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Almendro helado en Andalucía: de 84 a 637 € por hectárea, con 10 millones sobre la mesa

Las heladas del 29 y 30 de marzo y los primeros días de abril de 2026 quemaron la flor y el fruto joven del almendro en Almería, Granada, Jaén y Málaga. La Junta pone 10 millones para compensarlo: se cobra por hectárea declarada en la PAC 2026, de 84,30 € en secano convencional a 637,50 € en regadío ecológico. Hay que acreditar al menos un 30 % de pérdida y el plazo son solo 10 días hábiles desde que salga el extracto en el BOJA.

Ficha revisada el 7 de octubre de 2026 · BDNS 933807

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas titulares de explotaciones de almendro, físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y cualquier otra unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, con explotación ubicada total o parcialmente en Almería, Granada, Jaén o Málaga, que acrediten pérdidas significativas de producción por aquellas heladas en alguno de sus recintos SIGPAC de esas provincias, y que hayan pedido intervenciones en forma de pagos directos en la solicitud única de 2026 al amparo del Real Decreto 1048/2022
Cuánto se cobra
Un importe fijo por hectárea de almendro admisible declarada en la solicitud única de la PAC 2026: 84,30 €/ha en secano convencional, 305,40 €/ha en regadío convencional, 174,00 €/ha en secano ecológico y 637,50 €/ha en regadío ecológico. Quien tenga póliza de los Módulos 1 y 2 del Plan 2025 de Seguros Agrarios puede optar, en su lugar, a que la ayuda sea el 100 % de las pérdidas de la Tasación Definitiva de Agroseguro no cubiertas por la póliza. En todo caso, el tope es de 50.000 € por beneficiario
Procedimiento
Concurrencia competitiva según las bases, pero sin concurso real salvo que falte dinero: si el crédito no llega para todas las solicitudes admisibles, se prorratea aplicando un coeficiente reductor a quienes menos puntúen por los criterios del artículo 11 de la Orden de 30 de septiembre de 2026
Presupuesto
10.000.000 €, con cargo a fondos propios de la Junta de Andalucía del ejercicio 2026, partida 1200010000 G/71B/47003/00. La convocatoria prevé además una cuantía adicional excepcional de importe equivalente —otros 10.000.000 €— condicionada a que se declare disponible el crédito, que podría incorporarse antes de la resolución de concesión sin abrir un plazo nuevo. La BDNS publica la misma cifra de 10.000.000 €
Organismo
ANDALUCÍA. Código BDNS 933807.

Qué pasó y a quién le toca

Los días 29 y 30 de marzo de 2026 varias comarcas andaluzas bajaron de -5 ºC, y en algunos sitios aquello se alargó hasta los dos primeros días de abril. Venía de un periodo templado que había adelantado la fenología: los almendros estaban entre la flor abierta, el cuajado y el fruto joven, que es justo cuando el cultivo no aguanta una helada. El resultado fueron daños de gravedad excepcional en Almería, Granada, Jaén y Málaga.

Para cobrar, tu recinto SIGPAC tiene que cumplir las tres condiciones a la vez:

  • Estar en Almería, Granada, Jaén o Málaga.
  • Acreditar pérdidas de al menos el 30 % de la producción por las heladas.
  • Que la plantación tenga al menos cinco años y cumpla las condiciones técnicas mínimas de cultivo del Anexo I de la Orden de 30 de septiembre de 2026.

Y hay un requisito previo que deja fuera a quien no esté en el circuito de la PAC: haber solicitado intervenciones en forma de pagos directos en la solicitud única de 2026. La superficie que se paga es, precisamente, la que declaraste ahí como almendro.

Cuánto se cobra por hectárea

Hay cuatro importes y no se eligen: salen de lo que declaraste en la Solicitud Única 2026 y de si el recinto estaba certificado en ecológico a 31 de diciembre de 2025.

Tipo de cultivoSecanoRegadío
Convencional84,30 €/ha305,40 €/ha
Ecológico174,00 €/ha637,50 €/ha

La convocatoria explica de dónde salen: esos importes son el 30 % del valor estimado de la pérdida completa de producción en una parcela de esas características. O sea que la ayuda no cubre el daño, cubre un tercio del daño teórico.

Tu importe total es la suma de aplicar el precio por hectárea a la superficie admisible de cada recinto afectado.

La diferencia entre secano convencional y regadío ecológico es de más de siete veces. Antes de presentar conviene revisar que la Solicitud Única 2026 declare bien el regadío y que la certificación ecológica de los recintos esté vigente desde 2025: ahí es donde se gana o se pierde dinero, y ya no se puede cambiar.

Si tienes Agroseguro, hay una segunda vía (y suele pagar más)

Esto es lo que se pasa por alto. Si suscribiste una póliza dentro de los Módulos 1 y 2 del Plan 2025 de Seguros Agrarios Combinados para el almendro, puedes optar a que la ayuda no se calcule por hectárea sino como:

el 100 % del valor de las pérdidas totales de cultivo determinadas en el documento de Tasación Definitiva suscrito por el técnico de Agroseguro, para los recintos de Almería, Granada, Jaén y Málaga, y que no hayan sido cubiertas por la póliza, siempre que el porcentaje de pérdidas del total de parcelas peritadas sea igual o superior al 30 %.

