Apoyo salarial a las personas con discapacidad en centros especiales de empleo
El 60 % o el 30 % del salario mínimo por cada persona con discapacidad contratada en un centro especial de empleo, liquidado por días de contrato. Es la mayor subvención al empleo de Cataluña y se pide en tres ventanas cortas al año: la última, del 19 al 23 de octubre de 2026.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Centros especiales de empleo inscritos en el registro correspondiente, por los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad
- Cuánto se cobra
- Módulo diario de 46,04 € basado en el SMI, del que se subvenciona el 60 % en discapacidad intelectual, parálisis cerebral, salud mental o discapacidad física o sensorial de grado igual o superior al 65 %, y el 30 % en el resto
- Procedimiento
- Tres periodos de solicitud al año, cada uno con su bolsa de crédito. El sobrante de un periodo puede pasar al siguiente por resolución
- Presupuesto
- 79.000.000 € según la resolución de convocatoria —74.000.000 € de fondos finalistas y 5.000.000 € propios—, repartidos en 33.000.000 € para el primer periodo, 44.000.000 € para el segundo y 2.000.000 € para el tercero. La BDNS registra 110.000.000 € para el conjunto de las líneas de la orden, cifra que no coincide con la de esta convocatoria
- Organismo
- CATALUÑA. Código BDNS 875480.
Cómo se calcula
La subvención no se calcula sobre el coste real del salario sino sobre un módulo diario basado en el salario mínimo interprofesional. Para esta convocatoria el módulo es de 46,04 €/día, tomado del SMI de 2025. Para las actuaciones de 2026, si el SMI sube antes de que se dicte la resolución, el módulo se actualiza al nuevo importe.
| Persona trabajadora | % del módulo diario |
|---|---|
| Discapacidad intelectual, parálisis cerebral, trastorno de la salud mental o trastorno del espectro autista con grado ≥ 33 %; discapacidad física o sensorial con grado ≥ 65 % | 60 % |
| Resto de personas trabajadoras con discapacidad | 30 % |
Para las actuaciones de 2025 hubo una excepción al alza —el 65 %— para los hombres menores de 45 años de ese primer grupo, tomando como referencia el 1 de enero de 2025.
Con el módulo de 46,04 €, un puesto a jornada completa durante los cinco meses del tercer periodo supone del orden de 4.200 € al 60 % y 2.100 € al 30 %. Multiplicado por la plantilla de un CEE, explica que sea la partida de empleo más grande de la Generalitat.
Tres ventanas al año, y muy cortas
La convocatoria no está abierta de forma continua: hay tres periodos de solicitud, cada uno referido a un tramo de actuaciones ya realizadas y con su propio crédito.
| Periodo | Actuaciones que cubre | Plazo de solicitud | Crédito |
|---|---|---|---|
| Primero | 1.10.2025 – 31.12.2025 | 21 a 30 de enero de 2026 | 33.000.000 € |
| Segundo | 1.1.2026 – 30.4.2026 | 6 a 15 de mayo de 2026 | 44.000.000 € |
| Tercero | 1.5.2026 – 30.9.2026 | 19 a 23 de octubre de 2026 | 2.000.000 € |
Son ventanas de entre cinco y diez días hábiles, todas cerrando a las 14:00 h. Perder una significa perder la subvención de ese tramo de meses: no hay recuperación posterior. El sobrante de un periodo sí puede pasar al siguiente por resolución.
La solicitud se presenta por Canal Empresa o por EACAT, con los modelos normalizados.
El tercer periodo se tramitó por urgencia y su bolsa es de solo 2 millones frente a los 44 del segundo. Conviene no dejar para octubre lo que se pueda haber pedido en mayo.
Qué hay que documentar
Se subvencionan exclusivamente los costes salariales de la persona con discapacidad a cargo del centro. La justificación va por módulos, pero la documentación que se pide con la solicitud es más exigente de lo que sugiere ese sistema:
- Memoria descriptiva según modelo normalizado, que debe incluir el detalle de las inserciones en empresa ordinaria realizadas —metodología, nombre y DNI de la persona insertada, tipo y duración del contrato y NIF de la empresa receptora—.
- Descripción de la plantilla y datos para calcular la plantilla media del ejercicio anterior.
- Un reportaje gráfico que acredite las medidas de difusión y publicidad de la financiación.
- Descripción del impacto de género, la igualdad de trato y la no discriminación.
- Memoria económica con la relación de personas con contrato vigente en el periodo y sus datos contractuales, que son las unidades físicas del módulo.
Las resoluciones se publican en el tablón electrónico de la Generalitat, con efectos de notificación individual.
Una discrepancia en el presupuesto
La BDNS registra 110.000.000 € y la resolución de convocatoria habla de 79.000.000 €. La diferencia se explica porque la orden de bases regula varias líneas y la BDNS parece anotar el total; la cifra que rige esta convocatoria de apoyo salarial es la de la resolución. Lo señalamos porque la discrepancia aparece en el buscador oficial.
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Convocatoria de apoyo a la ocupación en centros especiales de empleo, texto en castellano en la BDNSBases reguladoras, Orden EMT/109/2025, de 30 de junioCanal Empresa, donde se presenta la solicitudUn caso parecido
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