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Plazo cerradoAgrario y pescaLa RiojaConcurrencia competitiva

Acciones demostrativas del PEPAC

El 100 % de los costes elegibles, hasta 40.000 € el primer año y 15.000 € los siguientes. Es la ayuda agraria con mayor intensidad del catálogo riojano, pero exige 26 puntos mínimos: por debajo de ese umbral no se cobra nada.

Lo esencial

Quién puede pedirla
Los recogidos en el artículo 3 de la Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre
Cuánto se cobra
100 % de los costes elegibles, con un máximo de 40.000 € el primer año de ejecución y 15.000 € los posteriores en proyectos plurianuales
Procedimiento
Concurrencia competitiva, con puntuación mínima de 26 puntos
Presupuesto
450.000 € repartidos en cuatro ejercicios: 250.000 € en 2026, 100.000 € en 2027, 50.000 € en 2028 y 50.000 € en 2029
Organismo
LA RIOJA. Código BDNS 887325.

Objeto

Ayudas a acciones demostrativas en el marco del Plan Estratégico de la PAC, reguladas por la Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre.

Son proyectos de transferencia: demostrar en campo, ante el sector, técnicas y prácticas agrarias que después puedan adoptarse de forma generalizada. Admiten ejecución plurianual, lo que condiciona tanto el importe como el calendario de pago.

Los beneficiarios son los recogidos en el artículo 3 de la orden reguladora.

Cuantía: el 100 % de los costes elegibles

Es la característica que la distingue de casi todo el catálogo riojano. Según el artículo 9 de la orden:

ConceptoValor
Porcentaje de subvención100 % de los costes considerados elegibles
Máximo el primer año de ejecución40.000 €
Máximo los años posteriores, en acciones demostrativas plurianuales15.000 €

Ninguna ayuda puede superar el coste real de la actividad subvencionada.

El 100 % de intensidad no aparece en ninguna otra línea agraria de La Rioja: la inversión en explotaciones va al 20-50 %, y la incorporación de jóvenes es prima fija. La contrapartida es el filtro de puntuación y que el gasto elegible está acotado a costes de la acción demostrativa, no a inversión productiva del beneficiario.

El pago llega después del control sobre el terreno

El artículo 17.4 de la orden es explícito: «El pago se efectuará una vez finalizados los controles sobre el terreno de las acciones que vayan a incluirse en el mismo».

Conviene advertirlo al cliente al planificar tesorería: entre la ejecución y el cobro se interpone una verificación física, no solo documental.

El umbral de 26 puntos

La convocatoria se tramita en concurrencia competitiva y atiende a los criterios de selección del artículo 10 de la orden, definidos en su Anexo I.

Quienes no obtengan una puntuación mínima de veintiséis puntos no podrán beneficiarse de estas subvenciones. No es un criterio de ordenación: es una barrera. Un proyecto puede quedar el primero de los presentados y aun así no cobrar si no llega a 26 puntos. Antes de invertir tiempo en el expediente conviene puntuarlo contra el Anexo I.

Presupuesto en cuatro ejercicios

Aplicación2026202720282029
05.02.02.4612.474175.000 €80.000 €30.000 €40.000 €
05.02.02.4612.77475.000 €20.000 €20.000 €10.000 €
Total250.000 €100.000 €50.000 €50.000 €

Suman 450.000 € del proyecto 80.500/2. El escalonamiento encaja con el diseño de la ayuda: 40.000 € el primer año y 15.000 € los siguientes, de modo que el grueso del crédito se concentra en 2026 y las anualidades posteriores sostienen los proyectos plurianuales ya iniciados.

Las cantidades pueden incrementarse si hay crédito disponible, conforme al artículo 23 bis.2 del Decreto 14/2006. Y la distribución es estimativa: si una partida no se compromete por falta de solicitudes, puede reforzar otra donde el número de peticiones lo exija.

Plazo

El plazo de presentación se cerró el 18 de marzo de 2026.

Plazo18 de marzo de 2026

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Texto oficial

Resolución de convocatoria 2026 publicada en la BDNSOrden AGM/74/2024, de 11 de octubre, bases reguladoras

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