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Adaptar el taxi para sillas de ruedas en Mataró: el 50 % del coste, hasta 10.000 €, pero lo que cobras depende de cuántos lo pidan

Si tienes licencia de autotaxi en Mataró y adaptas el coche para personas con movilidad reducida, el Ayuntamiento pone 50.000 € para 2026. El tope es el 50 % del coste y 10.000 € por beneficiario, pero ojo: la cuantía exacta no la sabes al pedirla. Se reparte el crédito en proporción a los puntos de cada solicitud, así que cuantos más pidan, menos cobra cada uno. Y la puntuación premia que la adaptación ya esté hecha: 10 de los 15 puntos son por acreditar que adaptaste el vehículo antes de que te concedan nada. O sea que se paga primero y se cobra después. El plazo son 15 días hábiles desde que el extracto salga en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y a día 22 de octubre de 2026 todavía no ha salido.

Ficha revisada el 22 de octubre de 2026 · BDNS 936372

Lo esencial

Quién puede pedirla
Personas físicas o jurídicas que sean titulares de una licencia vigente de autotaxi de Mataró y propietarias-titulares del vehículo que se adapta. Además hay que estar al corriente con la AEAT, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Mataró antes de la concesión, y haber justificado en plazo cualquier subvención anterior del propio Ayuntamiento. Quedan fuera quienes incurran en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003. No hay cupo de licencias ni requisito de antigüedad en el sector: lo que se mira es la licencia y la propiedad del vehículo
Cuánto se cobra
El 50 % del coste de la adaptación como máximo, con un tope de 10.000 € por beneficiario. Dentro de ese techo la cuantía no es fija: el importe se determina repartiendo el crédito disponible en proporción a la puntuación obtenida —se suman los puntos de todas las solicitudes, se divide el crédito por esa suma y se asigna a cada uno la parte que le toca—. El resto del coste lo pone el beneficiario, directamente o con cofinanciación de terceros. Quien cumpla requisitos y se quede sin crédito entra en una lista de reserva por orden de prelación, y si durante el ejercicio queda crédito disponible se le puede conceder sin necesidad de nueva convocatoria
Procedimiento
Concurrencia competitiva de verdad: hay baremo y presentar no garantiza cobrar. Se valora sobre 15 puntos. Diez puntos por acreditar que la adaptación del vehículo ya está hecha antes del otorgamiento, dentro del ejercicio 2026. Y de 0 a 5 puntos por la antigüedad del vehículo según su matriculación, contada respecto al 1 de enero de 2026: 5 puntos de 0 a 1 año, 4 de 1 a 2, 3 de 2 a 3, 2 de 3 a 4, 1 de 4 a 5 y 0 puntos si pasa de cinco años. Los empates se deshacen por orden de entrada de la solicitud. Instruye el Servicio de Movilidad y la propuesta se hace sobre el informe de una Comisión Técnica Calificadora presidida por el jefe del Área de Ecología Urbana. El plazo máximo para resolver es de tres meses desde la presentación de la solicitud, y si no resuelven, la solicitud se entiende desestimada
Presupuesto
50.000 € para el ejercicio 2026, con cargo a la aplicación presupuestaria 520200/441210/77000 «Ajuts adaptació taxis per mobilitat reduïda» y al proyecto 4412125001. Coincide con el presupuesto que publica la BDNS. Es el crédito de la convocatoria, no lo que cobra nadie: el máximo individual son 10.000 €. El Ayuntamiento se reserva expresamente el derecho de adjudicar todo el importe o solo una parte, en función de las solicitudes presentadas
Organismo
MATARÓ. Código BDNS 936372.

Cuánto cobras en realidad

El tope está claro, pero no es lo que cobras. La convocatoria fija dos límites y, por debajo de ellos, un reparto proporcional.

ConceptoImporte
Crédito total de la convocatoria50.000 €
Porcentaje máximo del coste50 %
Tope por beneficiario10.000 €

El cálculo del importe individual es literal del apartado 7: «se sumarán los puntos obtenidos de todas las solicitudes, se dividirá el crédito disponible por la suma de estos y se asignará el importe proporcional a cada una de las personas solicitantes».

Consecuencia práctica: si se presentan pocos, se acerca al tope; si se presentan muchos, baja para todos. Con el 50 % del coste y 10.000 € de techo, una adaptación de 20.000 € solo llega al tope si el reparto proporcional da para tanto.

Si cumples los requisitos y no hay crédito, no te quedas fuera del todo: pasas a una lista de reserva por orden de prelación, y si durante el ejercicio aparece crédito disponible se puede conceder sin publicar otra convocatoria.

La trampa: 10 de los 15 puntos son por tenerlo ya hecho

Es el punto que decide la ficha. El baremo del apartado 6 da 10 puntos por acreditar que la adaptación del vehículo ya se ha realizado antes del otorgamiento de la subvención, dentro del ejercicio 2026. Los otros 5 puntos, como mucho, los da la antigüedad del coche.

Dicho de otro modo: quien espera a que le concedan la ayuda para adaptar el taxi empieza con dos tercios de la puntuación perdidos y, en un reparto proporcional, eso se traduce directamente en menos euros.

Antigüedad del vehículo a 1 de enero de 2026Puntos
de 0 a 1 año5
de 1 a 2 años4
de 2 a 3 años3
de 3 a 4 años2
de 4 a 5 años1
más de 5 años0

Hay un segundo detalle del mismo tipo en la justificación: las facturas tienen que llevar fecha del año en que se otorgue la subvención y los gastos subvencionables son los de la compra o adaptación del vehículo realizados durante el ejercicio 2026. Un gasto hecho en 2025, o uno que se vaya a 2027, no entra.

