor para el mismo grupo de cultivo, se valora por separado a cada profesional, considerando la superficie y los socios que atiende cada uno.
Plazos y tramitación
Calendario
- Solicitud: veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOE del 13 de enero de 2026.
- Ejecución: entre el 1 de febrero y el 15 de diciembre de 2026.
- Justificación: antes del 25 de diciembre de 2026.
Tramitación por Arado
Las solicitudes se confeccionan y firman electrónicamente y se presentan exclusivamente por la Plataforma Arado, en https://aradoacceso.juntaex.es, mediante el trámite «Ayudas Agrupaciones de Sanidad Vegetal», con clave principal validada por el Servicio de Sanidad Vegetal.
El propio trámite pone a disposición de la agrupación el listado de socios que figuran en el registro de ATESVE y las referencias del SIGPAC, lo que ahorra buena parte del trabajo de preparación.
Directrices técnicas
El anexo III de la resolución fija las directrices técnicas de 2026 a las que debe ajustarse el asesoramiento en materia de protección de los vegetales. Es documentación de obligada lectura antes de planificar la campaña de asesoramiento.
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Texto oficial
Resolución de 3 de diciembre de 2025 de convocatoria para 2026 (DOE n.º 7, de 13 de enero de 2026)Extracto de la convocatoria (DOE n.º 7, de 13 de enero de 2026)Orden de 17 de octubre de 2023, bases reguladoras (DOE n.º 204, de 24 de octubre de 2023), con correcciones de errores en el DOE n.º 215, de 9 de noviembre, y n.º 233, de 5 de diciembre de 2023Texto de la convocatoria publicado en la BDNSFicha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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