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Almussafes: ayudas a las personas emprendedoras

Hasta 3.000 € para quien estaba en paro y se hace autónomo en Almussafes: 1.500 € si aguanta seis meses de alta y 3.000 € si llega a doce. Cubre cuota de autónomo, alquiler, luz, agua, teléfono y gestoría. La mitad se adelanta al conceder. Se pide hasta el 30 de octubre de 2026 para altas desde noviembre de 2025.

Ficha revisada el 28 de septiembre de 2026 · BDNS 863935

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas desempleadas que se dan de alta en el RETA, o en la mutualidad de su colegio profesional, entre el 1 de noviembre de 2023 y el 30 de octubre de 2026, con al menos seis meses de empadronamiento en Almussafes antes del alta y domicilio fiscal en el municipio. También autónomos colaboradores que convivan con el titular, socios autónomos de comunidades de bienes, sociedades civiles o mercantiles creadas en ese periodo, y socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales
Cuánto se cobra
Hasta 3.000 €: 1.500 € con seis meses seguidos de alta y actividad y 3.000 € con doce; entre seis y doce meses, a prorrata. Nunca más de los gastos justificados
Procedimiento
La convocatoria la llama concurrencia competitiva, pero se concede por orden de entrada de la solicitud completa hasta agotar el crédito de cada periodo, en lotes
Presupuesto
42.000 €. La convocatoria salió con 30.000 € —15.000 € por periodo— y la Resolución de Alcaldía 2313/2026, de 12 de agosto, la amplió en 12.000 €, 6.000 € para cada periodo. La BDNS ya publica los 42.000 €. En el primer lote se concedieron cinco ayudas por 15.000 €, que agotaron el crédito inicial del primer periodo
Organismo
ALMUSSAFES. Código BDNS 863935.

Cuánto se cobra y cómo se paga

Meses de alta y actividad seguidosAyuda
6 meses1.500 € (mínimo)
Entre 6 y 12 mesesa prorrata
12 meses3.000 € (máximo)

El pago va en dos mitades: un 50 % de anticipo con la resolución de concesión y el otro 50 % cuando se justifica todo. Los meses se cuentan desde la fecha de la resolución de alta en el RETA.

Qué gastos cuentan

Gastos corrientes de la actividad: cuota de autónomo, alquiler, luz, agua, teléfono, asesoría y parecidos. Si se trabaja desde casa, alquiler y suministros entran solo en el porcentaje que permite el IRPF.

No entran: material inventariable, inmuebles, pólizas de crédito, leasing, intereses, ni carburante o reparación del vehículo, salvo en transporte, taxi, mensajería y reparto.

Requisitos que se suelen pasar por alto

  • Estar en paro el día anterior al alta: se acredita con la inscripción en Labora, en la ADL de Almussafes o con la vida laboral.
  • Seis meses de empadronamiento antes del alta, contados dentro de los últimos diez años, y seguir empadronado durante el periodo subvencionado.
  • Plan de negocio con informe de viabilidad favorable firmado por técnico competente. Sin él no hay ayuda.
  • Domicilio fiscal en Almussafes.
  • No haber cobrado esta ayuda en convocatorias anteriores.

Hay que mantener el alta y la actividad a fecha de la solicitud y de la concesión. Si alguien se da de baja antes de terminar el periodo por el que pide, tiene que comunicarlo por registro a la Agencia de Desarrollo Local.

En sociedades laborales, solo cuenta el socio trabajador que suscriba una participación no inferior a la de cualquier otro socio y de al menos 500 €.

Justificación

En el mes siguiente al fin del periodo subvencionado —como máximo, doce meses desde el alta— hay que presentar:

  • Cuenta justificativa y declaración responsable en los impresos normalizados.
  • El informe de bases y cuotas de cotización de la Tesorería de la Seguridad Social, con código CEA, de todo el periodo.
  • Las facturas a nombre del beneficiario y el justificante de pago. No valen albaranes, tiques ni proformas, ni capturas de pantalla del pago.
  • Si se imputa alquiler, el contrato y los recibos, pagados de forma electrónica.

El IVA recuperable no se cuenta. Si la resolución llega después del plazo de justificación, se justifica en los 15 días siguientes a recibirla.

Dónde se pide

En el trámite habilitado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Almussafes, con firma electrónica o a través de representante. El extracto salió en el BOP de Valencia núm. 209, de 31 de octubre de 2025, y la ampliación de crédito, en el BOP núm. 163, de 26 de agosto de 2026.

El puesto en la cola lo da la solicitud completa: si falta un documento, cuenta la fecha del último que se entregue. Hay que acompañar DNI, vida laboral, resolución de alta en el RETA, prueba del paro previo, certificado de situación censal y el plan de negocio.

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