Y se considera gasto realizado solo el efectivamente pagado antes de que acabe el plazo de justificación. No basta la factura: hace falta el pago.

Seis años atado a la licencia adaptada

La obligación más larga de la convocatoria, y la que conviene explicar al cliente antes de que firme nada: hay que mantener la licencia de taxi adaptado durante al menos 6 años.

  • Si transmites la licencia, la obligación se transmite al nuevo titular.
  • La suspensión de la licencia se entiende como incumplimiento y conlleva el reintegro de la subvención.

El resto de obligaciones son las habituales: aceptar la subvención, ejecutar la actuación, justificar en plazo, someterse a las comprobaciones, comunicar otras ayudas en cuanto se conozcan y antes de justificar, conservar los documentos, y dar publicidad al carácter público de la financiación colocando en lugar bien visible del vehículo un indicativo de la subvención recibida.

Papeles, plazos y cómo se paga

La solicitud va por vía telemática a través de la sede electrónica municipal (seu.mataro.cat), con tres cosas: la instancia firmada, la documentación identificativa (DNI/NIE o, si eres persona jurídica, NIF, escritura de constitución y acreditación del representante) y el presupuesto total de la actuación.

Si la documentación está incompleta, hay diez días hábiles para enmendarla, y no responder se considera desistimiento y archivo de la solicitud.

El pago llega después de justificar. La justificación se presenta como máximo el 31 de marzo de 2027 para las subvenciones del ejercicio 2026, con:

  • el documento normalizado de justificación con la declaración de que la subvención se aplicó a su finalidad;
  • las facturas originales y la prueba de su pago (recibos, transferencias, talones nominativos), a nombre del beneficiario y con todos los requisitos fiscales;
  • la acreditación de la difusión, con la leyenda «amb el suport de l'Ajuntament de Mataró» y el anagrama municipal;
  • fotografías del vehículo que permitan apreciar la adaptación.

Presentar la justificación fuera de plazo, no justificar el gasto o no aportar la documentación acreditativa revoca la subvención y obliga a devolverla. Los justificantes originales se sellan indicando a qué subvención se imputan y si lo hacen total o parcialmente.

Lo que no está claro

  • Cuándo empieza el plazo. El extracto no está publicado en el BOPB a 22 de octubre de 2026, y de esa publicación cuelgan los quince días hábiles. La convocatoria no da fecha alternativa ni plazo máximo para publicar el extracto, así que ahora mismo no hay manera de decirle a un cliente el día del cierre.
  • Qué cuenta como «adaptación realizada» a efectos de los 10 puntos. El baremo pide acreditarla «antes del otorgamiento», y el apartado 2 exige además la adscripción del vehículo adaptado a la licencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. No se dice si bastan la factura y las fotos o si hace falta ya la ficha técnica con la reforma y la adscripción formalizada.
  • El choque de fechas de las facturas. La justificación exige facturas «con fecha del año en que se otorgue la subvención» y, a la vez, gastos realizados «durante el ejercicio 2026». Si la concesión se firmara en 2027 —el plazo de resolución es de tres meses desde la solicitud y el extracto aún no ha salido—, las dos reglas no pueden cumplirse a la vez.
  • Si se puede pedir por la compra de un vehículo ya adaptado. Los gastos subvencionables mencionan «compra o adaptación del vehículo», pero el objeto de la convocatoria y los criterios hablan solo de adaptar. Para un taxista que esté pensando en comprar un vehículo adaptado de fábrica, eso lo decide todo.
  • El minimis. Ni la convocatoria ni la BDNS mencionan reglamento alguno de minimis o de ayudas de Estado, en una ayuda que financia inversión a una actividad económica. No es un olvido inocuo si el cliente acumula ayudas: conviene no dar por hecho que no cuenta.
  • Qué pasa con la permanencia si la licencia cambia de manos. Las bases dicen que la obligación de seis años se transmite al nuevo titular, pero no regulan quién responde del reintegro si el nuevo titular incumple.
Plazo

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Texto oficial

Convocatoria de Mataró para el ejercicio 2026, versión catalana, 6 páginas (fichero 27609_Convocatoria_2026.pdf). De aquí sale todo: los 50.000 € y la aplicación 520200/441210/77000 con el proyecto 4412125001 del apartado 7, el 50 % y los 10.000 € de tope del mismo apartado, el reparto proporcional por puntuación, el baremo de 15 puntos del apartado 6, los 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOPB del apartado 4, la ventana de ejecución del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 del apartado 2, los seis años de permanencia de la licencia adaptada del apartado 8 y la justificación hasta el 31 de marzo de 2027 del apartado 9La misma convocatoria en castellano, 6 páginas (fichero 27609_Convocatoria_e_2026.pdf). Comprobado que las cifras coinciden con la versión catalana: los 50.000 €, el 50 % con tope de 10.000 € por persona beneficiaria y la justificación hasta el 31 de marzo de 2027Bases particulares reguladoras aprobadas por el Pleno de Mataró el 2 de julio de 2026 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 8 de julio de 2026, tal como las enlaza la propia BDNS en urlBasesReguladorasListados diarios de anuncios del Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 19, 20, 21 y 22 de octubre de 2026, recorridos página a página hasta agotarlos (siete páginas por día). Es la comprobación de que el extracto de esta convocatoria no se ha publicado todavía y de que, por tanto, el plazo no ha empezado a contarFicha de la convocatoria 936372 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publica los 50.000 €, el tipo «concurrencia competitiva - canónica», la pyme y la persona física con actividad económica como beneficiarias y las dos fechas de solicitud a nulo, con textFin «transcurridos 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación»

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