En castellano: la ayuda cubre lo que el seguro te dejó sin pagar —franquicia y parte no indemnizada—, al 100 %, en vez de un importe fijo por hectárea. Para una explotación peritada con pérdida grande suele ser bastante más que los 84,30 € o los 305,40 € por hectárea.

Es una opción, así que hay que pedirla. Y la Consejería va a cruzar datos: comunicará tus datos identificativos y la ubicación de la explotación a las compañías de seguros, a Agroseguro y al Consorcio de Compensación de Seguros para comprobar si ya has cobrado por el mismo siniestro y cuánto.

La regla que cierra el círculo: las ayudas y cualquier otro pago por las mismas pérdidas, incluidas las indemnizaciones del seguro, no pueden superar nunca el valor de los daños estimados. Si cobraste del seguro y pides por hectárea, te lo van a restar.

Los dos topes y el suelo

  • Tope de 50.000 € por persona beneficiaria, lo diga el cálculo que lo diga.
  • Minimis agrícola: el Reglamento (UE) 1408/2013 limita a 50.000 € por empresa única en tres años el total de ayudas de minimis agrícola de cualquier administración. Si ya has consumido ese margen con otras ayudas, aquí no queda nada. Conviene hacer la cuenta antes de presentar.
  • Suelo de 200 €: quien salga a cobrar menos de 200 € no tiene la consideración de beneficiario. La convocatoria lo dice sin rodeos: gestionar el expediente costaría más que la ayuda. En secano convencional, 200 € son unas 2,4 hectáreas; por debajo de eso no merece la pena ni presentar.

Y si el dinero no llega para todos: no se deniega a nadie, se prorratea. Se aplica un coeficiente reductor sobre el importe de quienes hayan sacado menos puntuación con los criterios de valoración del artículo 11 de las bases, calculado dividiendo el presupuesto no asignado entre el importe total que les correspondía.

Cómo se presenta: diez días hábiles y una sola solicitud

Solo por vía electrónica, con el Anexo I (solicitud de ayuda y pago) del procedimiento 26037 de la sede de la Junta. Ahí están también los anexos y la información del trámite.

La trampa más tonta de todas está en la propia convocatoria: si presentas varias solicitudes dentro del plazo, la última anula a todas las anteriores. No se acumulan ni se completan entre sí. Si te das cuenta de que falta un recinto, la segunda solicitud tiene que llevar todo, no solo lo que faltaba.

Las notificaciones son electrónicas obligatorias por el sistema de la Junta, y además los requerimientos de subsanación, la audiencia y la resolución se publican en la ficha del procedimiento 26037. Hay que mirar esa página, no esperar una carta.

Resuelve y publica la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera en un máximo de tres meses desde que acaba el plazo de solicitudes. Si pasan sin resolución, se entiende desestimada.

Lo que no está claro

  • Si ya ha empezado el plazo. La resolución está firmada el 5 de octubre de 2026 y la BDNS la recibió el 6, pero el reloj lo arranca el extracto en el BOJA. Hemos comprobado los sumarios del BOJA 193 (5 de octubre) y 195 (7 de octubre), donde no está, y el 194 (6 de octubre) no respondió en cuatro intentos. O sea que puede que el plazo haya empezado el 7 de octubre y acabe a mediados de mes, o que no haya empezado todavía. Con diez días hábiles de margen, esto hay que mirarlo cada mañana.
  • Los criterios de valoración. El prorrateo reparte según la puntuación del artículo 11 de la Orden de 30 de septiembre de 2026, que es el documento de bases y no viene en la convocatoria. No hemos podido leerlo: el PDF del BOJA 191 Complementario nº 2 no se descargó. Si el crédito se queda corto, esos criterios deciden a quién se le recorta, y conviene leerlos antes de presentar.
  • Cómo se acredita el 30 % de pérdida sin seguro. Para quien tiene póliza, el documento es la Tasación Definitiva de Agroseguro. Para quien no la tiene, la convocatoria exige acreditar «pérdidas de al menos el 30 % de la producción debido a las heladas» pero no dice con qué documento. Las condiciones técnicas mínimas están en el Anexo I de la Orden, que es el texto que no hemos podido leer.
  • Si los 10 millones adicionales van a llegar. La convocatoria los deja previstos pero condicionados a una declaración de disponibilidad de crédito. Con 10.000.000 € y un tope de 50.000 € por beneficiario, basta con que la demanda sea alta para que haya prorrateo.
Plazo

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Texto oficial

Resolución de 5 de octubre de 2026 de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera por la que se convocan las ayudas a titulares de explotaciones de almendro afectadas por las heladas (PDF, 17 páginas, incluye el Anexo I de solicitud). De aquí salen los importes por hectárea, el 30 % de pérdida, el tope de 50.000 €, el suelo de 200 €, la opción de Agroseguro, los 10.000.000 € y el plazo de diez días hábilesOrden de 30 de septiembre de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras, publicada en el BOJA número 191, Complementario nº 2, de 1 de octubre de 2026. Contiene el Anexo I de condiciones técnicas mínimas y el artículo 11 con los criterios de valoraciónFicha del procedimiento 26037 en la sede electrónica de la Junta de Andalucía, donde se presenta la solicitud y donde se publican las subsanaciones y la resoluciónBoletín Oficial de la Junta de Andalucía, donde tiene que publicarse el extracto para que empiecen a contar los diez días hábilesFicha de la convocatoria 933807 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

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