Stand agrupado de Castilla-La Mancha en ferias agroalimentarias · Meat Attraction 2027
No te dan dinero: te dan metros. La Consejería contrata el stand institucional de Castilla-La Mancha en Meat Attraction 2027 y reparte 96 m² entre 8 empresas agroalimentarias, por orden de puntuación. Antes de pedirlo tienes que haber reservado suelo con IFEMA por tu cuenta, y esa reserva no te da ningún derecho a entrar.
Ficha revisada el 30 de agosto de 2026 · BDNS 931842
Lo esencial
- Quién puede pedirla
- Personas físicas, personas jurídicas, agrupaciones de unas u otras, comunidades de bienes y cualquier unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, con domicilio fiscal o establecimiento productivo o generador de servicios en Castilla-La Mancha. Quedan fuera las empresas y organismos públicos y las administraciones públicas
- Cuánto se cobra
- Ayuda en especie: un espacio de 12 m² con almacén individual en la modalidad simple, o el doble, el triple o el cuádruple. El importe que se te imputa sale de dividir lo que cueste el diseño, la construcción, el montaje, el desmontaje y los servicios del stand institucional entre sus metros cuadrados, y es proporcional a la superficie que te aprueben. No entran el alquiler de suelo, las cuotas de inscripción ni el material promocional
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva: hay 8 espacios y se adjudican por orden de puntuación, con los criterios del artículo 6 de la orden de bases. Presentar no garantiza entrar
- Presupuesto
- 47.842,82 € con cargo a los presupuestos de la Junta para 2027, por el procedimiento de tramitación anticipada. Coincide con la BDNS
- Organismo
- CASTILLA-LA MANCHA. Código BDNS 931842.
Qué te dan: metros, no dinero
Es una ayuda en especie. La Consejería de Agricultura contrata el stand institucional de Castilla-La Mancha en Meat Attraction 2027, la feria del sector cárnico, que se celebra del 16 al 18 de febrero de 2027 en IFEMA (Madrid), y cede una parte de ese espacio a empresas de la región.
El stand tiene dos zonas: una institucional y una agrupada, que es la de los beneficiarios. En la agrupada te dan mobiliario estándar para exponer tus productos y una zona de almacenaje.
| Dato | Cifra de esta convocatoria |
|---|---|
| Espacios en que se divide la zona agrupada | 8 |
| Superficie máxima de la zona agrupada | 96 m² |
| Modalidad simple | 12 m² con almacén individual |
| Modalidad doble, triple, cuádruple | el doble, el triple o el cuádruple de la simple |
Lo que cobras no es un ingreso: es el valor del espacio. Se calcula dividiendo el importe de adjudicación del stand (diseño, construcción, montaje, desmontaje y servicios) entre sus metros cuadrados, y se te imputa en proporción a la superficie que te aprueben. Por eso no sabrás la cifra exacta hasta la resolución.
Lo que no te pagan: el alquiler del suelo, las cuotas o tarifas de inscripción en la feria y cualquier otro elemento promocional. Eso lo pones tú.
Quién puede pedirlo
Cualquier forma jurídica sirve —persona física, sociedad, agrupación, comunidad de bienes, entidad sin personalidad jurídica— siempre que pueda ejecutar la actuación. Las condiciones:
- Domicilio fiscal o establecimiento productivo o generador de servicios en Castilla-La Mancha.
- No ser empresa u organismo público ni administración pública.
- No estar en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones ni del artículo 74.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda regional.
- Si estás sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, tener plan de prevención y no haber sido sancionado por falta muy grave en el año anterior a la solicitud.
- No haber sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias, salvo que hayas cumplido la sanción y elaborado un plan de igualdad.
- No haber pasado de 300.000 € de minimis en los tres años anteriores a la publicación de la convocatoria.
La puntuación se decide con los criterios del artículo 6 de la Orden 79/2022, que premia a las solicitantes mujeres o con mayoría femenina del capital, el establecimiento en municipios pequeños y la pertenencia a entidades asociativas agroalimentarias. Si eres una empresa pequeña, integrarte en una APPA es lo que más puedes mover a corto plazo.
La trampa: la reserva de suelo va antes, y no te asegura nada
Este es el orden que hay que respetar, y va al revés de lo que parece lógico:
- Reservas suelo con la organización de la feria por tu cuenta. Tiene que estar formalizada antes de la resolución de concesión, y el documento que lo acredita se presenta junto con la solicitud.
- Pides la ayuda en los 20 días del plazo.
- Te la conceden o no.
La convocatoria lo dice con todas las letras: «la reserva de suelo efectuada por cuenta de la persona solicitante no generará derecho alguno a la concesión de la ayuda». O sea: pagas la reserva sin saber si entras. Cuéntalo como riesgo antes de empezar.
Las otras dos que se escapan:
- Si eres el último en entrar, puedes recibir menos metros de los que pediste. La superficie se reparte por orden de puntuación: al último seleccionado se le asigna la disponible, no la solicitada.
- La aceptación expresa tiene 10 días. Te notifican la propuesta de resolución definitiva y si no aceptas en 10 días se entiende que renuncias, y tu espacio pasa al siguiente de la lista.
Y una obligación que no es papeleo: hay que presentarse el día y la hora que diga la resolución para meter la mercancía, atender el stand todos los días de la feria y en todo el horario, y retirarlo todo el último día dejando el espacio como estaba.
Cómo se presenta y cómo se justifica
- Personas físicas: Registro de los Servicios Centrales, Delegaciones Provinciales y Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería, cualquiera de los lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, u opcionalmente de forma telemática.
- Personas jurídicas y los demás sujetos del artículo 14.2: obligatoriamente telemático por www.jccm.es.
- Quien vaya por vía telemática debe darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas (notifica.jccm.es).
- Se usa el anexo I de la convocatoria como modelo de solicitud, y ahí va también la declaración de minimis.
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde que acaba el de solicitudes. Si pasa sin resolución, se entiende desestimada por silencio. Contra la concesión cabe recurso de alzada en un mes.
La justificación es sencilla, porque la ayuda es en especie: presentas un informe de valoración de la feria en el mes siguiente a que termine (anexo III), contando los contactos comerciales y los contratos que hayas firmado. La memoria que certifica tu asistencia la aporta de oficio la propia Administración.
No atender el stand durante toda la feria no es un descuido menor: es incumplir la obligación que fundamenta la concesión, y abre la puerta al reintegro.
Plazo sin fecha publicada
Todavía no hay fecha: la fija el boletín al publicar la convocatoria.
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Texto oficial
Resolución de 24 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, por la que se convocan por tramitación anticipada las ayudas en especie para la participación agrupada en el stand de Meat Attraction 2027 — texto completo publicado en la BDNSBases reguladoras: Orden 79/2022, de 22 de abril, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural (DOCM núm. 82, de 29 de abril de 2022)Ficha de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de SubvencionesUn caso parecido
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