Alcobendas 2026: impulso del sector del turismo para autónomos y pequeñas empresas
Hasta 3.000 € por negocio para digitalización o para reformar el local, con 285.000 € de crédito. Lo curioso es el baremo: no puntúa el proyecto, puntúa haber contratado a través de la bolsa de empleo municipal, y da 10 puntos por cada persona mayor de 45 años.
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Pequeñas empresas o empresarios individuales de alta censal en Hacienda, en actividades empresariales o profesionales, con epígrafe del anexo I y local, establecimiento o domicilio de actividad en Alcobendas
- Cuánto se cobra
- Hasta 3.000 € por beneficiario para gastos de digitalización empresarial o de acondicionamiento y modernización del local
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva hasta agotar los fondos, con baremo de 35 puntos ligado a la bolsa de empleo municipal
- Presupuesto
- 285.000 € en la partida 101-43000-47900 del presupuesto municipal
- Organismo
- ALCOBENDAS. Código BDNS 901448.
Quién puede pedirla
Pequeñas empresas o empresarios individuales dados de alta censal en Hacienda, tanto en actividades empresariales como profesionales, cuyo epígrafe figure en el anexo I y que tengan local, establecimiento o domicilio de actividad en Alcobendas.
Valen todas estas formas:
- Persona física: empresario individual, sociedad civil o comunidad de bienes.
- Persona jurídica: sociedad mercantil, incluidas sociedades laborales y cooperativas.
Con la calificación de pequeña empresa del anexo I del Reglamento (UE) 651/2014: menos de 50 trabajadores y volumen de negocio o balance no superior a 10 millones de euros.
Las actividades deben estar encuadradas en los sectores de turismo, transporte, hostelería u otras del anexo I.
Que admita expresamente actividades profesionales y el domicilio de actividad —no solo el local— amplía mucho el perfil: un profesional de Alcobendas sin establecimiento abierto al público puede entrar si su epígrafe está en el anexo I. Y si la actividad está en un centro de negocios, se acredita con el contrato suscrito con ese centro.
Es incompatible la ayuda solicitada por un autónomo en calidad de familiar colaborador de otro solicitante.
Dos líneas de gasto y el periodo, que es corto
Línea 1 · Digitalización empresarial
- Creación, desarrollo y mantenimiento de web o apps, marketing y publicidad online, redes sociales.
- Pertenencia a plataformas o iniciativas dinamizadoras de comercio electrónico.
- Adquisición y mantenimiento de software de gestión empresarial.
- Formación en procesos de digitalización comercial y empresarial.
Línea 2 · Acondicionamiento y modernización del local
- Servicios profesionales y material para el embellecimiento interior y exterior: reformas, instalaciones eléctricas, de agua, aire y calefacción, rótulos, alarmas y sistemas de seguridad.
- Decoración de cierres de los establecimientos, mediante intervenciones artísticas.
Periodo subvencionable
Gastos realizados y abonados desde el 1 de enero de 2026 hasta el momento de presentar la solicitud. No entra nada anterior ni posterior.
Esa ventana es la restricción más dura de la convocatoria: apenas cuatro meses de gastos, y ya pagados al solicitar. No sirve presentar un presupuesto de lo que se va a hacer. Quien quiera acogerse el año que viene tiene que empezar a facturar en enero y guardar los justificantes de pago desde el primer día.
El baremo va de empleo, no de proyecto
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Haber utilizado la Agencia de Colocación o Bolsa de Empleo del Ayuntamiento para gestionar ofertas | 5 |
| Haber contratado al menos una persona a través de esa bolsa | 5 por persona, máximo 10 |
| Haber contratado al menos una persona mayor de 45 años a través de esa bolsa | 10 por persona, máximo 20 |
| Máximo total: 35 puntos | |
Los empates se resuelven por fecha de solicitud.
El baremo no valora ni la inversión ni el proyecto: valora exclusivamente la relación previa del negocio con la bolsa de empleo municipal. Quien nunca la ha usado parte de cero puntos y depende de que haya crédito para todos. Es un dato accionable con un año de antelación: canalizar la próxima contratación —y especialmente la de alguien mayor de 45 años— a través de la Agencia de Colocación de Alcobendas vale 15 o 25 puntos en la convocatoria siguiente.
La concesión es hasta el agotamiento de los fondos.
Plazo, formularios y causas de inadmisión
Plazo: veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCM. El extracto salió en el BOCM del 18 de mayo de 2026 (BOCM-20260518-92).
Seis modelos obligatorios
Solicitud, anexo II memoria de la actividad, anexo III resumen de gastos, anexo IV tabla Excel con la relación de gastos e inversiones, anexo V declaración responsable y anexo VI datos bancarios. Todos se descargan de www.alcobendas.org.
Además: CIF o DNI, alta en el RETA o mutualidad alternativa con el último recibo, certificado de situación censal, escritura de apoderamiento o contrato de comunidad de bienes o sociedad civil, certificados de estar al corriente, licencia municipal de apertura y funcionamiento, y un archivo único en PDF con todas las facturas y sus justificantes de pago, ordenado exactamente igual que el anexo IV y con cada factura seguida de su justificante.
Tres causas de inadmisión automática, sin subsanación: presentar fuera de plazo, presentar más de una solicitud por persona, y no usar los formularios normalizados. Y las facturas que no respeten el contenido del anexo IV pueden excluirse del cómputo. Es una convocatoria donde el formato pesa tanto como el fondo.
Cómo se presenta
Preferentemente telemática por la sede electrónica del Ayuntamiento, aportando en el mismo acto todos los modelos y documentos. Subsidiariamente, presencial en el Registro con cita previa o por las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Los obligados del artículo 14.2 solo pueden presentar telemáticamente.
Subsanación de diez días. Solo se tienen en cuenta los gastos que el solicitante haya indicado expresamente y guarden relación indubitada con la actividad.
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Texto oficial
Extracto del decreto 6229 de 20 de abril de 2026 por el que se convocan subvenciones para el impulso del sector del turismo en Alcobendas — BOCM n.º 116, de 18 de mayo de 2026Modelo de solicitud de las ayudas para el impulso del sector del turismo en Alcobendas, convocatoria 2026Un caso parecido
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